Aumenta la cantidad de padres que no pagan pensión de alimentos en Perú: se registran ocho demandas diarias

Los deudores alimentarios inscritos en el REDAM no pueden contratar con el Estado ni ser elegidos para ejercer un cargo público, y hasta enfrentan el riesgo de ir a prisión

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Hay más de 850 padres que tienen más de una demanda por alimentos. | Crédito: Latina Noticias

Cada día en Perú, el tema de la pensión alimenticia se convierte en un problema para más familias. Padres que deberían dar apoyo financiero a sus hijos fallan en sus obligaciones, y las estadísticas muestran una situación no solo preocupante, sino que también alarmante.

De esta manera, un informe de Latina Noticias, con cifras hasta mayo de este año, evidencia un notable aumento en el número de padres morosos en todo el país: en promedio, se registran ocho demandas diarias contra padres que no cumplen con el pago de la pensión alimenticia.

Pensión de alimentos
Pensión de alimentos

Aumentan demandas en el Perú

De acuerdo a los datos anuales, brindados por el Poder Judicial para dicho medio, en 2019 había 794 deudores ingresados en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), en 2020 solo fueron 191, en 2021 llegó a 377, en 2022 a 952, en 2023 a 3.073, puesto que septiembre, octubre, noviembre y diciembre los meses con mayor número de registros.

Esta cifra refleja una un problema persistente que afecta a numerosas familias en todo el país, sobre todo porque son las madres quienes luchan incansablemente en los tribunales para garantizar que los padres asuman su responsabilidad financiera con sus hijos.

Desde el 2007 el Perú cuenta con un registro de padres deudores alimentarios morosos. | Crédito: Latina Noticias

Inscripción en REDAM

Frente al aumento de padres incumplidores en el pago de la pensión alimenticia, Perú implementó el REDAM en 2007. Esta herramienta permite identificar a los padres que adeudan dicho pago. Otros países de la región, como México, Chile y Colombia, han adoptado medidas similares para enfrentar la creciente problemática.

Sin embargo, a pesar de su existencia, se encontraron obstáculos. Según la congresista Jessica Córdova, integrante de la bancada de Avanza País y autora de la Ley 31932 —la cual establece la inscripción del deudor alimentario moroso a solicitud de parte—, se descubrió que en algunos casos la justicia tardaba hasta seis meses en registrar a los padres morosos, cuando el periodo debería ser de tres días.

La cifra de deudores alimentarios ha ido creciendo en los últimos años en el Redam. - Crédito: Andina
La cifra de deudores alimentarios ha ido creciendo en los últimos años en el Redam. - Crédito: Andina

Impedidos de contratar con el Estado

El número de deudores alimentarios registrados en REDAM aumentó en los últimos tres años, había advertido a finales del 2023 Vicky Távara, jefa del Registro Nacional Judicial (Renaju), quien especificó que en esta lista figuran todas aquellas personas que no cumplen con el mandato judicial de pago por alimentos.

La funcionaria explicó que el deudor alimentario es inscrito a pedido de parte o automáticamente por el juez si no paga la pensión establecida durante tres meses consecutivos o alternados. En estos casos, los morosos no pueden contratar con el Estado ni ser elegidos para ejercer un cargo público, y hasta pueden enfrentar el riesgo de ir a prisión.

Además, tendrán dificultades para conseguir empleo, ya que las empresas ahora solicitan como requisito el Certificado de Deudor Alimentario Moroso, emitido por el Redam, para verificar si el trabajador tiene deudas por alimentos. Si está registrado, la empresa tiene la potestad de no contratarlo.

La cifra de deudores alimentarios ha ido creciendo en los últimos años en el Redam. - Crédito: Andina
La cifra de deudores alimentarios ha ido creciendo en los últimos años en el Redam. - Crédito: Andina

Távara Cavero añadió que, ante el incumplimiento de esta obligación con los hijos, el juez notifica la liquidación de la deuda al deudor para que presente sus descargos antes de que el caso sea evaluado en el ámbito penal, dentro de un proceso por omisión de asistencia familiar.

Este delito está tipificado en el artículo 149 del Código Penal, el cual establece una pena suspendida con reglas de conducta o una prisión efectiva, no mayor de tres años.

Como resultado de procesos penales por omisión de asistencia familiar, en 2021, fueron condenados 231 deudores; en 2022, un total de 392; y en 2023, la cifra ascendió a 563 personas. Para evitar estas consecuencias civiles y penales, Távara exhortó a los padres morosos a cumplir con el pago de la deuda en favor de sus hijos.

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