El último viernes 10 de mayo, el Congreso de la República ha aprobado modificaciones significativas en la Ley de Organizaciones Políticas y la Ley General de Elecciones, medidas que incluyen, entre sus aspectos más relevantes, una reforma en la aplicación de la paridad horizontal al momento de elaborar las listas de candidatos.
Esta decisión, sustentada por la presidenta de la Comisión de Constitución del Parlamento, Martha Moyano (FP), emerge de tres propuestas legislativas originadas por el Jurado Nacional de Elecciones.
La reforma contempla, a su vez, nuevas regulaciones referentes a las excusas válidas para declinar la participación como miembro de mesa de sufragio, incluyendo ahora a individuos en estado de gestación o en periodo de lactancia de niños menores de dos años, así como una disminución en la edad mínima requerida de 70 a 65 años.
MIMP rechaza eliminación de paridad
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ha manifestado su oposición a la reciente aprobación por parte del Congreso de la medida que suprime la paridad horizontal en las listas de candidaturas para elecciones generales, regionales y municipales.
Esta normativa, que exigía que las candidaturas estuvieran compuestas en igual medida por mujeres y hombres, ha sido eliminada, lo que la cartera de Estado lamentó porque también “permitía que las féminas encabecen las listas, lo que les daba mayores oportunidades de resultar electas”.
“El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables rechaza la eliminación de la alternancia en la fórmula presidencial y la eliminación de la paridad horizontal en la elección de gobernadoras/es, vicegobernadoras/es regionales y en las fórmulas de los concejos regionales y municipales, lo que representa un grave retroceso en el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres”, afirmó.
Sin embargo, no solo el MIMP se mostró en contra de esta modificación en la normativa, ya que la reacción adversa no se ha hecho esperar en las redes sociales y entre los colectivos feministas, quienes argumentan que el avance hacia la igualdad de género en la política ha sido un proceso de larga duración y esfuerzo considerable.
Muchos ven este cambio legislativo como un paso atrás en dicho proceso, sobre todo al subrayar la importancia de mantener y fortalecer las políticas que promueven el empoderamiento femenino en todos los sectores de la sociedad. Una de dichas voces fue la organización Manuela Ramos, que señaló que “este Congreso, con un 8% de aprobación, no puede seguir aprobando retrocesos de forma exprés”. “Las mujeres tenemos derecho a participar en la política en igualdad de condiciones”, concluyó en su cuenta oficial de Twitter.
Cambios de la contrarreforma electoral
Epicentro TV realizó un recuento de los cambios que se aprobaron durante el Pleno del Congreso que tuvo lugar el último viernes 10 de mayo.
- Los partidos políticos no podrán ser considerados organizaciones criminales.
- Se elimina la alternancia de la fórmula presidencial.
- Se elimina la paridad horizontal.
- Las empresas tendrán permitido financiar locales donde funcionen comités.
- Se eleva causal de cancelación a movimientos regionales y se reduce causal de cancelación de partidos.
- Se permite que congresistas actuales postulen en las elecciones regionales y municipales.
¿En qué consiste la paridad horizontal?
De acuerdo a un informe de la ONPE, que fue publicado en el marco de las elecciones generales del 2021 para aclarar algunas dudas en torno a estos temas, se señaló su incorporación en la norma como “un modelo en el que la igualdad sustantiva y la paridad entre hombres y mujeres se perfilan como ejes de la transformación que asume el Estado”.
“La representación política se expone en disposiciones legales y regulatorias de regímenes y sistemas electorales que incorporan en las listas oficializadas el 50% de candidaturas para cada sexo. A esta se incorporan dos criterios ordenadores: la paridad vertical y la paridad horizontal”, explicó mediante el texto.
Según se detalló, la paridad vertical suponía que la ubicación de las candidaturas de mujeres y hombres se efectúe de manera alternada y secuencial en toda su extensión, de modo descendiente, tanto en cargos titulares como suplentes. En cambio, la paridad horizontal implicaba la participación equivalente de féminas y varones en los encabezamientos de las listas partidarias.
Sin embargo, de acuerdo a la ONPE, aún quedaba por avanzar en la aplicación de la paridad horizontal, sobre todo promover que las listas sean encabezadas de manera paritaria. “Mientras más mujeres encabecen listas, tendrán una mayor probabilidad de resultar electas. En ese sentido, el reto del sistema político peruano supone garantizar la paridad de género tanto en las listas de candidaturas como en los resultados electorales”, concluyó.