Comisión de Trabajo aprobó que empresas asuman el 4% del aporte AFP: ¿Qué opina el MEF y la SBS?

Con siete votos a favor, la iniciativa ya está lista para debatirse en el Pleno del Congreso. Además de reducirse el descuento de la remuneración, se busca que el Estado también asuma parte del porcentaje

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Comisión de Trabajo plantea que descuento para aporte AFP sea repartido con los empleadores y el Estado. | Fotocomposición: Infobae Perú (Camila Calderón)
Comisión de Trabajo plantea que descuento para aporte AFP sea repartido con los empleadores y el Estado. | Fotocomposición: Infobae Perú (Camila Calderón)

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso aprobó el dictamen que busca modificar el aporte otorgado por parte de los trabajadores a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), en el marco de la reforma del Sistema Previsional Peruano (SPP).

La propuesta, que fue respaldada con siete votos a favor, tres en contra y una abstención, aún debe ser debatida en el Pleno para su posible promulgación y sugiere que el aporte no provenga totalmente de los afiliados.

“En el caso del asegurado dependiente de los sectores público y privado, este aporta el 9% de su remuneración mensual, el empleador aporta el 4% de la remuneración mensual del trabajador; el Estado, el 1% de la remuneración mensual del trabajador. Estos porcentajes de aporte se aplican hasta el monto equivalente a cinco remuneraciones mínimas vitales vigentes”, señala la medida.

SBS debe publicar reglamento del retiro AFP hasta máximo el 3 de mayo. Foto: composición Infobae/Andina
SBS debe publicar reglamento del retiro AFP hasta máximo el 3 de mayo. Foto: composición Infobae/Andina

Esta modificación propuesta a la tasa de aportación tiene como finalidad principal reconfigurar el actual esquema de financiamiento de las pensiones, que hasta la fecha recae exclusivamente sobre los empleados. Además, el dictamen contempla un cambio en la manera en que se calculan las comisiones por parte de las gestoras de fondos.

Según el nuevo modelo, dichas comisiones deberían determinarse en función de la rentabilidad generada para el asegurado en un periodo mensual, con la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estableciendo un límite máximo de comisión en caso de rentabilidad nula o negativa.

“Las comisiones, retribuciones o cualquier otro concepto que las gestoras de fondos cobren por administración o gestión de fondos deberán ser determinadas en función de la rentabilidad generada para el asegurado en un periodo mensual. Sus características, condiciones, particularidades y topes serán establecidas en el reglamento de la presente ley. En caso la rentabilidad mensual sea cero o negativa, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) establece una comisión que no supere el 0,5% de los ingresos del asegurado”, detalla el documento.

Otro aspecto relevante de la propuesta es la introducción de una pensión no contributiva para personas mayores de 65 años con ingresos mínimos o nulos, que no hayan aportado un número determinado de años al sistema. Esta pensión alcanzaría el 50% de la pensión mínima actual del Sistema Nacional de Pensiones, configurando un apoyo para quienes carecen de ahorros previsionales. Esta no superaría el 50% de la pensión mínima que hoy otorga el Sistema Nacional de Pensiones, es decir, actualmente sería de S/300 al mes.

Actualmente, los afiliados asumen el total del aporte a las AFP.  | Infobae Perú (Camila Calderón) / Andina
Actualmente, los afiliados asumen el total del aporte a las AFP. | Infobae Perú (Camila Calderón) / Andina

¿Qué opina el MEF y la SBS?

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a cargo de José Arista, expresó su rechazo a la propuesta y argumentó que “no considera el criterio de sostenibilidad financiera” al exigir que el Estado contribuya un porcentaje de las pensiones y que se “genera gasto y no hay acción alternativa para reducir el déficit que generaría”.

En el mismo sentido, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) indicó que el proyecto “no cumple con el objetivo de proveer una adecuada protección de la población afiliada al SPP ante los riesgos de la vejez, invalidez y fallecimiento. Además, el proyecto legislativo conllevaría serios perjuicios a los afiliados en lo que corresponde a la gestión de sus recursos bajo una trayectoria de largo plazo, al incorporar riesgos propios del sistema financiero”.

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