Fallo histórico por el Caso Manta: violencia sexual cometida por militares peruanos califica como un crimen de lesa humanidad

Infobae Perú logró acceder a la lectura de sentencia del Caso Manta, en el que 10 miembros de las Fuerzas Armadas fueron condenados por los abusos sexuales perpetrados durante el conflicto armado interno. Hoy, a 40 años de ocurridos los hechos, la verdad prevaleció y los testimonios de las víctimas fueron validados por el sistema de justicia

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El Registro Único de Víctimas, elaborado por el Ministerio de Justicia, dio cuenta de que más de 5.300 féminas fueron agredidas sexualmente durante el conflicto armado interno. (Video: Justicia TV)

El conflicto armado interno marcó una de las etapas más sombrías de la historia del Perú y, aunque si bien se caracterizó por suponer un peligro para la ciudadanía en general, lo fue especialmente para las mujeres que formaban parte de alguna población vulnerable. Así lo evidenció el Registro Único de Víctimas, elaborado por el Ministerio de Justicia, el cual dio cuenta de que más de 5.300 féminas —mujeres quechuablantes (75% de los casos), de origen rural (83%), campesinas (36%) o amas de casa (30%)— fueron agredidas sexualmente durante este periodo.

Sin embargo, el 28 de agosto del 2003, una lamentable realidad —que había sido duramente negada por muchos sectores en el país— salió a la luz con la publicación del informe final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR): alrededor del 83% de los actos de violación sexual eran imputables al Estado.

El miércoles 19 de junio
El miércoles 19 de junio se dio lectura a la sentencia por el juicio histórico del Caso Manta. - Crédito: composición Infobae Perú
“La CVR tiene evidencias que le permiten concluir que la violencia sexual fue una práctica generalizada y subrepticiamente tolerada, pero —en casos— abiertamente permitida por los superiores inmediatos en determinados ámbitos. Tuvo lugar en el desarrollo de incursiones militares, pero también en el interior de ciertos establecimientos del Ejército y de las Fuerzas Policiales. Esta práctica generalizada, sin embargo, puede haber alcanzado en determinadas provincias de Ayacucho, Huancavelica y Apurímac un carácter sistemático vinculado a la represión de la subversión”, detalló el documento oficial.

Y, de entre todas las sobrevivientes, nueve mujeres oriundas de Manta, Huancavelica, se armaron de valor y alzaron su voz para lograr que sus agresores enfrenten a la justicia. De esta manera, el miércoles 19 de junio, justamente una fecha simbólica en la que se conmemora el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia Sexual en los Conflictos, estas ciudadanas llegaron —ocho de manera presencial y una llevada en la memoria de sus compañeras— hasta la Corte Superior Nacional de Justicia para escuchar, después de cinco años de iniciado el segundo juicio y a 40 años de ocurridos los sucesos denunciados, la sentencia que le correspondería a los militares peruanos que fueron imputados por el abuso sexual ejercido en su contra.

Fallo histórico por el Caso Manta

El miércoles 19 de junio
El miércoles 19 de junio se dio lectura a la sentencia por el juicio histórico del Caso Manta. - Crédito: PJ

La audiencia, que tuvo una duración aproximada de dos horas y a la que Infobae Perú logró acceder, había sido anunciada como un evento público, al que podría ingresar cualquier ciudadano; no obstante, bajo argumentos de falta de aforo en la sala asignada —la cual tenía un tamaño reducido pese a que se sabía la relevancia y el alcance del caso—, quedaron afuera muchas personas que habían arribado al Centro de Lima con el deseo de acompañar a las sobrevivientes en este proceso, además de algunos miembros de la prensa.

Pero todos estos imprevistos y arbitrariedades quedaron de lado cuando los jueces afirmaron: “No se permite una decisión distinta a la de la culpabilidad de los imputados en la comisión de los delitos acusados”. Así, el sistema de justicia peruano emitió un fallo histórico que reconoce a la violencia sexual ejercida en contra de las nueve mujeres mantinas durante el conflicto armado interno como crímenes de lesa humanidad.

Anteriormente, ya se había pedido
Anteriormente, ya se había pedido que las audiencias del Caso Manta sean públicas a fin de que la población se mantenga vigilante al resultado. - Crédito: Infobae

Una condena cuya importancia fue explicada a este medio por Cynthia Silva, abogada que acompaña la defensa legal de tres sobrevivientes y directora de la organización feminista Demus: “El precedente más importante es el tema de la valoración de las pruebas del conflicto armado como un entorno que hace posible que se violen a adolescentes y a mujeres de la manera más impune”.

