Las jornadas escolares empezaron hace aproximadamente un mes, junto con ello también las expectativas salariales de los docentes de la Ley de la Reforma Magisterial. El sueldo que perciben los profesores ante sus actividades educativas a los niños, niñas y adolescentes del Perú ante los diversos retos que deben enfrentar.
De esta manera, conoce cuál es el monto mínimo que percibe tu docente, de acuerdo a la escala salarial del Ministerio de Educación (Minedu). Cabe precisar que, hace algunos días, el gobierno de Dina Boluarte designó a un nuevo titular en la cartera, Morgan Quero, quien reemplaza a Miriam Ponce.
¿Cuál es el sueldo de los docentes contratados?
De acuerdo con la página del Minedu, la remuneración de los profesores contratados en instituciones educativas está vinculada a la jornada laboral que estos cumplen, tal como lo establecen las normativas correspondientes a la modalidad, forma, nivel o ciclo educativo donde ofrecen sus servicios.
Esta práctica asegura que los docentes reciban una compensación justa acorde con las horas de trabajo, así como las responsabilidades asignadas dentro de su entorno laboral.
Educación básica regular (EBR)
- Inicial (30 horas): S/3100,50
- Primaria (30 horas): S/3100,50
- Secundaria (30 horas): S/3100,50
Educación básica especial (EBE)
- Inicial (30 horas): /3100,50
- Primaria (30 horas): S/3100,50
Educación básica alternativa (EBA)
- Inicial/intermedio (30 horas): S/3100,50
- Avanzado (30 horas): S/3100,50
Educación técnico-productiva (ETP)
- Básico y medio (30 horas): S/3100,50
Coordinadores de PRONOEI, ODEC y ONDEC
- En una jornada de 40 horas: S/4134
Asimismo, cuentan con una bonificación mensual de acuerdo al tipo de institución que laboran y la ubicación del mismo. Esto dependerá de los colegios con categoría rural 1, 2, 3, frontera y VRAEM.
Docentes nombrados
Los docentes nombrados perciben una remuneración mensual según su escala y la jornada laboral. Conoce el detalle de cada uno.
- Primera escala: S/4134 (40 horas) y S/3100,50 (30 horas)
- Segunda escala: S/4547,40 (40 horas) y S/3410,55 (30 horas)
- Tercera escala: S/4960,80 (40 horas) y S/3720,60 (30 horas)
- Cuarta escala: S/5374,20 (40 horas) y S/4030,65 (30 horas)
- Quinta escala: S/6201,00 (40 horas) y S/4650,75 (30 horas)
- sexta escala: S/7234,50 (40 horas) y S/5425,88 (30 horas)
- sétima escala: S/7854,60 (40 horas) y S/5890,95 (30 horas)
- Octava escala: S/8681,40 (40 horas) y S/6511,05 (30 horas)
En este caso, también reciben hasta cinco asignaciones económicas simultáneas de manera mensual, la cual se determina mediante la publicación anual de los padrones de instituciones educativas públicas.
Remuneración por cargos con mayor responsabilidad
Los docentes que tienen un cargo con mayores responsabilidades como la dirección de la institución, perciben una asignación adicional. Estos son designados por cuatro años, según ley.
- Director de UGEL: S/4.000
- Director de gestión pedagógica: S/3.000
- Jefe de gestión pedagógica: S/2.500
- Especialista de educación: S/1.500
En tanto, los directores designados para dos turnos perciben S/800, de un turno reciben S/600, un subdirector alcanza a S/400 y jerárquico a S/300.
Bono docente 2024
Una nueva entrega del Bono de Atracción Docente para el año 2024. Dicho estímulo, valorado en S/18 mil se destinará a aquellos profesores que ingresen en el tercio superior de la Carrera Pública Magisterial. Este incentivo económico se repartirá en tres pagos sucesivos durante los próximos años.
El primer desembolso de este bono se efectuará durante el primer trimestre de 2024, para diciembre de 2025 y diciembre de 2026, cada uno también por S/6.000. Para ser elegibles para el segundo y tercer pagos, los beneficiarios deben mantener su nombramiento vigente y haber ejercido efectivamente la docencia en una institución educativa por, al menos, cinco meses durante el año lectivo.