Luego de que el Poder Judicial revocó la detención preliminar, el abogado Mateo Castañeda aseguró que no era necesaria dicha medida para ser investigado por el caso denominado ‘Los Waykis en la sombra’.
En declaraciones que dio a la prensa a la salida de la sede de la Diviac, Castañeda dijo sentirse “bastante reconfortado” con la decisión de la Quinta Sala de Apelaciones de la Corte Superior Nacional, que concluyó que tanto en el caso de él como el de Nicanor Boluarte no se cumplía con el presupuesto de peligro procesal (peligro de fuga u obstaculización).
Mateo Castañeda ratificó lo dicho en la audiencia de apelación respecto a que no cuenta con antecedentes “ni una papeleta de tránsito como para suponer que yo me pueda fugar o yo puede obstaculizar la justicia”.
El abogado, asimismo, cuestionó que el Equipo Especial contra la Corrupción en el Poder presuntamente haya mantenido en secreto la investigación por un plazo mayor a los 20 días que prevé el Código Procesal Penal.
Evita referirse a audios
Mateo Castañeda evitó referirse a los audios a los que se refirió el suspendido coronel PNP Harvey Colchado en la Comisión de Fiscalización del Congreso.
Antes de que abandone el lugar, se le consultó al letrado si seguiría siendo el abogado de la presidenta Dina Boluarte, a lo que respondió con un contundente “Sí”.
Revocan detención de ‘Los Waykis en la sombra’
El último viernes 18 de mayo, la Quinta Sala de Apelaciones Nacional anuló la detención preliminar de Nicanor Boluarte y Mateo Castañeda, hermano y abogado, respectivamente, de la presidenta Dina Boluarte. Ambas personas han recuperado su libertad tras la decisión del tribunal.
El tribunal dejó sin efecto la resolución del juez Richard Concepción Carhuancho del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, que había ordenado la detención e incomunicación de los implicados en el caso conocido como ‘Los Waykis en la sombra’. Según los magistrados del colegiado conformado por Sonia Torre Muñoz, Rafael Sologuren Anchante y Jhonny Contreras Cuzcano, no se cumplían las condiciones de peligro procesal, es decir, no había riesgo ni de fuga ni de obstaculización del proceso.
El juez Concepción Carhuancho justificó la detención preliminar basándose en la presunta pertenencia a una organización criminal, una posible pena de 31 años de cárcel y un intento de derivar el caso de Eficcop a una fiscalía anticorrupción en Lima. Sin embargo, la Quinta Sala de Apelaciones Nacional declaró que una eventual condena de 31 años de prisión “no constituye un elemento determinante” para asegurar el riesgo de fuga, según informó RPP Noticias. Asimismo, descartó cualquier obstáculo en la investigación debido a la petición de traslado del caso, ya que no se presentaron evidencias de un posible direccionamiento.
Sobre la declaración de un agente encubierto respecto a que Mateo Castañeda intentó interceder ante Marita Barreto para cambiar la jurisdicción del caso, el tribunal sostuvo que este aspecto aún está bajo investigación, no pudiendo ser utilizado como prueba de peligro procesal por el momento. “Este elemento sigue bajo análisis y no permite concluir la existencia de un peligro procesal,” indicó la resolución.
Además de Nicanor Boluarte y Mateo Castañeda, el colegiado también revocó la detención de Noriel Chingay Salazar, Jorge Chingay Salazar y Jorge Luis Ortiz Marreros.
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