Con 93 votos a favor, cuatro en contra y tres abstenciones, el Pleno del Congreso de la República aprobó una propuesta de ley que plantea la derogatoria de 1214 leyes, decretos de urgencia y resoluciones legislativas que han perdido vigencia o cumplido su finalidad, en un esfuerzo por consolidar y simplificar el ordenamiento jurídico peruano.
La propuesta, que recibió una nueva consulta con resultados similares - 93 votos a favor, cuatro en contra y cuatro abstenciones - está lista para su eventual promulgación por el Poder Ejecutivo.
Américo Gonza Castillo, presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, sustentó la propuesta y destacó que se propone derogar un total de 130 leyes, 11 decretos legislativos, 172 decretos supremos, 674 decretos ley, 168 decretos de urgencia y 90 resoluciones legislativas.
Gonza Castillo señaló que la derogatoria de estas normas fue una iniciativa de la Comisión Especial Multipartidaria encargada del Ordenamiento Legislativo (CEMOL), encargada de estudiar y aprobar estas medidas en la Comisión de Justicia.
La autora del proyecto de ley, la congresista Adriana Tudela Gutiérrez, de Avanza País, sostuvo que la aprobación del paquete de derogación beneficiará al reducir el desorden normativo y combatir la excesiva burocracia y la regulación de mala calidad.
La legisladora Tudela Gutiérrez explicó que la Cemol, desde su creación en 2009, ha presentado periódicamente propuestas legislativas para derogar normas en desuso, con el fin de aligerar la carga normativa y combatir la sobrerregulación característica del sistema legal peruano.
“Dentro del paquete propuesto se encuentran resoluciones legislativas referidas al ingreso de tropas extranjeras, autorizaciones de viajes del Presidente de la República, decretos legislativos y decretos supremos, que han sido emitidos bajo una vigencia temporal y ya han cumplido su plazo”, explicó Tudela Gutiérrez.
En esa línea, señaló que en el Perú existen más de 30 mil leyes y más de 600 mil normas vigentes. “Lo que se hace es volver nuestro sistema legal cada vez más grande, más pesado, más difícil de conocer y por lo tanto de cumplir, por parte de los ciudadanos”, señaló.
‘Terrorismo urbano’
Desde julio del año pasado, distintos actores del poder político en Perú, incluidos congresistas y municipalidades, han comenzado a plantear la necesidad de aprobar una ley para sancionar el ‘terrorismo urbano’. Según diversas propuestas, esta norma buscaría castigar a las organizaciones criminales responsables de crear inseguridad en las calles de Perú.
El legislador de Podemos, Juan Burgos Oliveros, ha elaborado tres propuestas legislativas relacionadas con el tema. La primera regula los actos de terrorismo, la segunda crea la Autoridad Autónoma Contra el Terrorismo (AACT), y la tercera incorpora este delito en el Código Penal.
Similarmente, Idelso García y María Acuña Peralta, de Alianza para el Progreso, abogan por la penalización de esta falta, mientras que Héctor Valer, de Somos Perú, propone una ley específica contra el terrorismo extorsivo.
Municipalidades como la Provincial de Huarochirí, así como Lima y Los Olivos, también han presentado sus propias propuestas al Parlamento. La mayoría de estos proyectos buscan modificar el artículo 135-B del Código Penal Peruano para incluir el delito de terrorismo urbano. De esta manera, se definiría este acto como cualquier acción individual u organizada que genere un estado de inseguridad ciudadana a través de actos delincuenciales.
Una de las iniciativas establece que estas conductas pueden realizarse mediante delitos como homicidio, sicariato, robo agravado y extorsión. Por su parte, las municipalidades de Lima y Huarochirí subrayan la necesidad de tener en cuenta el uso de armas de fuego, explosivos y otros medios en los ataques físicos contra las personas. Además, las propuestas de Los Olivos incluyen actos contra la seguridad de edificaciones públicas y medios de transporte.
La legislación propuesta también menciona que una Resolución Suprema debe declarar la naturaleza de la organización como terrorista, lo que podría incluir el reconocimiento como grupo beligerante según el Derecho Internacional. Esta categoría permitiría al Estado llegar a acuerdos y exigir el cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario.
El Congreso, junto con los ministerios de Defensa e Interior y los gobiernos regionales y locales, podrá solicitar esta declaratoria, la cual deberá ser resuelta por el presidente de la República en un plazo de tres días hábiles. De no hacerlo, el Parlamento asume esta responsabilidad en el mismo período.