Faltan pocos días para las Fiestas Patrias, por lo que los trabajadores del sector privado recibirán la primera gratificación del año. Este 2024, este beneficio social, ganado con base en su trabajo, será entregado en un contexto particular: coincidirá con el séptimo retiro de los aportes realizados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y la liberación del 100 % de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Esta coincidencia podría impactar positivamente en la economía personal de los trabajadores y en el consumo interno del país. Cabe recordar que el aparato productivo nacional cayó un 0,5 % en 2023, debido a crisis sociales y climáticas, afectando seriamente la salud financiera de las familias peruanas. En este contexto, la gratificación de julio se presenta como un alivio económico, ayudando a oxigenar a la ciudadanía tras la recesión sufrida el año pasado. Este ingreso adicional permitirá a los hogares enfrentar mejor sus necesidades y, potencialmente, estimulará el comercio y el consumo interno, contribuyendo así a la recuperación económica.
Fechas para depositar la gratificación
Las empresas cuentan con un plazo de 15 días desde el inicio de julio para efectuar el abono de la gratificación. Vale aclarar que este pago es un derecho de los trabajadores del sector privado y corresponde a aquellos que están debidamente inscritos en planilla. La legislación establece claramente, conforme a lo estipulado en la Ley de Gratificaciones n.° 27735 y su reglamento (Decreto Supremo n.° 005-2022-TR), que las firmas están en la obligación de cumplir con el desembolso. El incumplimiento de la norma puede acarrear sanciones para las empresas.
Simultáneamente, los trabajadores recibirán una bonificación extraordinaria del 9 % correspondiente al pago de EsSalud, o del 6,75 % si están, además, afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS). Esta bonificación adicional, como precisó el abogado laboralista Julio Villalobos Huerta para el diario oficial El Peruano, asegura que los empleados perciban un ingreso económico extra junto con su gratificación. La medida busca compensar y beneficiar aún más a los trabajadores, proporcionando un alivio financiero adicional que se suma al monto de la gratificación.
¿Quiénes no acceden a este beneficio?
Contrario a lo que muchos piensan, no todos los trabajadores del sector privado tienen derecho a la gratificación. Este abono solo está destinado a quienes cumplen con ciertos requisitos establecidos por la ley. Los trabajadores que no acceden a este beneficio son los siguientes, estos grupos están exentos de recibir la gratificación, según las normativas vigentes:
- Aquellos bajo el régimen laboral de la microempresa, ya que su normativa especial solo les otorga 15 días de vacaciones como beneficio social.
- Trabajadores a tiempo parcial o part time.
- Empleados con menos de un mes de labores.
- Trabajadores con Remuneración Integral Anual, cuyo salario ya incluye este beneficio.
“¡Atención empleadores! No depositar íntegra y oportunamente la CTS, no efectuar el pago de dicha compensación o hacer el depósito en una entidad bancaria distinta, a la elegida por el trabajador, califican como una infracción grave”, advirtió la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) en comunicado, entidad adscrita al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).