De acuerdo con un informe anual de Ipsos del 2021, donde se evalúa la situación de la población LGBTIQA+ en el Perú, el 19% de encuestados estaba de acuerdo o muy de cuerdo con la premisa de que la homosexualidad era una enfermedad. “Esta creencia se mantiene desde el 2019″, incluso menciona el reporte.
De hecho, en el Primer Estudio Exploratorio sobre Salud Mental en Personas LGBTIQA+ del Perú, elaborado por la organización Más Igualdad, se puede observar que casi el 40% de individuos entrevistados aseguraba haber sido sometido a prácticas de conversión para intentar cambiar su orientación sexual o identidad de género.
De este grupo, cerca del 62% indica que vivió esta experiencia siendo menores de edad, mientras que el 5% reporta que fueron internados como parte del proceso.
En el Perú, la homosexualidad fue despenalizada hace exactamente 100 años; sin embargo, todavía no existe un marco legal que proteja a las personas de ser sometidas a estas prácticas de conversión, que de acuerdo a especialistas consultados por este medio, no solo son inefectivas, sino que además, son consideradas como formas de tortura.
En el 2021, el entonces congresista Alberto de Belaunde dio el primer paso y presentó un proyecto de ley para prohibir estas llamadas ‘terapias de conversión’; no obstante, la propuesta nunca llegó a ser debatida en el Pleno. Tres años después, otra legisladora ha recuperado la iniciativa, para que, esta vez, tal vez tenga un rumbo diferente.
¿Qué propone el proyecto de ley?
En diálogo con Infobae Perú, el excongresista Alberto De Belaunde, menciona que bajo la idea de que la orientación sexual es una patología, también se puede considerar, de manera errónea, que es algo que se puede cambiar.
Por ello, presentó el Proyecto de Ley 7052 en febrero del 2021, con el objetivo de establecer un marco legal que prohiba “los esfuerzos de cambio de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género” en las personas.
Entre las modificaciones que presentan el documento, se mencionan cambios en dos artículos de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, para que en el Perú estén prohibidas las siguientes acciones:
“Ofrecer, practicar o recomendar tratamientos o terapias que tengan como consecuencia la afectación de derechos humanos de las personas, en especial la salud física o mental, la vida, el libre desarrollo de la personalidad, a la identidad, la libertad, la integridad, la no discriminación, la salud y la vida, o cualquier otro tipo de prácticas que ratifican o propugnan violencia de género o contra niños, niñas y adolescentes o afecten derechos fundamentales”.
Asimismo, se intentó modificar ocho artículos de la Ley N.° 30947, Ley de Salud Mental, con el fin de promover el uso del “enfoque terapéutico afirmativo para la atención de personas LGBTI”.
El exparlamentario comenta que si bien una ley no puede regular una ideología o una religión, lo que sí se puede hacer es medir las acciones que las personas toman, sobre todo si estas ponen en peligro “la integridad o el ejercicio de derechos de otras personas”.
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“Entonces, si hay una iglesia en el Perú que realiza prácticas de conversión, esto no está protegido por la libertad religiosa porque prima la el hecho integridad de la persona afectada”, explica.
Para De Belaunde, es necesario tener normas que de forma explícita protejan a los individuos LGBT+” de los propios prejuicios institucionales que hay en el Estado”.
“Creo que es importante presentar ese tipo de proyectos de ley, incluso si piensas que no se van a aprobar, (...) porque tal vez no consigas la ley, pero sí que se mueva algo dentro del Estado”, reflexiona.
Sobre las críticas que recibió en ese momento, recordó que Alejandro Muñante, ahora congresista de Renovación Popular, publicó en su página oficial de Facebook que “prohibir las terapias de conversión y sancionar a los profesionales que la realizan es un atentado contra la libertad individual de quien voluntariamente no desea mantener una atracción emocional que le causa aflicción”.
