El plazo límite para que las empresas del sector privado depositen el dinero de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores en planilla vence la próxima semana, miércoles 15 de mayo. Dicho beneficio económico destinado a los empleados con al menos un mes completo de servicios, está amparado por ley y sirve como un seguro de protección ante el despido, por lo que, solo se activa en su totalidad cuando uno deja de laborar.
Sin embargo, el Pleno del Congreso recientemente aprobó el dictamen que autoriza la libre disponibilidad del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2024, con el objetivo de que los peruanos puedan cubrir sus necesidades a causa de la actual crisis económica. Frente a ese escenario, surge la pregunta si los trabajadores pueden, desde este mes, disponer de su fondo.
Ante ello, es preciso señalar que dicha norma ahora descansa en el despacho del Gobierno, luego de que el Congreso enviara la autógrafa del proyecto el pasado 3 de mayo. Para que la ley entre en vigencia, el Poder Ejecutivo dispone de 15 días útiles como máximo para promulgarla en el diario oficial El Peruano. De tener luz verde, el Ministerio de Trabajo, en un plazo de 10 días calendarios, debe reglamentar dicha ley. A partir de esa instancia recién los trabajadores pueden disponer de su dinero que de momento tiene candado.
Se estima que alrededor de 3,12 millones de titulares de cuentas de Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) podrían acceder a esta medida legislativa, lo que representa entre un 60% y un 70% de las 5,2 millones de cuentas existentes en el sistema financiero. Según proyectan gerentes de estas entidades, la mayoría de los fondos retirados serán destinados al consumo diario o al pago de obligaciones financieras pendientes como deudas.
CTS 2024: ¿cuándo retiraría mi dinero?
A la fecha, la presidenta Dina Boluarte no se pronuncia. Solo lo ha hecho el premier, quien señala que aún están en el plazo de ley. Si tomamos en cuenta los plazos máximos para el retiro CTS en 2024, estas son las posibles fechas que proyecta Infobae, considerando una eventual observación de la autógrafa a cargo del Gobierno:
1. Envío de la autógrafa de ley al Poder Ejecutivo: 3 de mayo del 2024 (ya se envió)
2. Posible observación del Poder Ejecutivo: 24 de mayo del 2024 (15 días útiles como máximo)
3. Evaluación y aprobación en comisiones: del 27 al 31 de mayo
3. Aprobación por insistencia en el Pleno del Congreso: 6 de junio
4. Promulgación de la ley en el Diario Oficial El Peruano: 7 de junio
5. Publicación del reglamento por parte del Ministerio de Trabajo: 17 de junio del 2024 (10 días calendario).
6. Inicio de los retiros CTS: 18 de junio del 2024.
Ojo: Si la presidenta Dina Boluarte decide promulgar la ley del retiro CTS 2024 el 24 de mayo, las fechas se adelantarían y los trabajadores estarían cobrando su dinero en la primera semana de junio (aproximadamente a partir del 4 de junio). Así que de momento no puedes liberar tu CTS porque falta la promulgación y reglamento a manos del Gobierno.
“A diferencia de los retiros de los fondos de AFP, en el caso de la CTS la disposición del dinero se podría realizar desde el día siguiente a la publicación del reglamento, como ocurrió en 2021 y 2022″, indicó el experto en finanzas Jorge Carrillo.
¿Qué es la CTS y cuándo se calcula?
La CTS es un beneficio laboral en Perú destinado a proteger al trabajador y a su familia en caso de cese laboral. Esta compensación tiene como propósito principal ser un fondo de contingencia que el empleado puede utilizar ante la pérdida de empleo, lo que asegura así una cierta continuidad en su capacidad económica mientras busca una nueva fuente de ingresos.
El monto de la CTS varía según el tiempo laborado en el semestre. Si el trabajador ha laborado por ejemplo de noviembre 2023 a abril 2024 (un semestre) la CTS a depositar será el 50% de su sueldo de abril 2024, más un sexto de la gratificación recibida en diciembre 2023.
A modo de ejemplo, así puedes calcularlo:
- Si ganas el sueldo mínimo (S/1.025), debes agregarle 1/6 de tu gratificación de diciembre (tu sueldo divídelo entre seis = S/170). Ahora suma estos dos valores y te arrojará: S/1.195
- Debes sumar tu sueldo más 1/6 de gratificación entre 360 días: 1.195/360 = S/3.31
- Monto obtenido multiplícala por la cantidad de días trabajados (si laboró un semestre completo, se multiplica por 180) = 3.31 * 180 = S/595.8
- Lo que recibirás de CTS sería S/595,8 aproximadamente.
Sin embargo, dependiendo de algunos factores como horas extras, comisiones o los bonos recibidos por el trabajador y el régimen del trabajador, el resultado puede aumentar.
¿Qué tipo de trabajadores reciben la CTS?
Según explica EY, los trabajadores que reciben la CTS son aquellos que pertenecen al régimen laboral privado y laboran como mínimo, una jornada diaria de 4 horas. También están comprendidos los trabajadores de la pequeña empresa, pero en su caso percibirán por dicho concepto un monto equivalente a 15 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios. Los trabajadores de la microempresa no están comprendidos en el beneficio.
“En el caso de los trabajadores del régimen agrario, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9,72% de la remuneración básica; sin embargo, el trabajador puede elegir que la CTS le sea abonada de manera diferenciada y de manera semestral, como en el régimen laboral común”, señalan.
Además, respecto a la Ley de los trabajadores del hogar de 2020 (Ley N° 31047), la CTS corresponde también a los y las trabajadoras del hogar, la cual se deberá abonar en las mismas condiciones que el régimen laboral común. Para su efecto, es necesario que se comunique al empleador por escrito sobre la entidad del sistema financiero o bancario a la que deberá realizar el depósito de la CTS.
“De no hacerlo, el empleador puede efectuar el depósito en cualquiera de las instituciones del sistema financiero, bajo la modalidad de depósito a plazo fijo, por el periodo más largo permitido”, sostuvo.
¿Qué entidad financiera me paga más en depósito a plazo?
De acuerdo con datos de la SBS al 7 de mayo, la Caja Metropolitana de Lima, el Banco Ripley y la Financiera OH son las tres entidades financieras que pagan la Tasa más alta del mercado financiero por un depósito a plazo fijo durante un año.
En detalle, por un depósito a plazo de S/5.000 (menos de 1 UIT que equivale a S/5.150) a un periodo de 360 días, la Caja Metropolitana de Lima ofrece una Tasa de Rendimiento Efectivo Anual (TREA) de 7%, le sigue el Banco Ripley (6,25%) y Financiera OH (6%)
- Caja Metropolitana de Lima: S/5.350 (7%)
- Banco Ripley: S/5.312 (6,25%)
- Financiera OH: S/5.300 (6,00%)
- Scotiabank: S/5.277 (5,55%)
- Falabella: S/5.262 (5,25%)
- GNB: S/5.237 (4,75%)