Licencia por paternidad de 15 días: ¿Cuándo aplicará la norma aprobada por el Congreso hace más de dos meses?

El Pleno del Congreso aprobó en marzo de este año ampliar el plazo de la licencia por paternidad, pero este beneficio aún no surge efectos

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Actualmente, la ley solo contempla 10 días de licencia por paternidad en casos de partos naturales. Foto: Andina
Actualmente, la ley solo contempla 10 días de licencia por paternidad en casos de partos naturales. Foto: Andina

Más de dos meses han pasado desde que el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley para “proteger a la madre y al padre que trabaja en el sector público y privado” — que, entre otros cambios, propone extender los días de licencia por paternidad—, y dicha norma aún no ha sido promulgada. Es más, la autógrafa tampoco ha sido remitida a la presidenta Dina Boluarte para que, de considerarlo, formule observaciones.

La representación nacional aprobó el dictamen elaborado por la Comisión de Trabajo el 13 de marzo, con 101 votos a favor, 5 en contra y una abstención. Ese mismo día se exoneró de segunda votación.

El paso siguiente tras la aprobación es que el presidente del Congreso, Alejandro Soto, y el primer vicepresidente, el fujimorista Arturo Alegría, firmen la autógrafa de la norma y la manden a Palacio de Gobierno para que, en un plazo de 15 días hábiles, promulgue la ley o la observe.

Sin embargo, esto no ocurrió y, el 17 de abril, el presidente de la Comisión de Trabajo, Pasión Dávila, presentó una reconsideración para “subsanar el contenido de la autógrafa de dicha propuesta legislativa”.

La omisión que advierte Dávila no está relacionada al plazo de la licencia por nacimiento de un hijo, sino a la licencia por adopción. El texto aprobado mantiene la condición de que la pareja que requiera esta última licencia tiene que trabajar para el mismo empleador. El congresista afirma que se ha omitido a los trabajadores que trabajan para distintos empleadores.

“Siendo este el motivo por el cual le solicito la presente reconsideración, estimo que la subsanación de dicha omisión, esto es, hacer mención explícita de los trabajadores que laboran para distintos empleadores, permitirá el cumplimiento cabal del propósito de la iniciativa legislativa. De aprobarse la referida reconsideración, se presentará un nuevo texto con mejoras en la redacción. En ese sentido, agradeceré se sirva poner a votación la reconsideración señalada”, se lee en el oficio que envió el presidente de la Comisión de Trabajo a Alejandro Soto.
Oficio de Pasión Dávila
Oficio de Pasión Dávila
Oficio de Pasión Dávila
Oficio de Pasión Dávila

Con la reconsideración presentada, el Pleno del Congreso deberá evaluar si la aprueba o mantiene el texto aprobado el 13 de marzo, por lo que aún no hay una fecha en la que empezará a regir la ley que amplía el plazo de la licencia por paternidad.

Los cambios

El texto aprobado por el Pleno del Congreso modifica la Ley 29409, Ley que concede el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la actividad pública y privada, con el objetivo de ampliar en 5 días (pasaría de 10 a 15 días calendario) la licencia por paternidad en casos de parto natural o cesárea.

El dictamen aprobado también implica ampliar en 5 días (pasaría de 20 a 25 días calendario) la licencia por paternidad en un eventual escenario de nacimiento prematuro o parto múltiple.

Otro cambio propuesto se centra en la modificación del artículo 48 del Decreto Legislativo 728, estableciendo que las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a permisos para asistir a sus controles médicos prenatales. Además, se modificaría el artículo 65 del mismo decreto para que se considere nulo el despido de una trabajadora que sea motivado por embarazo, nacimiento, lactancia y sus consecuencias, aún en períodos de prueba o en condiciones de confianza o dirección. No obstante, esto no impediría que el empleador pueda terminar el vínculo laboral por una causa justificada.

El proyecto también contempla que será nulo el cese del vínculo laboral resultante de hostigamientos o cualquier acto de amedrentamiento, cuyo objetivo sea obtener la renuncia de la trabajadora durante la etapa de gestación o lactancia. Este principio se extenderá al padre con vínculo laboral vigente si el despido, hostigamiento o no renovación ocurre después de comunicado el embarazo y hasta un año del nacimiento del hijo, siempre que la madre no tenga vínculo laboral vigente.

Otra medida significativa es la modificación del artículo 4 de la Ley 27409, que otorga licencia laboral por adopción. La legislación actual solo concede dicha licencia a las mujeres; sin embargo, el proyecto busca extender este derecho también a los cónyuges o integrantes de la unión de hecho.

Asimismo, el artículo 1 de la Ley 28048, que protege a las mujeres gestantes ante labores que puedan poner en riesgo su salud o el desarrollo del embrión y el feto, también sufrirá cambios. El objetivo es permitir que las mujeres en periodo de lactancia puedan solicitar no realizar labores de riesgo y optar por mecanismos como el teletrabajo.

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