A modo de respuesta, el entrevistado cuestiona si las personas que finalmente deciden someterse a estas prácticas son realmente libres, ya que podrían haber recurrido a ellas al sentir que la sociedad pone en riesgo su integridad por forma parte de la comunidad LGBTIQA+.
“El Estado interviene en muchos casos para poner límites a nuestra libertad, cuando esta pueda generar graves situaciones de violencia”, agrega.
¿Qué puede pasar con la propuesta?
Esta iniciativa legislativa, si bien no pudo ser debatida en el Pleno hace tres años, su destino podría ser diferente en el actual Congreso de la República.
Alberto De Belaunde comenta que Susel Paredes, parlamentaria de Cambio Democrático - Juntos por el Perú, rescató la propuesta del archivo y la ha presentado nuevamente.
En conversación con Infobae Perú, Paredes aseguró que el proyecto ha sido actualizado y que se encuentra en las comisiones de Salud y Justicia.
“El problema es que hoy día, si cada una de estas comisiones le va a preguntar al sector correspondiente, cuando le pregunte a Salud, le va a contestar con el decreto supremo patologizante”, dijo en referencia al Decreto Supremo, aún vigente, del Ministerio de Salud (Minsa) que se refiere a las identidades trans como enfermedades.
¿La propuesta podría aprobarse finalmente? Para Alberto De Belaunde, en el Perú, así como sucede en otros países como Colombia y Ecuador, el cambio que se podría dar en la mentalidad de la sociedad demora mucho tiempo en traducirse en un verdadero cambio político.
En ese sentido, a pesar de que cada vez haya más apoyo hacia iniciativas como la Marcha del Orgullo, puede que este avance no se vea pronto reflejado en las votaciones del Congreso.
“Esto es porque tenemos serios problemas de representatividad en nuestra clase política y porque hay grupos de poder e intereses que articulan para que esto no cambie. El Congreso colombiano, pese a la aceptación que existe a la comunidad LGBT - han tenido a la primera alcaldesa lesbiana de toda América Latina - hasta el día de hoy ha sido incapaz de aprobar una sola ley en materia de derechos de las personas LGBT”, expresa.
No obstante, el abogado, señala que si bien la aprobación de una ley puede ser un paso importante, existe otra forma de erradicar este tipo de forma de tortura.
“Mientras exista la homofobia y la transfobia, va a existir algún tipo de práctica de conversión. Entonces, estas prácticas no solo son un problema en sí mismas, sino que son la manifestación de un problema mayor, que es la intolerancia enraizada en la sociedad. El día en que nadie considere que ser LGBT es un pecado, una enfermedad, una anomalía, un problema social, no van a existir”, explica.
Finalmente, recuerda que si alguna persona de la comunidad se encuentra presionada para acudir a alguna de estas mal llamadas terapias, hay organizaciones con directorios de profesionales de salud mental y con otro tipo de recursos para apoyar a las personas que están pasando por una situación difícil de aceptación, ya sea propia o en el entorno familiar.
“Tan importante como transmitir ese mensaje a las personas LGBT, es hacerlo a sus parientes, a los papás y las mamás. Que quede muy claro que ellos no pueden escoger la orientación sexual o la identidad de género de sus hijos. Lo que sí pueden escoger es apoyarlos para que tengan una salud emocional sólida que los ayude a enfrentar una sociedad que todavía es homofóbica y transfóbica”, puntualizó.
Urge una ley que prohíba las terapias de conversión
Las prácticas de conversión constituyen una amenaza que, lamentablemente, se encuentra aún vigente en el Perú y se da, en mayor medida, en espacios en los que los y las menores empiezan a manifestar su diversidad.
De acuerdo a Renato Velásquez, abogado y director ejecutivo de la organización Presente, son precisamente los padres, madres o personas responsables de su cuidado quienes exponen a las infancias a estos esfuerzos por cambiar su orientación sexual e identidad de género, lo que muchas veces ocurre de manera clandestina por tratarse de prácticas tan nocivas como el electro shock o las violaciones correctivas, principalmente contra mujeres sexodiversas y a personas trans.
