La Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria (Sunat) anunció que el formulario virtual 710, documento esencial para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable 2023, se encontrará disponible el cronograma final a partir de este martes 26 de marzo.
Este calendario está dirigido a las empresas que operan bajo el Régimen General y el Régimen Mype Tributario (RMT), siempre y cuando hayan registrado ingresos anuales superiores a 1.700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
El plazo para la presentación de esta declaración se extenderá hasta el 11 de abril del presente año, tomando en cuenta el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
¿Quiénes tienen que presentar su declaración de renta?
Los que están obligados a presentar su declaración son quienes hayan obtenido ingresos o pérdidas de Tercera Categoría durante el año 2023 bajo el Régimen General y/o el Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta tienen la obligación de presentar su declaración correspondiente.
Es necesario presentar la declaración aquellas personas o entidades que hayan generado ingresos de Tercera Categoría y hayan realizado operaciones sujetas al Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), siempre y cuando el pago de más del 15% de sus obligaciones no haya sido realizado en efectivo o mediante otros medios de pago. Además:
- Sus ingresos netos superen los 1.700 soles en UIT
- Gocen de algún beneficio tributario.
- Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria.
- Estén obligados a presentar la declaración jurada anual informativa Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por País.
- Estén obligados a presentar el Balance de Comprobación.
- Pertenezcan al sistema financiero.
- Hayan presentado el anexo a que se refiere el artículo 12° del Reglamento del ITAN, aprobado por Decreto Supremo N.º 025-2005-EF, mediante el cual se ejerce la opción de acreditar los pagos a cuenta del Impuesto contra las cuotas del ITAN.
- Hayan intervenido como adquirentes en una reorganización de sociedades.
- Deduzcan gastos en vehículos automotores asignados a actividades de dirección, representación y administración, de conformidad con lo dispuesto en el inciso w) del artículo 37° de la Ley.
- Hayan realizado operaciones gravadas con el ITF, conforme a lo previsto en el inciso g) del artículo 9° de la Ley del ITF.
- Deduzcan los créditos por Impuesto abonado por la distribución de dividendos o utilidades, de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del artículo 88 de la Ley.
Estas son las fechas de pagos
Las empresas deben usar el Formulario Virtual N.° 710 para la Declaración Anual de Renta 2023. Este formulario está disponible en SUNAT Virtual desde el 2 de enero de 2024.
El plazo para la presentación se extiende hasta el 11 de abril de 2024, considerando el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del contribuyente, de acuerdo con lo siguiente:
- 0: 26 de marzo de 2024
- 1: 27 de marzo de 2024
- 2: 1 de abril de 2024
- 3: 2 de abril de 2024
- 4: 3 de abril de 2024
- 5: 4 de abril de 2024
- 6: 5 de abril de 2024
- 7: 8 de abril de 2024
- 8: 9 de abril de 2024
- 9: 10 de abril de 2024
- Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC: 11 de abril de 2024
En el caso de personas naturales
El formulario virtual 709 es clave para la Declaración Jurada Anual de Renta 2023 de las personas naturales que estará disponible a partir del lunes 13 de mayo. Esto hará que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias de manera más eficiente y simple.
De acuerdo con lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 000026-2024/SUNAT, publicada en el diario oficial El Peruano. También estará disponible en la aplicación móvil “Personas” de Sunat, facilitando el proceso para aquellos que prefieren realizar trámites tributarios desde sus dispositivos móviles.
Además, la resolución señala que la información del archivo personalizado de las personas naturales, referente a rentas, gastos, retenciones y pagos del Impuesto a la Renta y del ITF, que la Sunat proporciona para simplificar la declaración, estará actualizada excepcionalmente hasta el 30 de abril de este 2024.