El Pleno del Congreso ha aprobado por unanimidad los proyectos de ley que introducen modificaciones a la Ley 30220, más conocida como Ley Universitaria, con el objetivo principal de reforzar el bienestar de los estudiantes al proporcionarles acceso a servicios de cuidado infantil para sus hijos. Estas medidas serán aplicadas tanto a instituciones públicas como privadas, lo que marca un hito en las políticas de educación superior en el país.
Esta medida responde a una necesidad largamente expresada por la comunidad universitaria, que busca no solo mejorar la calidad de vida de las alumnas, sino que también ofrecer una solución a las barreras que enfrentan las madres jóvenes en su trayectoria educativa.
¿En qué consisten las 4 iniciativas?
De acuerdo a lo informado por el Congreso de la República, la propuesta principal —Ley que crea guarderías para los hijos de estudiantes de universidades, institutos superiores, centros de formación técnica y centros de educación básica alternativa— modifica el artículo 126 de la Ley Universitaria, en la que se detalla que se deberán establecer dichos espacios.
“Las universidades promueven acciones para facilitar el acceso a los servicios de cuidado infantil y otros afines, conforme a la normativa técnica sobre la materia, a favor de los hijos menores de 3 años de los estudiantes con matrícula vigente”, indica el texto que fue aprobado en el Parlamento.
En las disposiciones complementarias finales, que fueron aceptadas por el Pleno, se indica que las universidades públicas remiten semestralmente al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) el estado de la implementación de la modificación prevista, ya que la mencionada entidad está facultada para realizar las acciones de supervisión que considere pertinentes.
“Durante el año fiscal 2024, se autoriza a las universidades públicas para realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático con el fin de financiar la implementación y funcionamiento de servicios de cuidado infantil y lactarios”, se acotó en el documento.
¿Quiénes podrán acceder a las guarderías?
De acuerdo a la iniciativa de la congresista fujimorista Rosangella Barbarán Reyes, la opción estará disponible en las sedes de las universidades, institutos de educación superior, centros de educación técnico-productiva (CETPRO) y centros de educación básica alternativa (CEBA), quienes tendrán que establecer guarderías para el cuidado de los menores, o —en su defecto— designar a su costo, una guardería, sala cuna o centro de cuidado diurno.
“La presente ley es de aplicación para todas las instituciones educativas, sean del sector público o privado, donde estudien, en una misma sede, cinco o más estudiantes con responsabilidades de cuidado de niños menores de 3 años de edad, quienes son los usuarios del servicio”, detalló el documento.
Las guarderías deben funcionar bajo el cumplimiento estricto de las condiciones de seguridad, salud y educación, establecidas en las normas sobre cada materia. Estarán a cargo de personal con formación profesional o técnica en cuidado de niños, y tienen que estar operativas en los mismos horarios que los turnos de estudio de cada institución educativa.
Presupuesto para implementación
Los centros académicos públicos implementarán este servicio con cargo a su presupuesto institucional, a partir del año siguiente a la entrada en vigencia de la ley, sin que ello implique demanda de recursos financieros adicionales al Tesoro Público.
“Las instituciones educativas públicas, para la implementación y funcionamiento de las guarderías, tendrán la facultad de gestionar acciones con instituciones aliadas del sector privado y otras entidades públicas a fin de lograr la implementación y funcionamiento del servicio de dicho servicio”, concluyó el documento.
Por su parte, las instituciones educativas privadas deberán implementar las guarderías en un plazo máximo de seis meses desde su entrada en vigor.