Candado. El domingo, el Gobierno publicó el reglamento de la norma que permite la liberación del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) durante todo el 2024. Esto significa que, a partir de hoy lunes, 27 de mayo, los trabajadores podrán disponer nuevamente de su dinero. Sin embargo, en redes sociales, varios usuarios se han visto sorprendidos con el saldo no disponible que figura en bancos como Interbank y BBVA. En respuesta, estas entidades bancarias han anunciado que están “ajustando sus procesos” para permitir que los usuarios accedan libremente a sus fondos a partir del 28 de mayo, a pesar de que los desembolsos comenzaron hoy.
Incumplen la ley
En diálogo con Infobae Perú, Jorge Carrillo Acosta, profesor de la Pacífico Business School, señala que el reglamento no refiere fecha de inicio como sí ocurrió con el retiro de la AFP, sin embargo cuando esto sucede, sostiene, “se sobreentiende que es un día útil después de la publicación”, es decir hoy lunes, por lo que, según indica, los bancos en mención “están incumpliendo la ley”.
Recordemos que el Gobierno publicó el reglamento casi en la fecha límite que le permitía la ley. Por ello, según el especialista las entidades ya debieron haber tomado sus precauciones.
“Es la tercera ley de la CTS (desde la pandemia) y sorprende que los bancos no estén preparados porque el retiro se iba a dar sí o sí”, expresa a este medio.
Agrega que el único plazo que menciona el reglamento, es cuando el usuario le pide a su entidad financiera que efectúe el desembolso de la CTS mediante transferencias a otra cuenta del sistema financiero como cooperativa de ahorro y crédito u otra empresa emisora de dinero electrónico.
Para este único caso sí aplica una fecha límite no mayor de 48 horas. “Recibida la solicitud de desembolso mediante transferencias, la entidad financiera efectúa la transferencia a las cuentas del trabajador que este indique, en un plazo no mayor de dos días hábiles”, se lee en la normativa.
Por su parte, el Banco BBVA está informando a los usuarios que tienen un “plazo máximo de 72 horas según la ley” para aplicar la liberación. Sin embargo, Carrillo Acosta señala que este dato no es correcto porque no figura en ninguna parte de la norma.
SBS no emitirá normativa adicional para el retiro de la CTS
En horas de la mañana, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió un pronunciamiento en relación al Reglamento de la Ley N.º 32027, que autoriza a los trabajadores la libre disposición del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Según afirma, “esta Superintendencia considera que no se requiere de normatividad adicional para su cumplimiento”.
“En consecuencia, las entidades del sistema financiero y las cooperativas de ahorro y crédito (COOPAC) deben atender las solicitudes de retiro de acuerdo con lo establecido en el referido reglamento y desde la fecha de su entrada en vigencia”, es decir desde hoy lunes 27 de mayo.
Plazo para retirar la CTS
Según versa la ley, el retiro de la CTS es “por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios. ¿Hay un número límite de retiros? No. Puedes retirarlo cada vez que lo necesites, de manera parcial o total.
¿Quiénes pueden retirar la CTS?
- Los trabajadores del sector privado comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, independientemente del régimen laboral al que se sujeten.
- Los trabajadores de empresas del Estado sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR.
- Los servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR, y al régimen del servicio civil regulado en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil.
¿Cuándo es el segundo depósito de la CTS?
Todos los años la CTS se deposita en las cuentas de los trabajadores formales dos veces, en cada semestre. Este año, las empresas depositaron la primera CTS hasta el 15 de mayo. El segundo abono del año se realizará como máximo el viernes 15 de noviembre. Ambos importes suman poco más de un sueldo completo del trabajador.
Para este 2024, se proyecta una liberación de más de S/8.500 millones de los fondos CTS, los cuales se inyectarán en los hogares peruanos para mitigar la crisis económica que enfrenta el país.