El especialista considera que la invisibilización histórica de la comunidad LGTBQIA+ es uno de los factores que ha llevado a que la falta de reconocimiento legal de esta situación de riesgo continúe, una situación que se agrava con lo que califica como una “arremetida antiderechos” que se vive en el país en contra de todas las poblaciones en situación de vulneración.
Por todo lo expuesto, para Velásquez, es fundamental que exista un marco legal que respalde la prohibición de estas prácticas de conversión porque el derecho en sí ha sido creado para regular la realidad y la comunidad LGTBQIA+ es parte de ella: de acuerdo a la II Encuesta Nacional de Derechos Humanos, realizada por Ipsos, hasta el 2019, en el Perú, 1,7 millones de personas se identificaban como parte de esta población.
“El derecho no puede ignorar una realidad específica de una población en situación de vulnerabilidad, particularmente porque, además, el Estado peruano se ha comprometido con tratados internacionales a salvaguardar derechos fundamentales”, precisa en conversación con Infobae Perú.
El especialista, a su vez, pone el foco en la falta de atención de las autoridades a esta problemática tan crítica para la comunidad LGTBQIA+al señalar que, lamentablemente, si no hay un marco legal que especifique su sanción, la propia Constitución nos dice que es posible su puesta en marcha. Todo esto, a su parecer, dejaría el sustento en otras normas —como es el caso del Decreto 1323, que permite denunciar situaciones de discriminación por orientación sexual e identidad de género— a la interpretación.
Respecto a las iniciativas que podrían surgir en contra de las prácticas de conversión a nivel local, el representante de Presente considera que es un buen punto de partida, sobre todo si se toma en cuenta que “mucho del activismo actual ha empezado desde lo local y de las municipalidades, más que del Estado”. No obstante, hace un llamado a que este efecto se multiplique hasta poder contar con una base legal con la cual se tomen acciones. “Lo ideal sería una norma general desde el Gobierno central, que establezca la prohibición específica, así como la sanción y la supervisión”, indica.
“La obligación normativa no solamente es un requerimiento legal que el Estado tiene pendiente cumplir, sino que también es un pendiente que tiene el el derecho con la población LGTBIQ+ para evitar seguir vulnerándola de manera institucional. Al día de hoy, cuando la población de nuestra comunidad busca acceso a salud mental ,al menos en la pública, no logra encontrar un acceso a salud mental afirmativo con nuestras identidades y nuestras realidades. Todo lo contrario, a veces sigue siendo muy patologizante, y ese es el trabajo que necesitamos empezar a hacer y a dónde debe apuntar la regulación también: además de prohibir esta clase de prácticas de conversión, también permitir el acceso a la salud mental y a la salud integral afirmativa de nuestra comunidad”, plantea.
Esta postura es compartida por Álex Hernández, coordinadora del Comité Bisexual y directora de Investigación y Proyectos de Más Igualdad Perú, quien argumenta que la puesta en marcha de una ley en contra de estos mecanismos de tortura contra la comunidad LGTBQIA+ va a permitir detectarlos a tiempo y reparar el daño provocado.
- Pensar en la prevención: cuando hablamos de una ley de prohibición de las prácticas de conversión, también nos enfocamos en la prevención, que se logra con sensibilización y capacitación al personal médico y al personal de salud mental, a fin de que pueda brindar una atención de calidad, sin discriminación y afirmativa.
- Plantear una ruta de denuncia: cuando sucede la práctica de conversión, es importante contar con un procedimiento establecido para poder reportarlas, denunciarlas y evitar que siga sucediendo, especialmente cuando involucra a malos profesionales de salud.
Impacto individual y colectivo para la comunidad LGTBQIA+
El informe sobre salud mental mencionado también reveló una situación alarmante con relación al motivo detrás del sometimiento a estas prácticas: el 46,7% de las víctimas fueron obligadas por sus padres o sus familias y el 20% lo hizo por indicación de alguna autoridad religiosa, una situación especialmente delicada si se considera que los principales afectados son menores de edad.
