Investigadores que compren autorías recibirán multa de S/ 1 millón 648 mil y ya no podrán ser registrados en Concytec

Esta falta ahora es considerada como infracción muy grave a la integridad y a la ética en la investigación, de acuerdo Reglamento de la Ley N.° 31250

Guardar

Nuevo

Los investigadores que copien parcial o totalmente otro material también serán sancionados - crédito Andina
Los investigadores que copien parcial o totalmente otro material también serán sancionados - crédito Andina

Los investigadores que compren o vendan autorías de una o más publicaciones científicas serán sancionados con una multa de hasta 320 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo cual equivale a S/ 1 millón 648 mil.

Además, los infractores podrían ser expulsados de forma definitiva del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti), es decir, que quedarán excluidos de los beneficios del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica del Perú (Concytec), como financiamiento, programas, clasificación, calificación, registro, entre otros.

Así lo establece el Reglamento de la Ley N.° 31250, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 062-2024-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el domingo 23 de junio. De esta manera, esta falta ahora es considerada como infracción muy grave a la integridad y a la ética en la investigación.

Se  establecen procedimientos administrativos para sanciones relacionadas con las actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI). - crédito gob.pe
Se establecen procedimientos administrativos para sanciones relacionadas con las actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI). - crédito gob.pe

El documento también establece procedimientos administrativos para sanciones relacionadas con las actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI).

Además, dispone que el Concytec sea el ente rector del Sinacti y el ente encargado de regular la implementación y el funcionamiento del Registro de Sanciones, el cual será implementado mediante Resolución de Presidencia, en un plazo no mayor de sesenta días calendario desde que entra en vigencia el reglamento.

Las sanciones involucran, en su mayoría, una suspensión de hasta por dos años en el  Sinacti- crédito archivo
Las sanciones involucran, en su mayoría, una suspensión de hasta por dos años en el Sinacti- crédito archivo

¿Qué otras infracciones se han dispuesto?

De acuerdo al documento oficial publicado en Normas Legales, estas son otras faltas y la sanción económica que se dispone para cada una:

  • Emplear recursos otorgados para investigación, como subvenciones o transferencias financieras, para otros fines diferentes a lo dispuesto en las bases, convenios, contratos y/u otros instrumentos: expulsión permanente del Sinacti y/o una multa de 1 millón 648 mil soles.
  • Proporcionar información o documentación falsa al Concytec o a los Programas Nacionales de Ciencia, Tecnología e Innovación: suspensión de pertenencia al Sinacti, por un período de hasta cinco años y/o multa de hasta 494 mil 400 soles.
  • Incluir como autores de una publicación científica o como autores, inventores u obtentores de una propiedad intelectual a personas o instituciones que no han contribuido al desarrollo del proyecto y/o publicación científica o propiedad intelectual: suspensión de pertenencia al Sinacti por un período de hasta cinco años y/o multa hasta 494 mil 400 soles.
  • Publicar los mismos resultados en diferentes revistas científicas, libros o capítulos de libros sin la cita respectiva: suspensión de pertenencia al Sinacti, por hasta dos años.
  • Realizar actos de discriminación o abuso de poder y/o de autoridad durante la ejecución de una investigación científi ca, asesoría y/o mentoría: Suspensión de pertenencia al Sinacti, por hasta dos años.
  • Plagiar total o parcialmente documentos de otros autores o de su misma autoría (artículos científicos, libros, capítulos de libros u otras publicaciones), patentes o certificados: suspensión de pertenencia al Sinacti por hasta cinco años y/o una multa de hasta 494 mil 400 soles.
  • Plagiar, falsificar y/o fabricar datos, pruebas, métodos, fuentes, resultados y/o descubrimientos en las diferentes fases de la investigación científica, incluyendo la publicación: suspensión de pertenencia al Sinacti, por hasta cinco años; y/o multa de hasta 494 mil 400 soles.
  • No cumplir de manera justificada con la presentación de la documentación de rendición de cuentas técnica y financiera en los plazos establecidos por los programas nacionales de CTI: suspensión de pertenencia al Sinacti por hasta dos años.
  • Instigar al personal a cargo a cometer algunas de las infracciones descritas: suspensión del Sinacti por dos años; y/o multa de hasta 494 mil 400 soles.
En octubre del 2023, se publicó el documento para que instituciones y personas puedan aportar comentarois -  crédito composición Infobae / Andina
En octubre del 2023, se publicó el documento para que instituciones y personas puedan aportar comentarois - crédito composición Infobae / Andina

En octubre del 2023, por medio de la Resolución Ministerial N.° 217-2023-PCM, se publicó el reglamento para que entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general puedan enviar sugerencias, comentarios y/o recomendaciones.

Para revisar las nuevas pautas, como la clasificación de la sanción y las disposiciones complementarias, se puede revisar el siguiente enlace: https://epdoc2.elperuano.pe/EpPo/VistaNLSE.asp?Referencias=MjMwMDM1MS0xMjAyNDA2MjM=.

Guardar

Nuevo