La bancada de Acción Popular ha introducido un proyecto de ley impulsado por el congresista Darwin Espinoza Vargas, con el objetivo de eliminar las restricciones que impiden a familiares de funcionarios y autoridades en general contratar con el Estado.
Con el apoyo de Luis Ángel Aragón Carreño, Wilson Soto Palacios, Jorge Flores Ancachi, Luis Cordero Jon Tay y Elvis Vergara Mendoza, la propuesta fue firmada y presentada el último viernes 12 de abril.
Este proyecto de ley, identificado con el número 07575/2023-CR, propone una modificación importante en la normativa que actualmente regula las contrataciones con el Estado, específicamente en el artículo 11.1 de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado.
El propósito de esta iniciativa es enmendar los puntos específicos de la ley que limitan la capacidad de los familiares de hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de funcionarios y autoridades elegidas popularmente de entrar en contratos con el gobierno. La revisión se centra en los apartados f, g, y h del mencionado artículo, buscando restringir estas limitaciones solo a la entidad donde el familiar del proveedor esté o haya estado empleado.
La justificación para tal medida surge de una sentencia del Tribunal Constitucional que abordó las prohibiciones de contratación para estos familiares, indicando que las restricciones deberían aplicarse solamente dentro de la entidad específica en la que el familiar relacionado con el proveedor se desempeñe o haya desempeñado tareas laborales. Este argumento se fundamenta en principios constitucionales de presunción de inocencia y libertad de contratación, limitados bajo el régimen actual.
Dicho proyecto recalca la necesidad de equilibrar las restricciones actuales con el derecho a la libre empresa y competencia, señalando como precedente legal una decisión previa del Tribunal Constitucional en un caso presentado por Domingo García Belaunde. Este esfuerzo legislativo representa un intento significativo de reformar las normas que rigen las contrataciones con el Estado, buscando favorecer un ambiente más abierto y justo para los familiares de funcionarios y autoridades, dentro de un marco que asegura la transparencia y la integridad en el proceso.
¿Nepotismo? Lo que dice la prohibición actual
La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) subraya la prohibición del nepotismo en la administración pública peruana, catalogándolo como una práctica que genera conflictos de interés y limita el acceso equitativo a cargos públicos, según se desprende de un documento oficial fechado el 23 de junio de 2023. La normativa, dirigida a garantizar un ambiente laboral íntegro y un trato justo dentro del sector público, se establece contra la contratación de familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad en cualquier régimen laboral.
Según el marco normativo actual, el nepotismo se configura en dos situaciones principales: cuando un funcionario con poder de contratación ejerce dicho poder a favor de un pariente cercano, y cuando, sin tener facultad de contratación, un servidor influye directa o indirectamente en la contratación de un familiar.
La Ley N° 26771 y su reglamento puntualizan que el objetivo es prevenir la incorporación de personal basada en vínculos familiares, subrayando la importancia de la imparcialidad y eficiencia en el sector público.
El informe de Servir también resalta la responsabilidad de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros en el análisis y pronunciamiento sobre consultas específicas relacionadas con el nepotismo, reiterando su compromiso con la promoción de la ética y la lucha contra la corrupción en la administración pública.
Además, se enfatiza la importancia de mantener un control interno robusto y una evaluación objetiva del desempeño laboral para prevenir prácticas nepotistas y garantizar el acceso equitativo a oportunidades laborales en el sector público.