Un nuevo episodio en el conflicto que protagonizan desde hace meses el alcalde Rafael López Aliaga y la Línea 2 del Metro de Lima. Ahora, el escenario es el Tribunal Constitucional, que deberá decidir si es constitucional o no la exoneración de permisos municipales para obras priorizadas de transporte, exoneración que dispuso el Congreso de la República a través de la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el año fiscal 2024.
López Aliaga, con el respaldo del Concejo Metropolitano, interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley de Endeudamiento del Sector Público 2024 (Ley 31955), específicamente la Décima Disposición Complementaria Final. En dicho apartado se autoriza la exoneración de “todos los permisos y/o autorizaciones municipales para el desarrollo de los proyectos priorizados incorporados en el Plan Nacional de Infraestructura Sostenible para la Competitividad (PNISC) (...), relacionados a infraestructura de transporte y movilidad urbana en Lima y Callao”. Entre los proyectos está la Línea 2 del Metro de Lima.
De acuerdo con la demanda, a la que accedió Infobae Perú, la referida disposición complementaria final vulneraría los artículos de la Constitución referentes a la separación de poderes, principios tributarios y competencias de los gobiernos regionales. Además, sostienen que se estaría infringiendo la Ley de Bases de Descentralización, la Ley Orgánica de Municipalidades, entre otros dispositivos legales.
“El legislador en el extremo de la Ley de Endeudamiento Público 2024 que cuestionamos, ha introducido inconstitucionalmente una exoneración a diversos tributos municipales a través de la Ley de Endeudamiento, lo cual excede el contenido especial de su regulación v contradice lo expresamente previsto en el artículo 9 del Decreto Legislativo N.° 1437, introduciendo fraudulentamente la exoneración de tributos en la obtención de permisos y/o autorizaciones municipales”, se lee en el escrito.
En la demanda también se saca a colación que el proyecto que envió el Poder Ejecutivo al Congreso no contemplaba una exoneración de permisos municipales para obras “precisamente porgue se trata de una materia ajena al endeudamiento público, por lo que su incorporación resulta inconstitucional”.
“No es viable una exoneración de permisos o autorizaciones que otorga la municipalidad para la ejecución de proyectos en vía pública, puesto que es responsabilidad del gobierno local cautelar el derecho al libre tránsito, garantizar los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, teniendo como premisa la salvaguarda del interés público frente a las grandes intervenciones en infraestructura vial que abarca la rotura de pavimento, pistas, veredas, sardineles, bermas. Dicha exoneración genera perjuicio a la transitabilidad y seguridad de las personas, por el desarrollo de los proyectos priorizados”, se lee en la demanda.
La Estación Central de la Línea 2
La Municipalidad de Lima menciona explícitamente en su demanda a las obras de construcción para la Línea 2 del Metro de Lima. Al respecto consideran que “no resulta apropiado” que se permita que los concesionarios únicamente comuniquen a la Comuna el cronograma y/o plan de desvíos para luego proceder a ejecutar el proyecto, tal como autoriza la disposición complementaria final cuestionada.
“A través de esta norma (Ley de Endeudamiento) se deja de lado la responsabilidad que tiene el gobierno local para conocer el alcance del proyecto, sus características, y así, poder hacer las recomendaciones pertinentes para posteriormente autorizar su ejecución, cautelando el correcto funcionamiento de la ciudad”, protestan.
En resumen, la MML advierte que las obras de la Línea 2 que se ejecuten sin los respectivos permisos municipales podrían conllevar a que se genere embotellamiento de vías o congestión vehicular. No la mencionan, pero se refieren a la Estación Central, que es la única estación que aún no recibe autorización.
“Las obras que podrían interferir las vías sin la autorización correspondiente (en aplicación de la Ley 31955), no tomarían en consideración que el Cercado de Lima cuenta con una red vial muy limitada, siendo una de las más conflictivas, existiendo un alto porcentaje de agentes colaterales de congestionamiento vehicular, contaminación ambiental, contaminación sonora e inseguridad vial. Cabe señalar que especial mención merecen las avenidas Inca Garcilaso de la Vega, Nicolás de Piérola, Uruguay, Bolivia, Paseo Colón, las cuales son vías de alto tránsito vehicular y peatonal, donde se encuentran grandes centros comerciales, galerías comerciales, centros de estudios preuniversitarios, universidades, entre otras instituciones que han creado un foco comercial de gran concentración de público en general”, alerta la Municipalidad.
