Tres organizaciones buscan que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de Naciones Unidas declare la responsabilidad internacional del Estado peruano por la muerte de Diana Aleman, una migrante venezolana que, en julio de 2020 y en plena emergencia sanitaria, intentó huir de un hospital limeño tras ser informada de que sería denunciada por presentar un aborto incompleto.
“Mi vida, estos doctores van a llamar al serenazgo. Necesito que me ayudes”, fue el último mensaje que envió por Messenger a su pareja, Eudomar Gonzales. La comunicación se realizó desde el celular de otra paciente, quien luego informó a la familia que la joven, migrante en condición irregular y madre de dos hijas, se veía desesperada al punto que una enfermera tuvo que calmarla.
Diana acudió al hospital María Auxiliadora, en la zona sur de Lima, debido a dolores intensos en el vientre. Aunque tenía un aborto espontáneo en curso, el personal sanitario inicialmente se negó a recibirla por “medidas de prevención de COVID-19″. Después, exigieron el pago de una suma de dinero y la compra de insumos médicos como condición para la atención.
Tras varias horas y cumplidas las exigencias, recibió atención por su emergencia obstétrica. Mientras se recuperaba del legrado uterino, le informaron que sería denunciada. Entonces, intentó escapar por la ventana y falleció al caer desde ese tercer piso.
Reiterados informes del relator especial sobre la tortura de Naciones Unidas han encontrado preocupante que la asistencia médica posterior al aborto se vea limitada o condicionada por el intento de obtener confesiones o “imponer un castigo” a las mujeres. Diana tenía motivos legítimos para temer ser apresada: en el país el aborto es sancionado penalmente, con excepción de la interrupción terapéutica del embarazo, que, sin embargo, aún es objeto de sanción social y de trabas en los servicios de salud.
Solo en 2020, cuando ocurrió su deceso, 85 personas fueron detenidas por delitos de aborto en todo el país, según Salud con Lupa. La cifra supera a las de años anteriores. Entre 2015 y 2020, se registró un total de 435 detenciones; 221 correspondientes a mujeres. El rango de edad más común de las personas detenidas fue de 18 a 27 años. El portal especializado intentó obtener una entrevista con el hospital María Auxiliadora, pero el Ministerio de Salud no autorizó la solicitud ni respondió a los intentos de comunicación.
Cruzada por justicia y reparación
Cuatro años después, la abogada Brenda Álvarez de la Asociación Proyecta Igualdad – Justicia Verde de Perú, la Iniciativa Salud y Derechos Humanos del Instituto O’Neill y la organización Ríos han presentado una comunicación individual ante el CEDAW para que los deudos obtengan justicia y reparación, y que el Estado adopte medidas de no repetición, “incluyendo la adecuación de su marco normativo en materia de aborto y de confidencialidad médica”.
En un comunicado conjunto difundido este lunes, las organizaciones recalcaron que “Diana fue víctima de violencia de género en un hospital público”, un episodio de violencia obstétrica y discriminación interseccional, así como una grave vulneración a las obligaciones éticas y de derechos humanos por parte del personal de salud.
“En Perú, el aborto es un delito salvo cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar un mal grave y permanente en su salud. Además, el artículo 30 de la Ley General de Salud establece expresamente que, cuando existan indicios de aborto criminal, (el médico) está obligado a poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, forzándole así a vulnerar el secreto profesional y la confidencialidad médica. Los hechos que provocaron el fallecimiento de Diana fueron consecuencia de la vigencia conjunta de ambas normas”, señala el pronunciamiento.
La familia impulsó investigaciones a nivel nacional que culminaron en un archivo con la hipótesis de que Diana se quitó la vida, una decisión que, según las organizaciones, no tuvo fundamento probatorio y fue producto de un proceso que incumplió estándares mínimos de debida diligencia, además de estar influenciada por múltiples estereotipos de género, como la presunción de que un aborto necesariamente genera altos niveles de culpa y puede llevar al suicidio.
Las representantes solicitaron que se declare que el Estado peruano violó cinco artículos de la CEDAW, cuyo comité está formado por 23 expertos independientes. Además, exigieron una reparación apropiada para los deudos, que incluya el acceso a tratamientos de salud, un seguro de salud y la regularización migratoria. También requirieron publicar su decisión y llevar a cabo un acto de reconocimiento de responsabilidad y disculpas públicas.
Para evitar la repetición de los hechos, solicitaron recomendar al Estado derogar la obligación de denunciar a mujeres que buscan atención postaborto contenida en el artículo 30 de la Ley General de Salud; implementar protocolos que garanticen el respeto de la confidencialidad; eliminar las sanciones penales al aborto voluntario; y adoptar acciones de formación y capacitación para el personal de salud y los funcionarios judiciales, del ministerio público y la policía.
“Buscamos que esta denuncia sirva para que a ninguna otra mujer le pase lo mismo que a Diana en un hospital de este país”, dijo Dayana, su hermana. “Necesitamos justicia para Diana, su muerte no puede quedar impune, ha pasado mucho tiempo”, señaló Eudomar Gonzales, pareja de la víctima.
“Práctica extendida”
Para las organizaciones, este caso “refleja una práctica frecuente y extendida en Perú de reportar y denunciar a mujeres con emergencias obstétricas en los servicios de salud, tanto públicos como privados”, lo cual suele conducir a la apertura de investigaciones, detenciones e interrogatorios en las salas de hospitales, “afectando desproporcionadamente a las mujeres más desfavorecidas y en situación de pobreza”.
De acuerdo con el protocolo de la Convención, el comité tiene el mandato de recibir comunicaciones de individuos o grupos que denuncien violaciones de derechos protegidos por la Convención e iniciar consultas en casos de violaciones graves o sistemáticas de los derechos de la mujer.