Las políticas internas de una empresa no pueden estar por encima de las leyes peruanas, y no deben intentar convencerte de lo contrario. Aunque existe cierta falta de claridad en la relación entre nuestros derechos y las normas de una compañía al utilizar un servicio como consumidores, estas no pueden prevalecer sobre los principios establecidos por la Constitución del Perú.
En diálogo con Infobae Perú, Carlos Zúñiga, presidente de Elegir, una asociación de defensa del consumidor, precisó que no existe un dispositivo, entidad o compañía que esté por encima de las leyes peruanas, ya que estas no pueden ser vulneradas por normas de inferior jerarquía.
Esto en relación a las arbitrarias medidas de seguridad que existen en los supermercados o tiendas por departamento en contra de los ciudadanos a la hora de dejar el establecimiento, las cuales infringen varios de sus derechos constitucionales.
“Existe un umbral de qué se puede hacer y cómo se puede hacer para que no atenten el derecho de un ciudadano. A lo largo de los años diferentes autoridades se han ido manifestado al respecto y ya sabemos en qué medida pueden aplicar mecanismos de seguridad y hasta dónde los pueden aplicar. El tema es que el consumidor en general no las conoce y no sabe cómo defenderse”, argumentó el especialista.
Revisión de objetos personales
En innumerables ocasiones, al intentar salir de un supermercado o tienda por departamento, individuos han visto impedido su transitar por el personal de seguridad, quienes, por orden de su empleador, solicitan al consumidor que les “permita” revisar sus mochilas, bolsos o carteras por un tema de protocolo y en busca de que no se esté sustrayendo nada del establecimiento.
“En el caso de los supermercados, hay un solo criterio que uno debe tener en cuenta para la revisión de tus pertenencias. Este es que debe haber causa justificada, es decir, una cosa es que te revisen la bolsa de tus compras en la puerta de salida para cotejar que existe una correspondencia entre tu ticket y lo que está dentro de la bolsa de manera aleatoria. De ese lado no hay problema”, indicó Zúñiga.
“El asunto es que eso normalmente viene acompañado de una revisión de mochila, maleta, cartera, entre otros. Y te dicen que también es por un tema de seguridad. Eso no cae dentro del mismo criterio que el primer ejemplo porque ahí lo que están haciendo es revisar, no que haya una correspondencia con el ticket, sino que no te hayas robado nada, y para eso tiene que existir una causa justificada, no se puede sin fundamento revisar. Las revisiones aleatorias no implican en ese contexto”, agregó.
El único motivo
En ese sentido, para que una de estas compañías puedan revisar tus pertenencias u objetos personales debe existir un indicio concreto o causal de que estás robando, allí entraría la figura de “causa justificada”: que suenen los sensores de la puerta de salida, que te hayan visto infraganti o que hayan identificado en las cámaras de seguridad tu culpabilidad.
“El propio Poder Judicial, además de Indecopi, se han manifestado para dejar en claro cuál es la línea de lo que se puede hacer y no. Y ambos señalan que debe haber una justificación tangible y objetivo”, expresó.
“No existe ninguna otra prerrogativa que faculte a las empresas a explorar de manera aleatoria las pertenencias de alguien. Uno puede reclamar ante este comportamiento dejando constancia del abuso”, precisó a este medio.
Derecho a negarse
Si te piden, de manera arbitraria, revisar tus enseres, el experto en los derechos del consumidor alegó que uno tiene es el derecho de negarse, incluso, a exigir que te indiquen sus justificaciones para tal acto, de lo contrario, puedes elevar tus reclamos.
“Es decir, que alguien venga y me diga que me ha visto meterme algo a la mochila o que esté registrado por las cámaras. Si eso no ocurre, no solamente uno se puede negar, sino que puede reclamar por el intento”, informó.
“Si te quieren revisar la mochila y dices que no, pero si te siguen insistiendo, puedes pedir que te traigan el libro de reclamaciones. Allí debes poner que quisieron hacer una búsqueda injustificada, que se les solicitó la justificación y no supieron darla. Ahí ya están en una clara falta. Uno no solo tiene el derecho a negarse, sino también a reclamar. Incluso, tiene la posibilidad de elevar el caso a Indecopi”, continuó.
Otros casos de vulneración de derechos
A la asociación de defensa del consumir Elegir han llegado muchas denuncias que han escalado la revisión de objetos personales: en más de una oportunidad conducen a la persona en cuestión a otro ambiente bajo el argumento que, como ha sonado la alarma y no han encontrado nada en su mochila o cartera, les piden sacarse las prendas para una revisión más exhaustiva.
“Eso también está prohibido, en cualquier circunstancia. No se puede hacer. No te pueden llevar a un cuarto a desvestirte. Todas las revisiones tienen que ser sin afectar tu pudor y en espacios que estén supervisados, no puedes estar encerrado en ninguna parte”, alertó Carlos Zúñiga.
“Esto también es afectar tus derechos. Uno podría reclamar con la equivalencia de que lo están secuestrando, por decirlo de la mejor manera. Esa revisión se limita a tus enseres, no a que te hagan un cateo a profundidad, que te desvistan o te encierren”, aseveró.
Derechos vulnerados
Para Juan Gutiérrez, director de la carrera de Derecho de la Universidad Autónoma del Perú (UAP), con todas estas prácticas injustificadas, se estarían vulnerando varios derechos constitucionales, como el de la privacidad, dignidad, intimidad, protección de información, entre otros.
“Si la información que te dan no es clara, como el propio Código de protección y defensa del consumidor lo señala claramente, podría considerarse como un acto lesivo, por lo tanto, susceptible de quejas o denuncias administrativas ante la entidad correspondiente”, advirtió Gutiérrez a Infobae Perú.
“Como consumidor, uno puede negarse. En la medida de que la institución que presta un determinado servicio sea de conocimiento público no habría problema por razones preventivas”, finalizó.