Ha pasado más de una semana desde que el Gobierno de Dina Boluarte promulgó la ley N° 32027 que autoriza el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para todo el 2024. Sin embargo, las cuentas CTS de los más de 5 millones de trabajadores en planilla, beneficiarios de este derecho laboral, aún figuran con candado, debido a que se requiere, de manera indispensable, la publicación del reglamento, el cual debe ser publicado por el Poder Ejecutivo en las normas legales del diario oficial El Peruano.
Como en los anteriores retiros de la CTS, la responsabilidad de aprobar la disposición reglamentaria de la liberación de este dinero recae en el Ministerio de Trabajo, que tiene un plazo máximo de 10 días calendario contados desde el 17 de mayo cuando entró en vigor dicha ley. Es decir, si contamos desde la fecha de promulgación, el plazo límite que le corresponde al Gobierno dar luz verde al reglamento vence este lunes 27 de mayo.
Al sábado de hoy, solo le restan dos días calendario. Si el Poder Ejecutivo opta por esperar hasta su plazo máximo, los trabajadores podrán cobrar esta compensación a partir del martes 28 de mayo. La CTS es un fondo de ahorro obligatorio que tiene por objetivo servir como un respaldo financiero para proteger a los trabajadores en caso de cese del empleo.
CTS rige hasta fines del 2024
El pasado 2 de mayo, el Pleno del Congreso, con 98 votos a favor, aprobó la ley del retiro CTS 2024 para permitir que los trabajadores del sector privado en el Perú puedan cubrir sus necesidades debido a la crisis económica actual. Según el texto sustitutorio, esta medida de libre disponibilidad de los fondos estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024. Es importante recordar que tanto la Comisión de Trabajo como la Comisión de Economía promovieron las propuestas que llevaron a la aprobación de esta ley, siguiendo el precedente de las medidas adoptadas durante la pandemia.
¿Qué figuraba en los anteriores reglamentos de la CTS?
Infobae Perú realizó una revisión del historial de retiros CTS de los últimos cuatro años, cuyas disposiciones reglamentarias incluían apartados como el objetivo de la ley, las entidades financieras a cargo del depósito, el ámbito de aplicación (tipo de trabajadores) y el procedimiento del retiro.
La primera liberación de la CTS se aprobó en 2020 como parte de una medida extraordinaria frente a la pandemia del coronavirus. Durante ese estado de emergencia se aprobó el Decreto de Urgencia 033-2020 que abarcaba una serie de medidas, entre ellas, el retiro de hasta S/2.400 de la CTS para que la fuerza laboral pueda cubrir sus necesidades inmediatas de sobrevivencia.
“Si eres un trabajador en planilla y necesitas disponer de tus fondos de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) durante el estado de emergencia por coronavirus, tienes permitido el retiro de hasta 2,400 soles. Podrás hacer varios retiros por distintos montos menores, hasta alcanzar el máximo establecido por la norma”, versaba la norma.
A partir de ese contexto, se lograron ampliar a la fecha nuevos retiros CTS a través de más leyes promovidas en las Comisiones de Trabajo y de Economía del Congreso de la República. De acuerdo a datos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), para este 2024 se proyecta que más de S/8.500 millones guardados en el sistema financiero se inyectarían a los hogares peruanos.
Reglamento CTS 2021
De acuerdo a experiencias previas, luego de publicada la ley N°31171 del retiro CTS, se publicó también el reglamento y este recayó en el Ministerio de Trabajo. En aquella disposición figuró lo siguiente: “A efecto de disponer libremente del 100% de los depósitos de CTS hasta el 31 de diciembre de 2021, el trabajador puede realizar retiros, totales o parciales, del monto disponible en su respectiva cuenta de depósito de CTS”.
También se señalaba que había la posibilidad de solicitar, preferentemente por vía remota, que la entidad que actúa como depositaria de la CTS efectúe el desembolso mediante transferencias a las cuentas del trabajador que éste indique, pertenecientes a una empresa del sistema financiero, una cooperativa de ahorro y crédito no autorizada a captar recursos del público u operar con terceros, o empresa emisora de dinero electrónico, conforme a los límites y condiciones establecidos en la normativa aplicable, así como a las operaciones que realizan.
“Recibida la solicitud de desembolso mediante transferencias, la entidad que actúa como depositaria de la CTS efectúa la transferencia a las cuentas del trabajador que éste indique, en un plazo no mayor de 2 días hábiles”, se lee.
Finalmente, se indicó que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones puede dictar las normas necesarias en el marco de su competencia, para el cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Reglamento CTS 2022
En el reglamento de junio del 2022, las disposiciones reglamentarias apuntaron a los beneficiarios como los trabajadores del sector privado comprendidos en los alcances del TUO del Decreto Legislativo N° 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 001-97-TR. Así como para los trabajadores de empresas del Estado y servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen laboral del TUO del Decreto Legislativo N° 728, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-97-TR.
Otro de los puntos que figuró en este último reglamento fue que los trabajadores podrán disponer por única vez, hasta el 31 de diciembre de 2023, libremente del 100% de los depósitos de CTS que tiene acumulados a la fecha de disposición, para lo cual podrán:
- Realizar el retiro, total o parcial, del monto disponible en su respectiva cuenta de depósito de CTS.
- Solicitar que la entidad financiera efectúe el desembolso mediante transferencias a las cuentas del trabajador que éste indique conforme a los límites y condiciones establecidos en la normativa aplicable. En este caso, la entidad financiera cuenta con un plazo máximo de 2 días hábiles para efectuar la transferencia.
¿Cuándo se paga la segunda CTS del 2024?
La CTS es un beneficio social que se otorga al trabajador con la finalidad de constituir una suerte de ahorro forzoso que le permita hacer frente a las futuras contingencias que puedan ocurrir luego de la extinción del vínculo laboral y cubrir sus necesidades y las de su familia mientras se reincorpora al mercado laboral.
Para el cálculo del depósito de CTS de Mayo, se consideran los meses de noviembre a abril. Para el cálculo del depósito de CTS de noviembre, se consideran los meses de mayo a octubre. De acuerdo con lo anunciado por la Cámara de Comercio de Lima (CCL), la fecha máxima para este pago correspondiente al segundo semestre es el 15 de noviembre.