El Gobierno de la presidenta Dina Boluarte —mandataria ahora investigada por delitos que se enmarcan bajo la calificación de crímenes de lesa humanidad— sustentó este lunes ante la Corte IDH su postura frente al pedido de medidas provisionales requerido por los deudos de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta. El Ejecutivo centró sus esfuerzos en minimizar las implicancias que tendría la nueva Ley de Amnistía que prescribe este tipo de delitos impulsada por el Congreso; sin embargo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expuso el claro problema al que la gestión de la jefa de Estado se enfrenta manteniéndose imparcial: una nueva medida de desacato.
Durante las más de dos horas y media de duración de la audiencia, en la que coincidieron deudos de las víctimas en uno de los primeros casos de violaciones a derechos humanos que atendió la Corte IDH, representados por Gloria Cano (Aprodeh), Carlos Rivera (IDL) y otros letrados reconocidos; el Estado, representado por los abogados César Pastor Briceño y Jorge Luis Cáceres Arce; y la CIDH, representada por la comisionada y relatora Andrea Pochack; los magistrados de la Corte Atendieron la solicitud y requirieron los descargos de cada uno de los implicados.
Es en este periodo, que la relatora de la CIDH, haciendo uso de su tiempo para exponer la posición de la Comisión ante la Corte, alertó que el Ejecutivo, al pedir “que se respeten los fueros” y alegando que no existía premura alguna sobre la norma, estaría a punto de que se vuelva a vulnerar el compromiso supranacional que había asumido.
“Esta no es la primera vez que la Corte Interamericana ha tenido que pronunciarse sobre iniciativas legislativas como esta que podrían generar impunidad y se ha indicado que de aprobarse el Estado podría incurrir en una afectación de la cosa juzgad. En consecuencia, estaríamos frente a un eventual nuevo desacato de lo ordenado por la Corte Interamericana sobre la obligación de investigar y sancionar”, detalló Pochak en la sustentación.
CIDH advierte amedrentamientos a los jueces en la norma
Pero esta no sería la única irregularidad que la CIDH advirtió durante la sesión. Pese a que el Ejecutivo reiteraba constantemente que la norma que prescribe los delitos de lesa humanidad no generaba una afectación real porque los jueces podrían hacer uso de la independencia judicial y aplicar el control difuso, Pochak, en su condición de representante de la Comisión explicó que estas afirmaciones no eran del todo ciertas.
“No podemos perder de vista que el eventual cuestionamiento judicial de la norma una vez aprobada tampoco es una acción posible; si observamos que la propia iniciativa legislativa prevé una sanción a quienes actúen en contra de ella, en otras palabras, el proyecto contiene una intimidación o presión que funciona como efecto amedrentador para desalentar el ejercicio autónomo de la función jurisdiccional”, advirtió la representante de la CIDH en su intervención.
Para la Comisión, estas disposiciones “podrían impactar en la imparcialidad e independencia de los operadores de justicia y vulnerar, como lo ha venido alertando la Comisión en el Perú, el sistema de pesos y contrapesos del Estado de Derechos”.
Comisión cuestiona avance apresurado de la aprobación de la ley en el Congreso
Como si no fuera suficiente, la CIDH incluso acotó que el “el trámite legislativo ha avanzado de modo acelerado para la aprobación de este proyecto. Apenas quedaría pendiente la segunda aprobación; trámite que corresponde a los mismos congresistas que ya lo aprobaron en primera votación, trámite, entonces, que parece inminente”. Así, Pochak sustentó la condición de alerta y urgencia expresada por los deudos sobre las que el Estado intentó poner paños fríos e incluso, victimizarse, inicialmente.
Desde el Ejecutivo, Pastor Briceño insistió en que el dictamen aún está pendiente de segunda votación y que el Estado aún lo puede observar, no obstante, como respuesta a estos alegatos, el abogado del Instituto de Defensa Legal, Carlos Rivera Paz, replicó y aclaró ante los magistrados del Tribunal Internacional que aun así esta medida podía ser aprobada por insistencia.
Este acto también fue apoyado por la Comisión, que resaltó esta movida como una manera de dejar constancia de que no se podría retroceder en la medida una vez esta sea aprobada e implementada en el sistema de justicia. Al no existir mayores respuestas; el agente del estado Pastor, aseveró que aún existían otros mecanismos para contrarrestar la norma, como el Tribunal Constitucional o los Colegios de Abogados de las diferentes regiones podrían solicitar el inicio de una demanda de inconstitucionalidad.
Jueces de la Corte IDH notan que norma podría ser irreversible
Estas vías de respuestas, contrapesos y salidas ante una eventual aprobación de la norma fueron advertidos por Infobae Perú hace meses; y en conversación con los abogados de los casos Barrios Altos y La Cantuta, Esterilizaciones Forzadas; Manta y Vilca y Pativilca; se alertó que estas opciones eran sumamente improbables; sobre todo, teniendo en cuenta que el Tribunal Constitucional ya ha adoptado decisiones que entran en desacato con lo ordenado por la Corte IDH.
Este hecho fue consultado por el mismo juez de la Corte IDH, Humberto Antonio Sierra, quien advirtió que una decisión del Tribunal Constitucional “solo tiene efecto en aspecto futuro” por lo que la única opción de no aplicarla está en los jueces, que ya estarían amedrentados con un artículo de la misma norma.
Como si la conclusión a la que llegó el magistrado Humberto Antonio Sierra no fuera suficiente, Carlos Rivera advirtió que incluso el Tribunal Constitucional ya había tomado decisiones que afectaban a las órdenes que la Corte había planteado con anterioridad. El ejemplo más reciente de una decisión de este mismo TC es la liberación del expresidente y dictador, Alberto Fujimori, que se ejecutó y dispuso, pese a las alertas de dicho organismo supranacional.
Tras escuchar los alegatos de cada una de las partes, el Tribunal Internacional de la Corte IDH señaló que debía resolver el pedido, pero que, en lo que se absolvía el pedido de las víctimas de medidas provisionales; la orden de abstenerse de votar la polémica norma, que permitiría la excarcelación de militares y terroristas sentenciados por delitos de lesa humanidad, quedaba aún establecida.