Ana Estrada y María Benito han marcado un antes y un después en la discusión sobre la muerte digna en Perú. Afectada por polimiositis, Estrada fue la primera ciudadana en el país en acceder a la eutanasia después de un prolongado proceso legal que culminó en una sentencia que autorizó la práctica exclusivamente para su caso.
Benito, diagnosticada con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), tomó la decisión de rechazar tratamientos que prolongaban su vida de manera artificial. Sus casos no solo representan victorias personales frente a batallas judiciales y médicas, sino que han fomentado un diálogo crucial sobre la autonomía y el derecho a decidir sobre el final.
“No queremos hablar de la muerte. Somos una región y una sociedad donde las privaciones arbitrarias de la vida son cosas de todos los días. Parece que naturalizamos, antes que la muerte en sí, la muerte en esos términos. El derecho a la muerte digna desafía esa representación y propone una mirada dulce, más natural: entender que la muerte es la otra cara de la vida”, dice Josefina Miró Quesada, la abogada que representó ambas causas, en una entrevista difundida por Ojo Público.
Desde los 12 años, Estrada enfrentó una enfermedad degenerativa e incurable que la llevó a iniciar en 2019 una lucha legal por el derecho a una muerte digna. En febrero de 2021 obtuvo una sentencia histórica a su favor, que recibió el respaldo de la Corte Suprema al año siguiente.
A pesar de este avance, en febrero de 2023 una jueza se abstuvo de ejecutar el fallo “por decoro”, lo cual inicialmente impidió que el Ministerio de Salud y el Seguro Social de Salud (EsSalud) desarrollaran un protocolo de eutanasia específico. Tras superar estos obstáculos, en enero de este año el documento finalmente se estableció y le permitió, entre otras cosas, seleccionar al médico que la acompañaría en el proceso, al que accedió el 21 de mayo.
La lucha legal de Benito, por su parte, tardó cinco meses debido a la inicial reticencia de EsSalud a respetar su petición de finalizar las medidas de soporte vital. El 1 de febrero, la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima falló a su favor y ordenó al seguro acatar su decisión.
A pesar de la resistencia inicial manifestada por Luis Carrillo Velásquez, jefe de la Unidad de Cuidados Intermedios del Hospital Edgardo Rebagliati, EsSalud confirmó que respetaría la orden. El último 3 de mayo, tras más de diez años batallando contra la ELA, Benito logró terminar con las medidas de soporte vital previa sedación paliativa.
Ambas se conocieron e intercambiaron mensajes. Ambas partieron rodeadas de los suyos y sostenidas por su propia autonomía. “La muerte digna es el derecho que tenemos a elegir la forma en la que queremos poner fin a la vida, cuando seguir prolongándo[la] ya no es conforme a nuestra idea de dignidad —señala Miró Quesada—. Es poder elegir el cómo, el cuándo, y el dónde para no prolongar esa vida que, para uno, ha dejado de ser digna”.
En Perú, ese derecho se puede ejercer legalmente mediante el rechazo a tratamientos médicos y los cuidados paliativos, a diferencia de la eutanasia y el suicidio asistido, donde la principal diferencia radica en quién realiza el acto final. En un reciente artículo académio, la abogada, magíster en criminología y especialista en Derechos Humanos, ha explorado la objeción de conciencia en estos dos fallos simbólicos.
En su análisis, presenta consideraciones jurídicas esenciales para entender la objeción de conciencia, especialmente en el ámbito médico. “No es una libertad sin límites —anota—; todo derecho los tiene. Cuando estos se quiebran, su uso deviene en un abuso. Con mayor razón, si con ello se afectan derechos fundamentales de terceros”.
“Garantizar que la objeción de conciencia no devenga en abusos en el ámbito médico pasa por considerar la posible afectación en derechos de quien se encuentra en posición de desventaja en una relación desigual como es la médica”, recalca en líneas posteriores.
Los casos de Estrada y Benito —enfatiza la letrada— evidencian un enfoque paternalista en la medicina que limita la decisión del paciente. Frente a estos desafíos, la bioética promueve una relación médico-paciente más democrática y centrada en el reconocimiento de derechos del individuo.
Los temores profesionales y un uso equivocado de la objeción de conciencia, impulsados más por el miedo a las consecuencias que por convicciones éticas, obstaculizan la práctica médica consciente y personal. Permitir que las creencias religiosas influencien el servicio público vulnera el principio de laicidad, “que implica que las personas que no compartimos esas creencias seamos respetadas en igualdad”.
El empeño de Estrada en promover la libertad y justicia culminó en un esfuerzo significativo por apoyar a Benito en sus últimos momentos de vida. “Nadie sabía por lo que ella transitaba, en momentos de mucho dolor, de pensar que lo habíamos perdido todo. Tenía que recordarle, una y otra vez, lo histórica que era, y el legado que estaba dejando, aun si no llegaba a cumplirse la implementación de la sentencia. Ella tenía ese temor y me lo decía”, cuenta la abogada.
Agrega que es “sumamente significativo” que los primeros casos sobre muerte digna abordados y resueltos favorablemente por los tribunales peruanos involucren a dos mujeres con discapacidad. “Siendo mujer, el control sobre los cuerpos, sobre la propia vida, es muchísimo más fuerte. Siendo persona con discapacidad, la negación de la autonomía, la infantilización, la domesticación de los cuerpos es muchísimo más fuerte”, enfatiza.
“Creo que es muy simbólico que hayan sido ellas las que hayan dicho ‘no, a mí no me van a decir lo que puedo hacer con mi vida o con mi cuerpo’. Es, porque la lucha sigue todavía, un camino hermoso, plagado de aprendizajes”. Estrada —psicóloga de profesión, poeta y feminista— transcendió bajo sus propios términos como Benito, la atleta amateur de 100 y 400 metros que dejó una carta en la que decía: “Hoy tomo la delantera. Ya saben que me gustó siempre estar adelante”.