Fiscalía afirma que “no existe” prohibición para pedir al PJ levantar el secreto de las comunicaciones de Gustavo Gorriti

A través de un comunicado, el Ministerio Público defendió la carpeta fiscal que se le abrió al periodista y a los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez. “Investigar no implica ‘criminalizar’ a nadie, ni siquiera al investigado”, sostienen

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Gustavo Gorriti, director de IDL-Reporteros
Gustavo Gorriti, director de IDL-Reporteros

El Ministerio Público defendió la investigación preliminar que se le inició al director de IDL-Reporteros, Gustavo Gorriti, y aseguró que no existe alguna “prohibición” para que la Fiscalía no solicite al Poder Judicial levantar el secreto de las comunicaciones del referido periodista de investigación.

“Una cosa es que un periodista tenga derecho a no revelar sus fuentes y otra cosa es que exista una prohibición (que no existe) de que el Ministerio Público requiera información sobre comunicaciones de una persona investigada”, afirmó la institución que dirige Juan Carlos Villena en un comunicado.

El último miércoles 27 de marzo, el fiscal supremo provisional Alcides Chinchay, de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, abrió investigación preliminar contra Gorriti y los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez. Chinchay ya solicitó a los encausados proporcionar los números telefónicos que hayan usado entre 2016 y 2021, y adelantó que requerirá el levantamiento del secreto de las comunicaciones al Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.

Al respecto, el Ministerio Público sostiene que la diferencia entre la revelación de las fuentes y el levantamiento del secreto de las comunicaciones es que esta última es ordenada por un juez, luego de un debate entre el fiscal a cargo y las partes investigadas.

“Revelar fuentes implica un acto voluntario del conocedor de tales fuentes. El levantamiento del secreto de las comunicaciones posee otra naturaleza: no es la voluntad del requerido, sino una resolución judicial; el pedido tiene que pasar por una decisión judicial, previo contradictorio. Quien tomará la decisión es el juez. Y ante la judicatura se expondrán las razones que las partes estimen pertinentes en contra o a favor de dicho requerimiento. Si le asiste la razón a quien exprese que —ni por un acto voluntario del requerido ni por una orden judicial— cierta información no puede ser revelada, el órgano jurisdiccional así lo declarará”, se lee en el comunicado.
Comunicado del Ministerio Público sobre la investigación a Gustavo Gorriti, Rafael Vela y José Domingo Pérez
Comunicado del Ministerio Público sobre la investigación a Gustavo Gorriti, Rafael Vela y José Domingo Pérez

Fiscalía defiende investigación

En el mismo comunicado, el Ministerio Público aseveró que investigar la presunta comisión de un delito es un deber funcional atribuido constitucionalmente a la Fiscalía. “Su omisión —cumplidas las exigencias de la sospecha inicial simple— constituye una conducta indebida, y quien ejercer la labor fiscal no puede no saberlo”, apuntó.

En ese sentido, recordaron que los investigados están protegidos “en todo momento” por el derecho constitucional de la presunción de inocencia. Por ello, consideran que “investigar “no implica ‘criminalizar’ a nadie, ni siquiera al investigado”.

“Solo un juez, tras el debido proceso, puede declarar delincuente a una persona. Tampoco la actividad de investigar comprende un prejuicio, ni una hostilización, ni un intento de recortar derechos, ni favorecer a personas o grupos de personas, ni ningún otro fin espurio”, agregaron.

Tras conocerse la investigación contra Gorriti, el Instituto de Defensa Legal emitió un pronunciamiento en el que denunciaron que la pesquisa iniciada atenta conta el ejercicio del periodismo y que solo se buscaría anular casos emblemáticos como Lava Jato y Los Cuellos Blancos del Puerto, casos que IDL-Reporteros ha documentado en numerosos informes.

En respuesta el Ministerio Público alegó que “los méritos personales no dan derecho a no ser denunciado” y que “nadie tiene derecho a no ser investigado”.

“Las conductas investigadas se refieren a eventuales delitos que se sindican a los denunciados. Lo que interesa a la investigación es averiguar si tales conductas sucedieron o no. Vincular tal investigación con la intención de perjudicar acciones sociales valiosas (como la lucha contra la corrupción o la libertad de prensa) es una mera especulación que no ofrece ningún fundamento, y solo tiene origen en el comprensible desagrado ante la investigación”, se lee en comunicado de la entidad.
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