En medio de la aprobación del Congreso para un nuevo retiro facultativo de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), muchas personas no están al tanto de a qué empresas se encuentran afiliadas ni cómo acceder a la información sobre el saldo que tienen en sus cuentas. Sin embargo, es posible conocer estos detalles mediante procedimientos sencillos en plataformas online.
De esta manera, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) brinda a los trabajadores los pasos que se necesitan para descubrir si pertenecen a AFP Integra, Prima, Habitat y Profuturo.
SBS: Descubre a qué AFP perteneces
Para que una persona pueda conocer a qué AFP se encuentra afiliada, debe seguir estos cuatro pasos:
- Dar clic en la opción ‘registro’ de Servicios SBS en línea.
- Leer las condiciones de uso y marcar ‘siguiente’ si estás de acuerdo.
- Ingresar número de DNI y correo electrónico.
- Tras recibir el mensaje de confirmación, iniciar sesión y elegir la opción ‘reporte de situación previsional’.
Además, se brinda una opción, ubicada en el punto 3 de la plataforma, para los ciudadanos extranjeros. La presente información se torna clave, debido a que el Congreso aprobó el séptimo retiro de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que pone de relieve la importancia de estar informado sobre el estado de estos fondos.
¿Cómo saber cuánto dinero tengo en mi AFP?
A nivel nacional, cada AFP cuenta con un registro total y detallado de todos los aportes realizados desde la afiliación a dicho sistema. Con el fin de visualizarla, se debe acceder a la página web o a la aplicación de las entidades.
- AFP Integra. Si perteneces a esta administradora, ingresa mediante este link: www.afpintegra.pe/iniciar-sesion.
- Prima AFP. Si perteneces a esta administradora, ingresa mediante este link: https://miespacio.prima.com.pe/.
- AFP Habitat. Si perteneces a esta administradora, ingresa mediante este link: www.afphabitat.com.pe/mi-cuenta.
- Profuturo AFP. Si perteneces a esta administradora, ingresa mediante este link: https://enlinea.profuturo.com.pe/zonaprivada/login.
Congreso aprueba séptimo retiro de AFP
El último jueves 11 de abril, el Congreso aprobó un nuevo retiro de fondos de pensiones de las AFP, lo que marca la séptima ocasión que se autoriza esta medida desde el 2020. Esta vez, se estableció un límite máximo de retiro de 4 UIT, lo cual asciende a un total de S/ 20 mil 600. La decisión espera la respuesta del Ejecutivo, que tiene un plazo de 15 días para promulgarla, observarla o abstenerse de comentar.
La propuesta de retiro ha generado opiniones divididas entre autoridades y expertos económicos. El Banco Central de la Reserva (BCRP) se mostró en contra, al argumentar que esta podría aumentar el riesgo crediticio del país, según manifestó su presidente, Julio Velarde. Pese a las controversias, la medida se introduce como un alivio económico para los trabajadores afectados por las repercusiones monetarias derivadas de la pandemia.
Es importante señalar que esta no es una práctica exclusiva de Perú. Otros países de Latinoamérica, como Chile, Colombia, México, Argentina y Bolivia, también han implementado retiros similares de sus respectivos fondos de pensiones, cada uno con características particulares. La iniciativa busca paliar las dificultades financieras que enfrentan numerosas familias debido a la crisis sanitaria global.
Sin embargo, las repercusiones a largo plazo de estos retiros sobre los sistemas de pensiones y la economía en general aún son materia de debate entre especialistas.
Plazos para el séptimo retiro de AFP
Existe una expectativa creciente sobre la decisión final del Ejecutivo peruano respecto a la iniciativa que permitiría el retiro de hasta 4 UIT por parte de los ciudadanos, tras obtener un respaldo mayoritario en el Parlamento. La presidenta Dina Boluarte deberá decidir si promulgar o no la legislación aprobada.
Según el Reglamento del Congreso, específicamente en su artículo 79, el Gobierno se encuentra ante un plazo limitado de 15 días hábiles para presentar cualquier observación sobre la ley propuesta, la cual busca brindar un alivio económico a la población.
Si el Ejecutivo no ejecuta ninguna acción, ya sea la observación o promulgación de la norma, el presidente del Congreso tiene la facultad de mandar a publicar la ley en el diario oficial El Peruano.