“Este caso nos sirve para mostrar que, dentro de las tácticas de guerra, dentro de las prácticas de introducción del enemigo que utilizaban las Fuerzas Armadas, en el marco de la lucha antisubversiva, se ha utilizado la violencia sexual cuando se trataba de mujeres y eso tiene que quedar totalmente proscrito de las prácticas militares (...). Esta defensa es la única que ha aceptado que hubo violaciones sexuales, pero lo que dice es que estas prácticas eran propias de cada uno de los soldados, que no acarreaban responsabilidad institucional y esto es falso: se ha demostrado que eran de pleno conocimiento de los superiores. De hecho, hay dos autores mediatos, quienes sin haber violado directamente, tienen responsabilidad directa sobre los hechos porque (eran jefes de base) y tenían el dominio de la situación y del territorio, por lo que pudieron no solamente evitar, sino también buscar mecanismos sancionatorios a quienes cometieran estos hechos”, detalló.
El miércoles 19 de junio
El miércoles 19 de junio se dio lectura a la sentencia por el juicio histórico del Caso Manta. - Crédito: PJ

Esta postura fue compartida por Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL) que representa a seis de las mujeres mantinas a lo largo de esta proceso. El especialista remarcó a Infobae Perú la relevancia que tiene que se haya calificado de crímenes de lesa humanidad a los delitos cometidos por parte de estos militares, sobre todo en los casos que corresponden a los años 80, puesto que les otorga perpetuidad. “Creo que también significa, de alguna manera —y yo quiero interpretarlo así—, una respuesta ante los ímpetus del Congreso de la República de querer hacer prescribir ese tipo de casos. Creo que el tribunal entiende las circunstancias en las que se ha dictado la sentencia y me parece que también ha mandado un mensaje”.

“Lo del miércoles es un acto de justicia porque, más allá de que haya un cuestionamiento sobre las penas, yo me quedo con la determinación de responsabilidad, más aún en este país en el que —desde hace unos seis, siete u ocho años— los militares no van a prisión. A mí me parece que es muy importante que el Poder Judicial haya determinado la responsabilidad de los militares en las condiciones y bajo la redacción que tiene la sentencia, que es categórica en el sentido decir: ‘Acá nos encontramos no con crímenes individuales, sino que nos encontramos con crímenes que inclusive son sistemáticos’. Y que imputa como responsabilidad superior al Estado porque dice que esto ha sido una práctica recurrente, como un instrumento de restricción en el marco de un contexto de violación a los derechos humanos bajo control militar”, acotó.

Para ambos representantes legales, la reivindicación llega con la validación de las denuncias de las mujeres y el análisis del caso en su real dimensión. Y es que este segundo juicio por el Caso Manta —más allá de todo lo que significa hoy— tendrá una gran importancia en la memoria ciudadana, puesto que sienta un precedente y se constituye como la primera sentencia en Sudamérica obtenida por violencia sexual colectiva durante el conflicto armado, en la modalidad de crímenes de lesa humanidad, un hito que se da tras 20 años de lucha y resistencia.

Sentimientos encontrados

El Caso Manta está en
El Caso Manta está en la fase final del segundo juicio, en el que nueve mujeres de Huancavelica han acusado a 13 militares peruanos por delitos de violencia sexual. - Crédito: composición Infobae Perú/Demus/Poder Judicial

Al término de la audiencia, en medio de abrazos, cantos, arengas y otras muestras de apoyo, los sentimientos encontrados no tardaron en llegar como producto de la lectura de sentencia: por un lado, el reconocimiento de los delitos de violencia sexual como crímenes de lesa humanidad era un hecho histórico y consolidaba una lucha de largos años, pero —por el otro— era imposible notar que las penas otorgadas en contra de 10 de los militares peruanos acusados no eran acordes con la gravedad de los daños cometidos.

De esta manera, Sabino Valentín Rutti recibió 12 años de condena; Rufino Rivera Quispe, 10 años; Vicente Yance Collahuacho, 10 años; Epifanio Quiñonez Loyola, 10 años; Amador Gutiérrez Lizarbe, 10 años; Lorenzo Inga Romero, 10 años; Arturo Simarra García, 10 años; Martín Sierra Gabriel, 8 años; y Pedro Pérez López, 6 años.

