
El Congreso de la República ha dado un paso importante hacia la regulación del transporte público en la región de Madre de Dios, al aprobar, por insistencia, una legislación que autoriza, de manera excepcional, el uso de vehículos motorizados de dos ruedas para el traslado de pasajeros.
Esta decisión, adoptada durante la sesión plenaria celebrada el pasado 14 de diciembre de 2023, desafía las observaciones previas del Poder Ejecutivo, presentadas el 16 de enero de 2024. Con 84 votos a favor, 4 en contra y 4 abstenciones, la propuesta legislativa recibió un amplio respaldo, lo que refleja un consenso significativo entre los legisladores.
El parlamentario de Alianza para el Progreso (APP), Eduardo Salhuana, quien también se desempeña como presidente de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, defendió la medida ante las críticas del gobierno.
Según Salhuana, la iniciativa no contraviene las políticas nacionales vigentes en materia de transporte terrestre de personas. Destacó que el Ejecutivo había realizado observaciones generales que no se aplicaban al caso específico de Madre de Dios, donde la necesidad de transporte en motocicletas de dos ruedas se ha tornado excepcional debido a las particularidades geográficas y económicas de la región.

Además, Salhuana aclaró que la norma no contempla a los mototaxis de tres ruedas, vehículos que ya poseen un marco regulatorio específico aún pendiente de reglamentación pero en vigor. Este punto es crucial pues distingue claramente entre los diferentes tipos de vehículos menores utilizados para el transporte de pasajeros, subrayando el objetivo de la ley de abordar exclusivamente las motocicletas de dos ruedas.
La legislación aprobada tiene como fin último regular y formalizar el servicio de transporte público de pasajeros en vehículos motorizados de dos ruedas, categoría L3, dentro de Madre de Dios.
Este esfuerzo por brindar un marco legal a una actividad ya existente busca no solo mejorar la seguridad de los pasajeros y conductores sino también ofrecer una alternativa de movilidad eficiente en una zona donde las opciones de transporte público son limitadas.
La ley estipula que la autorización otorgada es de carácter excepcional y complementario al servicio de transporte terrestre público, con un plazo de validez de cinco años, como se describe en el artículo tercero.
Amplían plazo para migrar datos de licencias clase B
En un esfuerzo por combatir la informalidad en la emisión de licencias de conducir clase B, que incluye vehículos como motos y mototaxis, el Ministerio de Transporte y Comunicaciones extendió el plazo para la integración de estas licencias al Sistema Nacional de Conductores.
En enero del 2024, se decidió que la fecha límite iba a ser el 8 de abril, sin embargo, ante el pedido constante de este gremio, las autoridades decidieron postergar una vez más el plazo hasta el 12 de julio, tal como está estipulado en la Resolución Directoral N° 028-2023-MTC/18.
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