ONPE aprueba cerca de 30 solicitudes para adquirir el kit de revocatoria, entre ellos para los alcaldes de Lima y Miraflores

Luego de que el ciudadano reciba el lote electoral, se deberá recolectar las firmas adherientes (25% del padrón electoral de la circunscripción) y luego solicitar la verificación de las autógrafas recolectadas

Guardar

Nuevo

El único candidato a las elecciones de su distrito en Cajamarca no obtuvo la cantidad de votos exigida por ley para ser declarado como ganador en las elecciones municipales complementarias organizadas por la ONPE. (Foto: Composición - Infobae/Renato Silva)
El único candidato a las elecciones de su distrito en Cajamarca no obtuvo la cantidad de votos exigida por ley para ser declarado como ganador en las elecciones municipales complementarias organizadas por la ONPE. (Foto: Composición - Infobae/Renato Silva)

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha aprobado hasta la fecha 27 solicitudes para la adquisición de formatos destinados a la recolección de firmas de adherentes, conocido como Kit Electoral, con el fin de ejercer el derecho de control contra diversas autoridades municipales y regionales. Este proceso es parte de la Consulta Popular de Revocatoria 2025, que corresponde al período de gobierno regional y municipal 2023-2026.

Según la agencia Andina, entre las solicitudes aprobadas, 22 están dirigidas contra autoridades municipales en diferentes distritos del país. Estos distritos incluyen Huamancaca Chico (Junín), Kumpirushiato (Cusco), Buenos Aires (San Martín), Torata (Moquegua), Pinra (Huánuco), Neshuya (Ucayali), Balsapuerto (Loreto), Ate, Miraflores, Surquillo y San Bartolo (Lima).

Además, Azángaro (Yauyos-Lima), Pisuquia (Amazonas), Ocoña (Arequipa), Abelardo Pardo Lezameta (Ancash), Aquia (Ancash), Lajas (Cajamarca), Cacra (Yauyos-Lima), Chilca (Cañete-Lima), Santiago de Cao (La Libertad), Vinchos (Ayacucho) y Pacarán (Cañete-Lima).

Adicionalmente, se han presentado cuatro solicitudes dirigidas contra autoridades de las provincias de Cajabamba (Cajamarca), Lucanas (Ayacucho), Cusco (Cusco) y La Unión (Arequipa), así como una solicitud a nivel regional para Lima. Estos kits electorales contienen una serie de documentos y formatos necesarios para recoger las firmas correspondientes, cumpliendo así con la Ley n.º 26300.

El 82% de las solicitudes fueron ingresadas de manera física en su sede central o en oficinas regionales. (Foto: Andina)
El 82% de las solicitudes fueron ingresadas de manera física en su sede central o en oficinas regionales. (Foto: Andina)

El organismo ha habilitado en su página web un enlace que permite a la ciudadanía conocer en detalle los kits electorales expedidos, incluyendo los requisitos para obtener los planillones necesarios para iniciar el proceso de recolección de firmas, que debe representar al menos el 25 % del padrón electoral de cada circunscripción.

Como se sabe, el Kit Electoral contiene una lista de adherentes, formatos para la certificación de presentación de listas y digitación, una declaración jurada para la corrección de enmendaduras, software para la digitación de adherentes, la normativa vigente y un manual de instrucción del software de la lista de adherentes, según informó la ONPE a través de su plataforma digital.

25% del padrón electoral

Luego de que el ciudadano reciba el kit electoral, se deberá recolectar las firmas adherientes (25% del padrón electoral de la circunscripción) y luego solicitar a la Subgerencia de Verificación de Firmas y Apoyo Técnico Electoral del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) la verificación de las autógrafas recolectadas.

Foto: Andina
Foto: Andina

Culminado el trámite en el Reniec, el promotor de la revocatoria deberá presentar la solicitud de revocatoria, ya sea en la mesa de partes de la ONPE (presencial o virtual) o en las ORC. En este documento se deberá anexar copias de la “Constancia del proceso de verificación de firmas de adherentes” y del “Acta de etapa de verificación automática y semiautomática”, ambas expedidas por el Reniec.

Cabe precisar que la fecha límite de recepción de solicitudes de verificación de firmas es el 11 de octubre de 2024. Tras ello, la ONPE resolverá las solicitudes de revocatoria presentadas en un plazo no mayor de 30 días calendario.

En caso de que la solicitud sea denegada, se procederá a presentar un recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Esta entidad electoral resolverá dicho recurso en un plazo no mayor de 15 días calendario. No procede recurso alguno contra dicha resolución.

La fecha límite para presentar solicitudes de revocatoria a la ONPE vence el 21 de noviembre de 2024, mientras que el plazo para que la misma institución electoral resuelva las solicitudes será el 21 de diciembre de 2024, señaló el mencionado medio.

Guardar

Nuevo