El Poder Judicial determinó que la fiscal suprema Delia Espinoza sí puede investigar a los congresistas involucrados en la presunta organización criminal que lideraría Patricia Benavides. Asimismo, ratificó lo resuelto por el juez supremo Juan Carlos Checkley, respecto a que la referida fiscal tiene plena competencia para tener a su cargo el caso de la suspendida exfiscal de la Nación.
Así lo estimó el magistrado supremo Saúl Peña Farfán, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, al resolver una tutela de derechos del parlamentario Edgar Tello, quien exigía anular la disposición fiscal con la que Delia Espinoza lo incorporó a él y a otros 13 congresistas en la investigación que se le sigue a Patricia Benavides.
Según Tello, se habían afectado su derecho al debido proceso debido a que, al contar con prerrogativa de antejuicio político, el único facultado para investigarlo es el fiscal de la Nación.
Si bien la defensa reconoce que Villena y Pablo Sánchez se excusaron por ser testigo en la investigación, afirma que no lo hicieron “en toda la causa, sino específicamente en lo que corresponde a Benavides Vargas. En cuanto a su patrocinado Tello Montes el artículo 1 de la ley 27399 señala que, para investigar a los aforados, es el fiscal de la Nación, no uno delegado porque no existe norma que permita al fiscal de la Nación delegar sus facultades”.
La fiscal suprema Delia Espinoza se opuso al pedido del congresista y recordó que Patricia Benavides y Edgar Tello están vinculados por uno de los hechos que se investiga en la presente carpeta fiscal: la presunta compra de votos para lograr la inhabilitación de la fiscal suprema Zoraida Ávalos.
La posición de Saúl Peña
El juez supremo Saúl Peña, quien reemplaza a Checkley por vacaciones, le dio la razón a Espinoza.
“De tratarse de una investigación – diligencias preliminares - ordinaria contra un aforado, el recurrente (Edgar Tello tendría razón, pero como se expuso por la Fiscalía, se trata de un caso singular en la que el caso que el caso se inició una investigada, Liz Patricia Benavides Vargas, como ex fiscal de la Nación, en la que el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena Campana, resolvió excusarse del conocimiento de la investigación”, concluyó Peña.
En ese sentido, el magistrado validó que Villena y Sánchez se excusaran para garantizar, mas aún si ambos fiscales supremos le solicitaran a Patricia Benavides que renuncie al cargo luego de que ejecutó la operación Valkiria V.
“Al existir sólo tres fiscales supremos titulares, de los cuales dos están impedidos de intervenir, resulta razonable que el conocimiento del caso haya sido derivado por el fiscal de la Nación para que sea asumida por la Fiscal Suprema Espinoza Valenzuela, a cargo de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos”, resolvió Saúl Peña.
Por esos argumentos, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema declaró infundada la tutela de derechos del congresista Edgar Tello.
Por los mismos argumentos del parlamentario, rechazados en primera instancia por el Poder Judicial, un grupo de legisladores liderados por Patricia Chirinos denunció constitucionalmente a Delia Espinoza, solicitando su inhabilitación por 10 años de la función. Sin embargo, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales declaró improcedente la misma.