El pasado 4 de abril una resolución de la jueza Margarita Salcedo Guevara, colegiada del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional del Poder Judicial, puso en alerta una serie de medidas que la Fiscalía de la Nación no había tomado en el marco del caso de los seis soldados fallecidos en Ilave Puno. Como se sabe, este hecho ocurrió el 5 de marzo del 2023; durante el periodo inicial de conflicto social que significó el ascenso de Dina Boluarte al Gobierno tras el golpe de Estado de Pedro Castillo.
Un año después del hecho; y luego de que la Fiscalía de la Nación iniciara una investigación preliminar en contra no de los comuneros, a quienes se responsabilizó en un primer momento; sino de los altos mandos que propiciaron la muerte de los seis jóvenes soldados al obligarlos a cruzar el río Ilave en contra de su voluntad; la magistrada Salcedo ha aprobado que el caso pase finalmente al periodo de investigación preparatoria.
Así se puede notar en el documento al que Infobae Perú tuvo acceso, la magistrada señala “tener por comunicada la Disposición Fiscal N°08, la misma que fue emitida el pasado 27 de noviembre del 2023, en la que se dispone la formalización y continuación de la investigación preparatoria”. Con esta resolución, se puede proceder al inicio de las indagaciones en contra de los siete militares comprendidos en las pesquisas.
Como se sabe, por este caso se investiga a un total de siete miembros del Ejército del Perú, encargados de la cadena de mano al momento de la muerte de seis jóvenes soldados integrantes de un destacamento que patrullaba la zona de Juli en Puno.
Estos son Fernando Rodríguez Huanqui (General de Brigada, jefe del estado Mayor de la III División del Ejército), Manuel Fernando Alarcón Elera (general de Brigada EP), Hector Estoardo Castañeda Barrios (Mayor de Infantería), Enrique Arturo Cárdenas Chauca (teniente coronel), Josue Reymell Frisancho Lazo(Capitán, denunciado por violación), Seguil López Jeanpierre (Capitán) e Italo Charalla Choque (oficial de infantería).
Con la resolución número cuatro del expediente 00345-2023-0-5001-JR-PE-05, la jueza Salcedo no solo responde a la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad de Puno, autorizándoles a que continúen con la siguiente etapa de caso que se cierne en contra de todos ellos; sino también dispone que se les otorgue a todos los imputados la medida de comparecencia simple.
Así, quedan establecidas las imputaciones de homicidio culposo en contra de dos generales, un mayor, un teniente, dos capitanes y un oficial; todos ellos miembros de la cadena de mando que se encontraba a cargo de los seis jóvenes militares ahogados. Pero la disposición cuenta con una serie de detalles que valen la pena ser revisados.
El primero de ellos tiene que ver con la fecha en la que se dispone el inicio de una investigación preparatoria. En el documento, la jueza Salcedo advierte que el despacho fiscal que debería ser el encargado de fijar una fecha para proceder con la investigación preparatoria aún no ha hecho las precisiones que corresponden. Sin estas precisiones, las investigaciones a fin de establecer responsables no pueden continuar.
En conversación con Infobae Perú, el abogado especializado en derechos humanos, Juan José Quispe, del Instituto de Defensa Legal, detalló que esta resolución advierte la presencia de neglicencias ‘muy graves’, pues “el Ministerio Público formaliza su investigación preparatoria el 27 de noviembre del año pasado. La norma procesal señala que se debe poner en conocimiento de forma inmediata y la forma inmediata no es tantos meses después. Estamos hablando de 6 meses después”.
“En la resolución, la jueza llama la atención al fiscal para que cumpla con formalizar el plazo de inicio de la investigación preparatoria. Cuando esta se formaliza, se declara compleja la investigación, dada la cantidad de investigados y agraviados, este proceso debería ser declarado complejo. Pues son 7 investigados y 6 agraviados, por lo tanto, tiene un plazo e investigación más larga; pero aquí no se ha puesto en conocimiento este plazo, por eso la jueza llama la atención en el punto dos y además, le advierte al fiscal que cumpla con los plazos procesales”, asevera el letrado.
Por ello, en el documento la colegiada resuelve “requerir al representante del Ministerio Público cumpla en el día con precisar el plazo de la investigación preparatoria, toda vez que ha omitido en fundamentar y señalar en su parte dispositiva, bajo apercibimiento de poner en conocimiento de la Autoridad Nacional de Control del ministerio Público”.
Esto quiere decir, que Salcedo insta al fiscal a cargo del caso a que fije, de una vez, y cinco meses después de haber concluido el periodo de investigación preliminar, el plazo para dar inicio a la investigación. Infobae Perú consultó sobre esta irregularidad con fuentes en el Ministerio Público y pudo conocer que existía “incomodidad para responder” por parte del fiscal a cargo del caso.
Pero los cuestionamientos no terminan con la reticencia de un fiscal para detallar cuándo empieza la investigación preparatoria, sino que, según lo reflejado en la resolución, el fiscal apenas pidió la medida de comparecencia simple contra los siete integrantes al mando imputados. Una medida que de por sí genera cuestionamientos por las graves imputaciones contra ellos y que termina por ser, a vista del abogado, la menor de las medidas.
“Me llama la atención que el ministerio público solo haya pedido comparecencia simple de todos los investigados. Y esta medida es solo acudir al llamado del Ministerio Público y del Poder Judicial, no tiene que comunicar labores, no tiene que formalizar nada. Acá han pedido la medida menos gravosa de todas las comparecencias”, detalló el abogado en conversación con este medio.
Además, otro hecho que genera motivo de cuestionamientos para Quispe es que se haya establecido la pena de lesiones culposas graves” en contra de los soldados Franz Canazas Cahuaya, Elvis Pari Quizo, Alex Quispe Serrano, Carlos Quispe Montalico, Elias Lupaca Inquilla y Percy Castillo Pongo; todos ellos muertos por ahogamiento. Para el abogado, esta imputación también es leve y, en realidad, el delito que se les debía plantear era el de tortura.
“Cabe destacar que, basándome en mi experiencia como abogado de derechos humanos, la fiscalía ha cometido un gravísimo error al identificar los delitos como homicidio culposo y lesiones culposas graves, cuando debieron tipificarlo como delito contra la humanidad en la modalidad de tortura”, señala; para luego explicar que el simple hecho de que se les haya obligado a cruzar el río en contra de su voluntad, sin los equipos adecuados y con insistencia, constituye un hecho que sí es tipificado como tortura.
Lo cierto es que todos estos hechos suscitan una serie de cuestionamientos respecto a la manera con la que la Fiscalía está tratando el caso de estos siete mandos militares acusados de homicidio culposo; por lo que Infobae Perú intentó contactarse con los abogados de los familiares de las víctimas. La situación se torna más preocupante al advertir, mediante fuentes de este medio, que tanto las familias como la defensa de los seis jóvenes están temerosos de responder.
Estas mismas fuentes detallaron ante este medio que “es muy preocupante el caso de los soldados. Los familiares tienen miedo de enfrentar a la justicia y cuentan que hay muchas amenazas”. Al consultar con el fiscal sobre este tema, la demora en el inicio de las investigaciones preparatorias y si se estaban estableciendo las garantías para estas familias, solo se pudo conocer que el Ministerio Público aún se encuentra dentro del plazo. Hecho que no se condice con la verdad, teniendo en cuenta la resolución de la jueza Salcedo.
Las consultas fueron reiteradas por Infobae Perú de manera oficial ante la oficina de comunicación del Ministerio Público, pero hasta el cierre de esta nota no se ha recibido la respuesta correspondiente respecto al caso.