El gobierno de Dina Boluarte observó el dictamen que modifica el artículo 3 de la Ley 26790, conocida como la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud (EsSalud). La iniciativa, que propone la ampliación de la cobertura para hijos de asegurados, fue aprobada en noviembre del año pasado con 91 votos a favor, 13 en contra y 8 abstenciones, y exonerada de segunda votación.
Como parte de los argumentos, el Ejecutivo menciona que la norma no cuenta con un estudio actuarial, conforme lo señala el convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), suscrito por el Perú, el cual demuestre que la propuesta legislativa no pondrá en riesgo la sostenibilidad financiera de la institución.
“EsSalud no recibe recursos directos del tesoro público, sino que financia las prestaciones que brinda a su población asegurada, principalmente con las aportaciones que efectúan las entidades empleadoras de sus asegurados, por tanto, cualquier modificación que se efectúe respecto de las aportaciones y su población asegurada tiene un impacto económico que debe encontrarse sustentado con un estudio actuarial que asegure la sostenibilidad financiera del organismo”, se lee en el documento.
Además, recordó que todos aquellos de 18 a 28 años de edad que no cuentan con seguro son coberturados automáticamente por el Seguro Integral de Salud (SIS) y que quienes se encuentren estudiando, están incluidos en la Ley N° 30220, Ley Universitaria. Es decir, no se quedan desprotegidos como señala el proyecto.
“El artículo 126 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, contempla el aseguramiento de los estudiantes universitarios en el SIS o en cualquier otro seguro que la universidad provea, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria. Por tanto, parte de la población que se busca asegurar al régimen contributivo de EsSalud cuenta con aseguramiento en el SIS u otro seguro”, refieren.
En ese sentido, sentenciaron que observan la autógrafa al considerar que “el problema público expuesto por el legislador se encuentra superado por cuanto la población que se pretende asegurar al régimen contributivo de la seguridad social en salud”.
“Por ende, no existe la necesidad de afiliar a dicha población al régimen contributivo de salud a cargo de EsSalud, más aún cuando dicha propuesta generará los perjuicios señalados en párrafos precedentes”, se lee en el documento.
Congreso busca aprobar pl por insistencia
De acuerdo a fuentes de Infobae Perú, así como se aprobó por insistencia en la Comisión de Trabajo, se espera hacer lo mismo a través de un pleno extraordinario.
De aprobarse sin modificación alguna, el punto en mención será escrito de esta forma: “Son derechohabientes el cónyuge o el integrante de la unión de hecho a que se refiere el artículo 326 del Código Civil, así como los hijos menores de edad, los hijos solteros hasta los 28 años (…) y los hijos mayores de 18 años incapacitados en forma total y permanente para el trabajo, siempre que no sean afiliados obligatorios. La cobertura de los hijos se inicia desde la concepción, en la atención a la madre gestante”.
¿Cuáles serían los requisitos para acceder a la cobertura?
El proyecto legislativo presentado por la bancada de Renovación Popular menciona que los hijos que pueden acceder a la cobertura extendida deben cumplir con dos requisitos: ser solteros y ser estudiantes de nivel superior o técnico.
Cabe mencionar que, aunque en la iniciativa se indica que los estudios deben ser realizados “con éxito”, no se ha precisado si se refiere a un promedio de notas en específico o qué forma de evaluación se hará para cumplir con ello.