Por ello, la comuna sostiene que el cierre de la avenida Inca Garcilaso de la Vega y la avenida Paseo Colón obligaría que los vehículos usen las calles aledañas “generándose alto grado de congestión vehicular”. En relación a los peatones, la MML señala que estos se desplazarían por “caminos o senderos peatonales sinuosos y de mayor distancia solo para cruzar una avenida”.
“Las vías locales (calles) no están preparadas ni acondicionadas para resistir la demanda vehicular pudiéndose generar embotellamientos y atracones en el cual, no se ha estudiado los sentidos de tránsito de las calles internas y la sinuosidad, radios de giro de las mismas, que provocaría que los vehículos se queden atorados buscando salidas y cometiendo infracciones de tránsito”, advierten.
Según pudo conocer Infobae Perú, la demanda de inconstitucionalidad aún no ha sido admitida por el Pleno del Tribunal Constitucional. El procurador público de la MML, Diego Tapia Mazzotti, ha solicitado que la demanda sea calificada ya que el plazo de 10 días que prevé el Nuevo Código Procesal Constitucional para la calificación ha vencido.
No es la primera vez
La demanda presentada ante el TC es solo una de las acciones que ha desplegado el alcalde Rafael López Aliaga para que la construcción de la Estación Central de la Línea 2 no implique el cierre total del Paseo Colón y la avenida Inca Garcilaso de la Vega.
En los primeros días de enero de este año, la Municipalidad emitió la ordenanza 2590, que declara “la prevalencia de las competencias municipales para emitir autorizaciones y/o permisos en materia de movilidad urbana, autorización de ejecución de obras públicas y usos del suelo en la provincia de Lima”. Esto en respuesta a la exoneración dispuesta en la Ley de Endeudamiento Público 2024.
Luego, en marzo, López Aliaga declaró que la Estación Central de la Línea 2 debería construirse sin que se cierren las avenidas. Propuso que se aplique el “sistema austriaco”: “Implica que desde adentro hagan la intervención en un área que les daremos, podría ser el Parque de la Exposición, sin afectar el cruce de la avenida Inca Garcilaso de la Vega con la avenida Paseo Colón. Ahí hay 70 líneas de transporte. El concesionario quiere cerrar la intersección de tráfico más importante de lima. la idea es facilitarles la vida para que inauguren estaciones de una sola vez”.
Pese a que el concesionario de la Línea 2 ha presentado formalmente las solicitudes para que empiece la construcción, no han obtenido respuestas por parte de la Municipalidad de Lima. Sin el permiso se corre el riesgo de que las obras se paralicen una vez que la tuneladora Delia llegue a Paseo Colón. Esto generaría potenciales demandas de la concesionaria contra el Estado peruano.
TC admite demanda
El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley 31955, marcando un paso importante en el escrutinio legal sobre las facultades del alcalde y las disposiciones legislativas en Perú. Este proceso se enmarca dentro de las competencias del TC para garantizar la supervisión constitucional de las leyes y normativas en el país.
La admisión de esta demanda se sustenta en dos fundamentos principales: el primero, la competencia y la autorización otorgada por el Concejo Metropolitano al alcalde para presentar la acción legal; el segundo, que la norma impugnada no haya superado el límite temporal de seis años desde su publicación en el diario oficial El Peruano. Estos criterios cumplen con los requisitos procedimentales exigidos para su consideración por el órgano constitucional, según se señala en la resolución del TC.
Conforme a los pasos siguientes establecidos por el Tribunal, el Congreso de la República será notificado de la demanda para que pueda presentar su contestación dentro de un plazo establecido de 30 días hábiles. Tras este período, se convocará a una audiencia pública para que las partes implicadas puedan exponer sus argumentos frente al pleno del Tribunal Constitucional. El proceso culminará con la designación de un magistrado ponente que estará encargado de elaborar un proyecto de sentencia, marcando así las siguientes etapas del procedimiento.
Inauguración total de la Línea 2 del Metro de Lima
Desde el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) indicaron que, de no mediar complicaciones, todas las estaciones de la Línea 2 del Metro de Lima deberían ser inauguradas dentro de 4 años. “De acuerdo al cronograma de avance, debemos tener funcionando todo el sistema en el año 2028. Este importante sistema nos va a permitir movilizar más de 600 mil pasajeros al día, en una primera etapa, y en el 2030, un millón 200 mil pasajeros”, declaró Sutta para Panamericana Televisión.