¿Qué pasará con los ciudadanos venezolanos que se encuentran en el Perú sin visa? Esto dice la norma de Migraciones

A partir del 2 de julio, cambiará la situación de los extranjeros que se encuentren en el Perú solo con pasaporte o que no hayan regularizado su calidad migratoria. Conoce qué implicancias o medidas deberán afrontar

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- crédito Andina
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Luego que la Superintendencia Nacional de Migraciones anunciara que desde el 2 de julio de 2024 se implementarán nuevos requisitos para el ingreso y permanencia de ciudadanos venezolanos en el Perú, surgió la preocupación entre aquellos que se encuentran en el país sin visa.

Como se sabe, alrededor de 1,5 millones de migrantes y refugiados venezolanos se encuentran en el Perú, muchos de los cuales no cuentan con la documentación requerida bajo las nuevas disposiciones establecidas en la Resolución N° 000121-2024-MIGRACIONES, publicado este jueves en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

“La actualización de los requisitos de ingreso para los ciudadanos de nacionalidad venezolana estandariza el tratamiento que se brinda a todas las personas de los países a los que se exige la visa. También mitiga los riesgos asociados al control migratorio con documentos que no tienen las medidas de seguridad de los pasaportes y visas”, se lee en el diario oficial.

¿Qué pasará con ellos?

La medida dispuesta por Migraciones menciona una disposición especial que permite a los venezolanos que ya están en el país con pasaportes vencidos, solicitar un cambio de calidad migratoria. Además, estas personas deberán cumplir con todos los demás requisitos y condiciones de los procedimientos migratorios específicos que apliquen a su caso, estos son:

  • Calidad Migratoria Residente: Pasaporte ordinario venezolano vigente; y, Visa correspondiente, otorgada por una Oficina Consular Peruana.
  • Calidad Migratoria Residente, en su versión Humanitaria: Pasaporte ordinario venezolano vigente; y, Visa Humanitaria vigente, otorgada por una Oficina Consular Peruana.

Esta medida excepcional, que permite la regularización de la situación migratoria de ciudadanos venezolanos, está disponible solo para aquellos cuyo último ingreso a Perú haya ocurrido “antes de la vigencia de la presente resolución” y que permanezcan en territorio nacional.

Aunque la Resolución N° 000121-2024 de Migraciones no especifica las implicancias a las que se enfrentaría los venezolanos que actualmente se encuentran en Perú sin visa y/o pasaporte, recordemos que el Decreto Legislativo N° 1582, que modifica la Ley de Migraciones, establece la salida obligatoria del país de los extranjeros que se encuentren en “situación migratoria irregular por exceder el tiempo de permanencia otorgado y no haber solicitado su regularización en el plazo fijado por el reglamento”.

Además, se establece la expulsión de quienes presenten documentación falsa para los trámites migratorios y para quienes no hayan cumplido con la salida obligatoria impuesta. Asimismo, para quienes “en situación migratoria irregular” ingresaron al país “sin realizar el control migratorio de conformidad con la normativa vigente”.

Cabe mencionar que, los venezolanos que requieran ingresar al país en calidad migratoria temporal, también deberán presentar el Pasaporte ordinario venezolano vigente y una visa correspondiente, este último de ser otorgada por una Oficina Consular Peruana.

¿Cómo solicitar el cambio de calidad migratoria?

La página web de Migraciones Perú permite a los extranjeros poder realizar su solicitud de cambio de calidad migratoria de forma virtual. Este trámite debe ser realizado de forma personal.

  • Primero debes realizar el pago de S/ 161.40 con el código 07568 en cualquier agencia del Banco de la Nación.
  • Ingresa a la plataforma de Migraciones y selecciona la opción “Cambio de calidad migratoria”.
  • Introduce los datos del recibo de pago y adjunta todos los documentos en formato PDF.

Recuerda que debes tener toda la documentación que se requiere como:

  • Copia simple del pasaporte o documento de viaje análogo vigente.
  • Ficha de Canje Internacional: Emitida por la OCN INTERPOL – Lima de la PNP, con fecha no mayor a seis meses (excepto menores de edad).
  • Certificado de antecedentes.
  • Declaración de solvencia económica.
  • Documento de modalidad formativa.

Para conocer más detalles INGRESA AQUI.

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