Respetar los límites de velocidad es clave para mantener la seguridad en las carreteras. No obstante, infringir esta normativa puede generar sanciones económicas significativas, según el exceso registrado.
La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) informó que las multas por exceder los límites de velocidad se encuentran entre S/ 975 y S/ 2.575. Sin embargo, el no pago de estas sanciones puede desencadenar un proceso administrativo de cobranza coactiva.
Este procedimiento puede incluir la retención de cuentas bancarias del titular del vehículo u otras medidas de embargo. Para evitar llegar a esta instancia, la Sutran ofrece a los usuarios la posibilidad de verificar si poseen alguna papeleta por exceso de velocidad.
Para verificar si tienes alguna papeleta por exceso de velocidad, sigue estos simples pasos:
1. Ingresa a este enlace proporcionado por la Sutran.
2. Selecciona entre ingresar el número de acta/papeleta o el de placa del vehículo.
3. Introduce el número correspondiente según tu elección, junto con tu tipo de documento (DNI, RUC o Carné de extranjería), el código de verificación (último número en el DNI) y un código caché.
Si encuentras alguna discrepancia en la información presentada, comunícate con la Sutran a través del correo comunicate@sutran.gob.pe para resolver cualquier inconveniente.
Es importante tener en cuenta que las infracciones por exceso de velocidad (M20) no son susceptibles de descuentos ni de pronto pago debido al riesgo que representan para la seguridad ciudadana, según resalta la Sutran.
Principales sanciones que aplica la Sutran
Además, como parte de su labor de fiscalización y sanción en el ámbito del transporte terrestre, la Sutran aplica diversas sanciones a aquellos que incumplen las normas, con el objetivo de garantizar la seguridad y el orden en las vías. Entre estas sanciones se incluyen:
- Amonestaciones a la empresa.
- Multa al conductor o al peatón.
- Cancelación definitiva del título habitualmente.
- Suspensión de la licencia de conducir.
- Cancelación definitiva de la licencia de conducir e inhabilitación del conductor.
- Suspensión de la concesión, autorización o permiso.
- Inhabilitación para brindar el servicio de transporte.
- Inhabilitación para brindar el servicio de transporte o realizar las actividades vinculadas al transporte.
Costo de las multas por superar los límites establecidos
Tal y como luce estipulado en el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito, el MTC precisó que las multas por exceder los límites de velocidad establecidos por la cartera varían desde los 927 soles hasta los 2 mil 575 soles. De igual manera, el ente especificó que todos los cinemómetros con los que se ejerce la medición de la velocidad poseen un certificado de verificación otorgado por el Instituto Nacional de Calidad (Inacal). Si usted tiene dudas sobre la certeza de la medición, puede acceder al siguiente enlace e identificar el equipo para comprobar la revisión del Inacal: https://www.sutran.gob.pe/certificados-de-verificacion-de-cinemometros/.
¿Quiénes pueden detener mi vehículo?
Según el artículo 324 del Código de Tránsito, los efectivos policiales que se dedican al control del tránsito son los únicos autorizados para imponer papeletas por infracciones detectadas en la vía pública. Esto significa que aquellos policías no asignados específicamente a esta labor no deben intervenir vehículos con el objetivo de detectar infracciones o aplicar medidas preventivas como la retención del vehículo.
La Policía Nacional del Perú (PNP) se divide en diferentes órganos, cada uno con competencias específicas. Por lo tanto, un agente asignado a tareas como seguridad ciudadana, turismo, criminalística, o robo de vehículos, estaría ejerciendo una función que no le corresponde al intervenir en asuntos de tránsito.
Es importante recalcar que los efectivos asignados al control de tránsito son los únicos capacitados para iniciar procedimientos administrativos sancionadores mediante la emisión de papeletas. Esto se basa en disposiciones como el artículo 4 del Decreto Supremo 029-2009-MTC.
Los policías de comisarías y del escuadrón de emergencia pueden intervenir a conductores dentro de operativos coordinados previamente por la División de la Policía de Tránsito. Sin embargo, deben estar documentados y ser comunicados al chofer de manera clara.