En el marco de las celebraciones de las Fiestas Patrias en Perú, numerosos trabajadores tanto del sector público como privado se cuestionan si los días 26 y 27 de julio serán considerados feriados o días no laborables. Según la normativa vigente del Gobierno, los días 28 y 29 de julio son feriados nacionales en honor a la independencia del país. Sin embargo, los días 26 y 27 de julio no cuentan con la misma designación para el año 2023.
Si bien en años anteriores se había establecido que el 27 de julio fuera un día no laborable para el sector público —permitiendo así un largo fin de semana— este año no ha sido así. Esta estrategia, plasmada en años anteriores, tenía como objetivo promover actividades recreativas y turismo interno, compensando las horas dejadas de laborar en los días posteriores.
Sin embargo, este año no existe normativa alguna que detalle si se procederá a establecer un feriado durante los días 26 y 27 de julio, que caen viernes y sábado este año, y que podrían ser comprendidos como feriados largos, que se empalmarían con el 28 y 29 de julio, que caen domingo y lunes.
Antecedentes y normativas previas
En el 2022, el Gobierno dispuso que el 27 de julio del 2023 sería un día no laborable para los trabajadores del sector público. Esta medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo 151-2022-PCM, publicado el 29 de diciembre en el Diario Oficial El Peruano. Este decreto estableció siete fechas no laborables a lo largo del año 2023 y una durante la primera semana del 2024. Así, sumando este día a los feriados de las Fiestas Patrias, se creó un fin de semana largo, ideal para actividades recreacionales y viajes.
La norma explicó que las horas dejadas de laborar durante el 27 de julio serían compensadas en los diez días inmediatos posteriores o en el momento que determinara el titular de cada entidad pública, en función a sus necesidades específicas. Además, señaló que los titulares de las entidades del sector público debían adoptar medidas para garantizar la provisión de servicios indispensables durante el día no laborable.
No obstante, en el presente año, no se ha emitido un decreto similar que declare el 26 o 27 de julio como día no laborable para el sector público. Por tanto, para este año, los únicos días de descanso garantizados son el 28 y 29 de julio. En consecuencia, aunque algunas instituciones pueden optar por dar ese día libre a sus empleados, no hay una directiva nacional que obligue a ello.
En resumen, para este 2023, los días 26 y 27 de julio no han sido declarados oficialmente como no laborables para el sector público, a diferencia del año anterior. Los únicos días oficialmente reconocidos como feriados en julio son el 28 y 29. La planificación de cualquier actividad de descanso o recreativa para el fin de semana largo de Fiestas Patrias deberá tener en cuenta esta normativa vigente.
A continuación, se presentan los días no laborables y feriados restantes para el 2023, según el último decreto publicado:
Fechas de feriados y días no laborables restantes en Perú para el año 2023
- 30 de agosto (miércoles): Día de Santa Rosa de Lima
- 8 de octubre (domingo): Combate de Angamos
- 1 de noviembre (miércoles): Día de Todos los Santos
- 8 de diciembre (viernes): Día de la Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre (lunes): Navidad
Para el sector privado, la decisión de adoptar días no laborables es opcional y requiere previa coordinación entre empleador y empleado, pero es común que algunas empresas también otorguen estos días como un beneficio adicional.
Diferencia entre día no laboral y feriado
El Gobierno del Perú ha implementado días no laborables específicos para los empleados del sector público con el fin de promover el descanso de los trabajadores y el turismo interno. Estos días deberán ser recuperados en un plazo de 10 días o según las políticas internas de cada entidad gubernamental.
En el sector privado, la adopción de este esquema es voluntaria y depende de un acuerdo previo entre el empleador y el empleado para decidir si se trabajará en estas fechas especiales.
En situaciones donde es indispensable trabajar durante los feriados, la legislación laboral contempla compensaciones, típicamente equivalentes a tres veces el salario diario.