“Me siento bien, pero estoy disconforme con la sentencia: 10 años es muy poco para todo lo que hemos luchado. No merecen tan poco porque nosotras hemos sufrido más de 20 años en este proceso y no es justo”, apuntó una de las mujeres denunciantes a su salida.
El miércoles 19 de junio
El miércoles 19 de junio se dio lectura a la sentencia por el juicio histórico del Caso Manta. - Crédito: PJ

Sin embargo, este no fue el único hecho que causó rechazo durante la audiencia: los acusados no se hicieron presentes pese a que se habían convocado a todas las partes de manera presencial con la debida anticipación. De acuerdo a Silva, dicha acción formaría parte de una estrategia ya conocida por los condenados, pero ahora la responsabilidad de emitir las órdenes de captura recae sobre el Poder Judicial. “No podemos conformamos con condenados por crímenes de lesa humanidad que terminen prófugos y que eluden a la justicia burlándose de ese derecho a la reparación que las víctimas tienen”, afirmó.

Por su parte, Rivera compartió una frase para resumir las emociones vividas aquel miércoles 19: “La justicia no resuelve todos los problemas, pero ayuda a reparar los daños sufridos”. Añadió que si bien, ese mismo día, sus patrocinadas experimentaron un gran número de emociones, al día siguiente el ambiente fue diferente.

“Regresamos a la oficina y creo que había una suerte de sentimientos encontrados, ya que terminaba una etapa de sus vidas, pero al día siguiente vimos a otras mujeres (...). Tuvimos un momento acá para compartir lo que habíamos vivido el día anterior y todas expresaron un sentimiento de tranquilidad porque sentían que habían logrado algo importante”, narró.

Acciones y estrategias

Según el Registro Único de
Según el Registro Único de Víctimas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aproximadamente 5.000 niñas, adolescentes y adultas fueron víctimas de violencia sexual durante el conflicto armado interno. - Crédito: Chirapaq/Andina

Pese a todo lo vivido en los últimos días, el sistema de justicia no se detiene y los plazos han empezado a correr. Silva, en diálogo con Infobae Perú, explicó que ya ha sido presentado un recurso de nulidad con el objetivo de solicitar penas más elevadas, además de exigir una reparación civil que sea más proporcional al daño sufrido. Frente a lo expuesto, informó que corresponderá a la Corte Suprema revisar la sentencia emitida.

“Nosotras, de acuerdo a lo que ha señalado la sala, consideramos que no hay nada que modificar en cuanto a los fundamentos de lo que se ha probado en juicio. Además, los más autorizados para decir qué es lo que se ha probado son aquellos jueces que han visto directamente la actuación de las pruebas, el contraste en un debate probatorio entre las partes y con esa base han llegado con la conducción de que las violaciones sexuales han ocurrido y han tenido características de delitos de lesa humanidad. Entonces, con ello, lo único que se va a revisar es el tema de las penas y la reparación civil. Imaginamos que, de parte de los imputados —y ahora condenados—, evidentemente van a intentar que se revise también lo que ha sido probado en juicio para buscar absoluciones”, acotó la abogada.
El Caso Manta hace referencia
El Caso Manta hace referencia a una serie de violaciones sexuales sistemáticas a adolescentes y mujeres de Huancavelica. - Crédito: composición Infobae/Demus

De acuerdo a la especialista, los plazos en estos casos ya han sido establecidos por el Código Penal: el recurso de nulidad debe darse en el lapso de 24 horas después de leída la sentencia y después se otorgan 10 días para fundamentar las razones y los puntos sobre los que no se está de acuerdo. “Luego, la Corte Suprema va a evaluar esto y consideramos que este año tiene que ya haber una respuesta. No se puede dilatar mucho más un proceso que ha llevado ya casi 20 años”, concluyó.

Respecto a las órdenes de captura, Rivera precisó que estas debieron haber sido emitidas el último jueves 20 de junio, ya que la audiencia tuvo lugar hacia la tarde del miércoles 19. Según señaló, el objetivo es que los condenados sean internados en un establecimiento penitenciario y el Poder Judicial debe informar a la Policía Judicial —la Policía de Requisitoria— y son ellos los encargados ejecutarla.

No obstante, alertó que existen problemas relacionados con la no ubicación de militares sentenciados en el Perú. “Lo que nos ha llevado a más de una sospecha por considerar que la Policía no está cumpliendo de manera efectiva o diligente como corresponde estos mandatos del Poder Judicial”, concluyó.

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