Proyecto de ley del Congreso busca añadir origen étnico y lengua materna en el DNI

La iniciativa legislativa propone que el Estado tenga una mejor estadística de la totalidad de personas pertenecientes a comunidades indígenas, originarias y afroperuanas del Perú. Con ello, generar políticas que reduzcan desigualdades económicas y sociales

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Proyecto de ley propone incluir
Proyecto de ley propone incluir origen étnico en DNI peruano. (Foto Anthony Quispe/Convoca)

Nuevo proyecto de ley busca incorporar el origen étnico en el Documento Nacional de Identidad (DNI) en Perú, una medida, según se lee en la propuesta, diseñada para mejorar el acceso a los servicios públicos con pertinencia cultural y lingüística de las comunidades indígenas, andinas y afroperuanos.

Esta iniciativa también permitiría al Estado obtener estadísticas más precisas para la creación de políticas públicas y servicios que ayuden a reducir las brechas y desigualdades en el ejercicio de derechos económicos y sociales, y culturales señaló la congresista promotora del proyecto de ley, Ruth Luque, de la bancada Cambio Democrático.

Este último miércoles 26 de junio, el proyecto de ley denominado “Ley para la Incorporación de la Variable Étnica en el Documento Nacional de Identidad” fue ingresado ante el Congreso de la República con el número 8275.

Entre los coautores del proyecto se encuentran los legisladores Víctor Raúl Cutipa Ccama, Isabel Cortez Aguirre, Sigrid Tesoro Bazán Narro, Hamlet Echeverría Rodríguez y Susel Ana María Paredes Piqué.

Proyecto de ley busca incluir
Proyecto de ley busca incluir variable étnica en DNI de Perú

El proyecto de ley busca reconocer y garantizar el derecho a la autoidentificación étnica, en línea con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que hace referencia al autorreconocimiento de una persona como parte de un grupo étnico específico. Además, se busca que el ejercicio de este derecho no conlleve ningún tipo de discriminación.

En 2021, el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura presentó una Guía metodológica para incorporar la variable étnica en los registros de información de entidades públicas. El objetivo de esta guía fue proporcionar a las instituciones del Estado una herramienta práctica para generar información sobre las características étnico-culturales de los usuarios de servicios públicos y, así, incorporar el enfoque intercultural en el diseño y prestación de estos servicios.

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Según el Proyecto 8275, la inclusión étnica en DNI estara a acargo de la Reniec. (Foto: Andina)

Autoidentificación étnica y lengua materna a cargo de Reniec

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) deberá incluir la variable étnica en el Documento Nacional de Identidad (DNI), según lo establece la propuesta de ley presentada. Esta medida busca proteger el derecho de autoidentificación étnica de los ciudadanos, a través de la incorporación de esta información tanto en la ficha registral como en los registros administrativos pertinentes. La pregunta incluirá también la opción de declarar la lengua materna.

Los datos obtenidos se integrarán en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN). La inclusión de esta información en el DNI será opcional y dependerá de la elección de cada individuo. Sin embargo, los registradores están obligados a formular la pregunta de autoidentificación étnica y de lengua materna durante el proceso de registro, independientemente de la visibilización en el documento.

La campaña abarca diversas regiones
La campaña abarca diversas regiones del país, desde Cusco hasta Loreto, llegando a comunidades rurales y urbanas que pueden enfrentar dificultades para obtener su documentación de identidad. (Andina)

Para menores de doce años, la pregunta será contestada por los padres o apoderados, mientras que las personas de doce años en adelante podrán responder por sí mismas.

Además, la propuesta de ley especifica que los registradores deben asegurar que la pregunta de autoidentificación sea hecha sin influencias o comentarios que puedan inducir una respuesta específica. Todos los registros administrativos de RENIEC deberán contener esta variable de acuerdo a los criterios del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

RENIEC, en colaboración con el Ministerio de Cultura, proporcionará capacitación y asistencia técnica a los registradores y personal administrativo para cumplir con las disposiciones de la ley.

Guía del Ministerio de Cultura

La guía presentada en 2021 por el Mincul se basa en una serie de normativas, como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Ley Nº 29565, que creó el Ministerio de Cultura, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Además, se alinea con la Política Nacional de Cultura al 2030 y la Política Nacional de Transversalización del Enfoque Intercultural.

El proceso de incorporación de la variable étnica en los registros abarca seis etapas y está dirigido principalmente a servicios en distritos con alta pobreza o concentración de población indígena. Esta estrategia busca mejorar la calidad y cobertura de servicios públicos, promoviendo el acceso y uso por parte de la población culturalmente diversa.

El viceministerio indica que la inclusión de la variable étnica en los censos de 2017 y en los registros administrativos durante la pandemia de COVID-19 sirven como antecedentes clave. Estos precedentes han permitido recolectar información valiosa sobre la identidad étnica de la población, mejorando así la formulación de políticas públicas que promuevan la igualdad y reduzcan la discriminación.

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