Frente a esto, Hernández advierte que la vigencia de los ECOSIEG se mantiene en nuestro país a pesar del pasar de los años y da a conocer que estos tienen un impacto muy negativo en el proyecto de vida de cada una de las personas.
“Este año, vamos a publicar un nuevo estudio, el cual ha llegado a más de 1.000 personas LGTBI+, y hemos encontrado resultados similares —y muy preocupantes— de que todavía siguen vigentes, además de que lamentablemente suceden, en su mayoría, con menores de 18 años; es decir, que están bajo el cuidado de los padres, bajo el consejo de alguna autoridad religiosa, de algún profesor o de los malos psicólogos o psicólogas escolares, que —por tener poca información en la mayoría de casos— guian a los jóvenes y adolescentes LGTBI+ a las terapias de conversión, que todavía existen”, argumenta.
Para la especialista, es importante comprender que ser sometido a cualquier tipo de prácticas de conversión produce un trauma y, por lo tanto, tienen secuelas psicológicas considerables, los cuales pueden llegar al punto de manifestarse como ideación suicida, depresión y trastorno de estrés postraumático, una realidad que ha sido debidamente documentada por instituciones de salud mental internacionales y a favor de los derechos humanos
Hernández cuenta que, incluso, muchos integrantes de la comunidad LGTBQIA+ que han pasado por esto han terminado por alejarse de sus familias y sus iglesias, círculos en los que pensaban que primaba el amor y la aceptación. Sumado a ello, se debe considerar también el factor económico, ya que —pese a ser las víctimas— lamentablemente estas personas deben invertir dinero para trabajar en las afectaciones a su salud mental, la cual se vio sumamente mellada por los ECOSIEG.
“Estas terapias no son efectivas, eso ya se ha demostrado, y —más bien— son incluso consideradas como una forma de tortura”, acota.
La agresión, la vulneración de sus derechos y el sometimiento involuntario puede llevar a un problema sumamente grave: muchos menores de edad terminan por huir de sus hogares, incluso deciden abandonar el país en condiciones precarizadas, lo que solo los coloca en una posición sumamente vulnerable.
Lamentablemente, la representante de Más Igualdad expone que, en un porcentaje importante de las atenciones que se brindan por sometimientos a ECOSIEG, las personas no llegan a superar el trauma producido.
“A veces se tienen que vivir toda su vida con algunas secuelas, con atención permanente o con medicación para —por ejemplo— depresión, ansiedad u otras cosas. Entonces, realmente lo que está sucediendo es que están modificando la vida a la persona, se les están afectando de manera —en muchos casos— permanente y encima se la somete a tener que buscar por sus propios medios una solución, porque a veces estos psicólogos tampoco saben cómo atender a las personas LGTBI+”, precisa.
Al respecto, Hernández rechaza que sean las organizaciones que trabajan en defensa de los derechos de la comunidad las que tengan que asumir los roles que les corresponden al Estado, quien es el responsable de brindar esa atención especializada y de calidad a las víctimas.
Canales de ayuda
Si eres o conoces a alguien que fue víctima de estos mecanismos de tortura, puedes comunicarte de forma gratuita al 0800 15170, de la Defensoría del Pueblo, cuyos servicios son gratuitos, incluidas las gestiones, diligencias, supervisiones y visitas efectuadas para atender tu caso.
Sin embargo, si así lo deseas, también se recomienda especialmente acudir por ayuda para ser removido de dicha situación a una organización que defienda los derechos de la comunidad LGTBQIA+, como es el caso de Más Igualdad Perú o Presente. Recuerda que la primera señal de alerta es si algún supuesto profesional o especialista intenta persuadirte de cambiar tu orientación sexual o identidad de género, así como referirse a ella de forma negativa.