Pese a las observaciones por parte del Ejecutivo y advertencias sobre el golpe a la calidad educativa, el Pleno del Congreso decidió respaldar el ingreso de profesores cesados a la Carrera Pública Magisterial. Con 92 votos a favor y solo seis en contra, los legisladores aprobaron la norma por insistencia, sin considerar ninguno de los puntos cuestionados por el Ministerio de Educación.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, José Balcázar Zelada (Perú Bicentenario), sostuvo que “no se advierte fundamentos de mérito para considerar que el contenido de la autógrafa de Ley incurra en afectaciones constitucionales y mucho menos esté afectando las normas vigentes del sector Educación”, desestimando así lo expresado por el gabinete de Dina Boluarte.
La norma que sustenta los Proyectos de Ley 43/2021, 973/2021, 1361/2021, 2367/2021, 2542/2022 y 4464/2022, promueve el retorno de docentes interinos a la Carrera Pública Magisterial, que fueron retirados tras culminar sus labores, así lo estableció la Resolución de Secretaria General 2078-2014-MINEDU.
¿Cuáles fueron las observaciones del Ejecutivo?
A través de un oficio remitido al presidente del Congreso de la República, Alejandro Soto, el Ejecutivo consideró que la autógrafa contraviene “la meritocracia y la rectoría en las políticas educativas, el aseguramiento a la educación de calidad, la importancia de la evaluación de ingreso a la Carrera Pública Magisterial, los concursos públicos de méritos, rol de profesorado, el derecho a la igualdad y no discriminación, la teoría de los hechos cumplidos y la iniciativa de gasto”.
Es decir, la gestión de Dina Boluarte advirtió de 11 motivos por los que la norma no debería ser aprobada como se respaldó en la Comisión de Educación. No obstante, todos fueron desestimados por la representación nacional.
Cabe recordar que en septiembre de 2023, el Ministerio de Educación cuestionó una de las bases de la propuesta legislativa, la cual buscaba reponer a 14 mil docentes interinos cesados en 2014 por no haber rendido una evaluación o haber desaprobado la prueba.
“Esta es una norma que beneficiaría a docentes que fueron nombrados interinamente a razón de una ley del año 1984, que permitía el nombramiento temporal a aquellos profesores que no contaban con título pedagógico y les daba un plazo de tiempo para que sacaran el título. Entonces, los que no sacaron el título se quedaron con este nombramiento temporal”, dijo la entonces ministra de Educación Magnet Márquez, a RPP.
En esa línea, en diciembre del 2023, el Minedu observó la autógrafa, siendo uno de sus argumentos el “evitar la discriminación y conflictos innecesarios entre los docentes en Perú al garantizar la igualdad ante la ley en los procesos de evaluación y condiciones de ingreso a la carrera magisterial”. “Esto implica aplicar los mismos estándares para los docentes nombrados interinos y para la totalidad de los profesores titulados dentro del marco de la Carrera Pública Magisterial”, destacaron.
Como se recuerda, la figura de maestros interinos data de 1984 cuando, a causa de la Ley del Profesorado, los docentes sin título pedagógico fueron autorizados a trabajar en las aulas debido a la falta de profesionales en educación. Si bien se solicitó con anterioridad un título pedagógico y presentarse al concurso público, no fue hasta el 2012 que este requisito se convirtió en obligatorio.
La norma brindó plazo de dos años para que los docentes cumplan con el requerimiento para inscribirse en le prueba de ingreso. Sin embargo, “del total de 14.863 profesores interinos, solo se inscribieron 5.315; y, de estos, solo pasaron el examen 546″, detalló Ricardo Cuenca, exministro de Educación a El Comercio.