César Hinostroza insiste en acogerse a la ‘Ley Soto’ para archivar proceso por caso Cuellos Blancos

Exjuez supremo sustentó ante la Sala Penal Permanente su apelación contra la decisión que rechazó archivar imputación por patrocinio ilegal

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César Hinostroza lleva seis años en la clandestinidad. Difusión
César Hinostroza lleva seis años en la clandestinidad. Difusión

El prófugo exjuez supremo César Hinostroza insiste en su intento de archivar uno de los procesos que se le sigue por el caso Los Cuellos Blancos del Puerto amparándose en la Ley 31751, conocida como la ‘Ley Soto’.

En setiembre de 2023, Hinostroza solicitó al juez supremo de la investigación preparatoria Juan Carlos Checkley aplicar la ‘Ley Soto’ y sobreseer (archivar) el proceso por patrocinio ilegal, por supuestamente haber intercedido ante el expresidente de la Corte de Callao Walter Ríos para que nombre como juez supernumerario a Maico Reyner Fernández Morales.

Según el exjuez, aplicando la Ley 31751, dicho hecho había prescrito en 2022. Sin embargo, Checkley desestimó el pedido debido a que la Fiscalía había recalificado el delito, de patrocinio ilegal a cohecho activo específico, que implica un mayor plazo de prescripción.

César Hinostroza, cuyo proceso de extradición desde Bélgica inició, apeló la decisión, por lo que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema evaluó hoy martes 25 de junio el recurso.

La apelación de César Hinostroza

Ante la sala suprema que preside el juez supremo César San Martín, César Hinostroza aseguró que en primera instancia se incurrió en “una violación al derecho fundamental de la debida motivación” ya que, afirma, el juez Checkley indicó que “no se puede pronunciar por el delito de patrocinio ilegal porque el hecho había sido recalificado”.

Hinostroza sacó a colación de que el Poder Judicial aprobó la recalificación en julio de 2023, cuando la ‘Ley Soto’ ya estaba en vigencia.

“Nosotros pedimos que antes de emitir la resolución aprobatoria de la nueva tipificación sin autorización del Congreso, debió aplicar de oficio la Ley 31751 en aplicación (...) de que las leyes que favorecen a los procesados deben aplicarse de forma retroactiva”, dijo el juez, que ejercer su autodefensa.

El exmagistrado también señaló que impugnó la resolución que aprobó la recalificación, por lo que, “en tanto no quede consentida o ejecutoriada, la disposición fiscal que modificó los hechos queda en suspenso”. Pero, sostiene, Checkley no se pronunció sobre este argumento.

“Nosotros consideramos que ese extremo de la imputación ha prescrito a la fecha. Por lo tanto, nosotros habíamos pedido la revocatoria, pero advirtiendo que no existe ninguna motivación sobre el delito que nosotros hemos cuestionado, debe declararse nula la resolución y ordenar que el juzgado emita una nueva resolución pronunciándose sobre todos los extremos de nuestra excepción de prescripción que está debidamente motivada”, requirió el exjuez supremo.

El fiscal supremo adjunto Iván Quispe indicó que la recalificación rige a partir de que la Fiscalía emitió la disposición fiscal en abril de 2023 y no cuando el Poder Judicial aprobó dicha acción en julio del mismo. Es decir, el delito fue recalificado cuando aún no entraba en vigencia la ‘Ley Soto’. El representante del Ministerio Público también invocó el acuerdo plenario que califica como inconstitucional dicha norma.

Inicia proceso de extradición

El Poder Judicial ha decidido solicitar al Reino de Bélgica la detención preventiva y posterior extradición del exjuez supremo César Hinostroza. Esta medida tiene como objetivo que Hinostroza enfrente en Perú un proceso por organización criminal, cohecho y tráfico de influencias relacionado con el caso Los Cuellos Blancos del Puerto.

El expediente fue elevado a la Sala Suprema Penal Permanente, la cual determinará si la extradición procede. En caso afirmativo, el Poder Ejecutivo emitirá una resolución suprema formalizando la solicitud a Bélgica, reportó Infobae.

El juez Juan Carlos Checkley, al dictar esta medida, destacó que, aunque existe un convenio bilateral de extradición con Bélgica, el mismo no incluye explícitamente los delitos que se le imputan a Hinostroza. Por ello, se ha invocado la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención de Palermo, ambas ratificadas por Perú y Bélgica y que sí abarcan los cargos mencionados.

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