Defensa férrea. El titular del Ministerio de Justicia, Eduardo Arana, mencionó que el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, infringió la Constitución al denunciar por cohecho pasivo impropio a la presidenta Dina Boluarte, en el marco del caso Rolex.
De acuerdo a sus declaraciones, el sucesor de Patricia Benavides atentó contra la carta magna al presentar dicho documento sin considerar que la jefa de Estado solo puede ser acusada durante su mandato por traición a la Patria, impedir las elecciones y disolver el Congreso.
“Habría que ver cuál ha sido la intencionalidad para presentarla. Cuando un juez aplica indebidamente una ley o inaplica una ley debidamente prevarica y cuando un alto funcionario como este caso el fiscal de la Nación inaplica la Constitución, lo que está haciendo es también injuriando los parámetros y principios de la constitución y en este caso está incurriendo en una infracción constitucional. Este hecho que vulnera el espíritu y los principios de protección a la institución presidencial deben ser valorados en su oportunidad”, mencionó desde el Congreso.
Si bien no instó directamente al Parlamento a iniciar un proceso de destitución contra Villena, destacó que “debería valorarse”. Como se recuerda, la Constitución faculta a dicho poder del Estado a sacar del cargo a un funcionario como el fiscal de la Nación.
De acuerdo al artículo 99 de la carta magna, la Comisión Permanente del Congreso tiene la facultad de acusar a los fiscales supremos y al fiscal de la Nación por dos causas: infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones, hasta cinco años después de que hayan cesado en estas.
¿Cómo sería el procedimiento?
El artículo 89 del Reglamento del Congreso establece que una denuncia de este tipo debe ser presentada ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. Esta subcomisión tiene un plazo de 10 días para evaluar la denuncia y decidir si la admite o la rechaza.
Si la Subcomisión admite la denuncia, debe determinar si acusa o no al investigado. En caso de decidir acusarlo, el tema se traslada a la Comisión Permanente, la cual votará si lleva o no el caso al Pleno del Congreso.
Si la Comisión Permanente aprueba el informe, se nombra una subcomisión acusadora para presentar el caso ante el Pleno. El veredicto final depende del tipo de acusación:
- La acusación por presunta comisión de delitos en ejercicio de funciones requiere la mitad más uno de los miembros del Congreso (130), excluyendo a los miembros de la Comisión Permanente.
- La suspensión, inhabilitación o destitución por infracción constitucional requiere el voto de los dos tercios de los miembros del Congreso (130), sin la participación de la Comisión Permanente.
Además de la suspensión, inhabilitación o destitución, el Congreso puede formular una acusación penal contra un funcionario como Juan Carlos Villena En tal caso, su sucesor como Fiscal de la Nación debe presentar la denuncia ante la Corte Suprema del Poder Judicial.
Subcomisión dará cuenta de denuncias contra Dina Boluarte el 4 de junio
La presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso, Lady Camones (Alianza para el Progreso), anunció que en la próxima sesión del martes 4 de junio se examinarán las nuevas denuncias presentadas contra la mandataria Dina Boluarte.
“(Las denuncias) se encuentran en la subcomisión y nosotros tenemos que dar cuenta la próxima semana, en nuestra sesión ordinaria del próximo martes”, declaró a los periodistas.
Camones precisó que Boluarte enfrenta un total de 14 denuncias, algunas de las cuales ya están en trámite mientras que otras están a la espera de ser procesadas. La congresista destacó la objetividad de su gestión al frente de la subcomisión y desmintió cualquier influencia por parte del líder de su partido, César Acuña Peralta.