Ante el restablecimiento de la inhabilitación a Inés Tello y Aldo Vásquez, la norma menciona que quienes deben asumir son los accesitarios, según orden de mérito. Sin embargo, los dos magistrados que siguen en la lista, Abraham Siles y Mónica Rosell, rechazaron ocupar las vacantes. Consultado por Infobae Perú, el abogado Hugo Mendoza explicó si es que las continuas negativas podrían incurrir en infracciones legales.
Si bien mencionó que, la Ley Orgánica y el reglamento de la Junta Nacional de Justicia no regulan este supuesto, por lo que desde un punto estrictamente legal no se estaría incurriendo en delito, sí se podrían recurrir a otros supuestos de aplicación suplementaria como la Ley de Procedimiento Administrativo General a 2744 y hasta la propia Constitución.
“Como regla general, cuando existe algún vacío en una norma, se recurre a normas complementarias. Entonces, si algo se les quisiera responsabilizar por rechazar asumir el cargo de los miembros titulares que quedan vacantes, pues a lo mucho sería abrirles un procedimiento administrativo”, explicó.
“Yo creo que por esa razón ellos están rechazando, porque saben que probablemente no van a tener ninguna consecuencia”, agregó.
¿Por qué rechazaron asumir el cargo en la JNJ?
A través de un oficio dirigido al presidente de la JNJ, Antonio de la Haza, Abraham Siles mostró su negativa a asumir el cargo al considerar que la vacante es generada de manera “arbitraria e inconstitucional”.
“No estoy disponible para ocupar una vacante generada de manera tan arbitraria e inconstitucional, en un contexto de grave deterioro democrático y cuando parece estar en curso un plan de sometimiento de las instituciones constitucionales autónomas que deben velar por la independencia, imparcialidad y eficiencia del sistema de justicia”, se lee en el documento presentado por Siles.
En el caso de Rosell, el motivo es por sus responsabilidades profesionales como presidenta del Tribunal de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría General de la República, de acuerdo a El Comercio.
¿Por qué Aldo Vásquez e Inés Tello fueron inhabilitados?
Aldo Vásquez e Inés Tello fueron inhabilitados por el Congreso debido a la continuidad de la magistrada tras cumplir 75 años, edad que sería inconstitucional para permanecer en el cargo.
Con 67 votos a favor, los congresistas respaldaron el informe final de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) que recomendó acusar a ambos magistrados por infracción a la Constitución. La denuncia fue hecha, en mayo de 2023, por el congresista Jorge Montoya Manrique (Renovación Popular).
En el caso de Vásquez Ríos, en un primer momento, la acusación fue rechazada. Sin embargo, tras la admisión de una reconsideración, la sanción fue sometida a una nueva votación. Y, en esta ocasión, los congresistas llegaron a los 67 votos requeridos.
Aunque posteriormente el Poder Judicial ordenó la reposición provisional de ambos magistrados, el Tribunal Constitucional optó por darle la razón al Congreso, luego de que presentara una demanda competencial y medida cautelar.
¿Inés Tello y Aldo Vásquez podrían regresar?
Aunque en líneas generales el Tribunal Constitucional falló a favor del Congreso, dejó abierta la posibilidad de que ambos regresen a sus puestos solo si se cumple un requisito: un pronunciamiento desfavorable de la Corte Suprema.
“Restablecer la vigencia de la Resolución Legislativa 008-2023-2024-CR y de la Resolución Legislativa 009-2023-2024-CR, emitidas por el Congreso de la República, quedando sin efecto la reposición de doña Luz Inés Tello de Ñecco y de don Aldo Alejandro Vásquez Ríos en sus cargos de miembros titulares de la Junta Nacional de Justicia, dispuesta por la Resolución 1, de fecha 22 de marzo de 2024, aludida en el punto resolutivo anterior, hasta que la Sala de Derecho Social y Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de la República resuelva el recurso de apelación interpuesto por el Congreso de la República”, se lee en el punto resolutivo 3 de la medida cautelar del TC.