El abogado de la suspendida Patricia Benavides, Juan Peña, aseguró que el testigo protegido, que declaró ante la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, es el abogado Jefferson Moreno, quien ejerció la defensa legal de la exfiscal de la Nación.
En entrevista con Canal N, a Peña se le consultó sobre el presunto vínculo que habría existido entre la presidenta Dina Boluarte y Patricia Benavides, a lo que el abogado afirmó que dicha declaración es “a todas luces” de Jefferson Moreno.
“Respecto a lo que declara este testigo protegido que, bueno, a todas luces es el señor Jefferson Moreno... (¿Por qué lo dice ‘a todas luces’?) Porque las declaraciones que señala hablan de Emerson Campos, (...) se me menciona a mí también... (O sea, ¿tú no eres?) Son personas vinculadas. Yo no soy testigo protegido”, declaró
El testigo protegido del caso Patricia Benavides aseguró haber presenciado que el abogado Emerson Campos le contó que “mientras se encontraban preparando a Dina Boluarte para que brinde su declaración [...], se pudo percatar que ya se tenían las preguntas que iban a ser objeto de interrogatorio”.
“Son hechos muy puntuales que seguro el señor Emerson Campos tendrá que corroborar lo que mencionan respecto a las preguntas que se le habrían mostrado o tendría la presidenta antes de su declaración, seguramente tendrá una foto de eso o algún chat o algún tipo de elemento que corrobore”, agregó el abogado Juan Peña.
¿Es delito revelar la identidad de un testigo protegido?
De acuerdo con el artículo 409-B del Código Penal, la revelación indebida de un testigo protegido es sancionado con una pena de entre 4 y 6 años de cárcel. La pena se agrava si la persona que incurre en este ilícito tuvo acceso privilegiado a los datos del sujeto cuyos datos personales son resguardados.
“El que indebidamente revela la identidad de un colaborador eficaz, testigo, agraviado o perito protegido, Agente Encubierto o especial, o información que permita su identificación, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 4 ni mayor de 6 años. Cuando el Agente es funcionario o servidor público y por el ejercicio de su cargo tiene acceso a la información, la pena será no menor de cinco ni mayor de siete años, e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 4″, se lee en el artículo 409-B del Código Penal.
Defensa cuestiona a testigo protegido
Durante la audiencia donde se evaluó el requerimiento de impedimento de salida del país, el abogado de Patricia Benavides, Christian Salas, cuestionó las revelaciones que hizo el testigo protegido ante la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.
Según Salas, el testigo protegido es un exabogado de Benavides, por lo que, sostiene, estaría rompiendo el secreto profesional al revelar información a la que tuvo acceso por ejercer la defensa de la exfiscal de la Nación.
Por su parte, el fiscal sustentó el pedido de impedimento de salida del país debido a que Benavides está involucrada en 6 hechos:
- Integrar una presunta organización criminal enquistada en el Ministerio Público
- Las coordinaciones con el congresista José María Balcázar para presuntamente archivar la investigación en su contra a cambio de votar en contra de la denuncia constitucional contra Patricia Benavides
- La presunta compra de votos para inhabilitar a la fiscal suprema Zoraida Ávalos
- Las coordinaciones indebidas con parlamentarios para remover a la Junta Nacional de Justicia (JNJ)
- La presunta elección direccionada del defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez
- El presunto compromiso con Fuerza Popular para remover a los fiscales José Domingo Pérez y Rafael Vela, fiscales del Equipo Especial Lava Jato