En cuatro armadas: así será el retiro AFP de hasta 4 UIT, según texto aprobado por la Comisión de Economía

Infobae Perú accedió al texto sustitutorio oficial aprobado en la Comisión de Economía sobre la séptima liberación de fondos de hasta S/20.600. Conoce las condiciones que deben ser refrendadas en el Pleno.

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Retiro AFP es sin restricción para los afiliados. Conoce el detalle de cómo sería el desembolso. Foto: composición Infobae Perú
Retiro AFP es sin restricción para los afiliados. Conoce el detalle de cómo sería el desembolso. Foto: composición Infobae Perú

La Comisión de Economía del Congreso de la República dio luz verde a un séptimo retiro de fondos de AFP, que permite a los afiliados acceder a un máximo de 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/20.600. La decisión, tomada ayer lunes 25 de marzo con 17 votos a favor, 3 en contra y ninguna abstención, se aplica sin restricciones ni excepciones a un grueso de 9 millones adscritos. Sin embargo, esta medida aún debe ser agendada en el Pleno del Legislativo para su posible aprobación final.

Este séptimo retiro AFP dictaminado marca una diferencia respecto a la propuesta inicial del referido grupo de trabajo que limitaba la liberación de fondos solo a desempleados que no registrasen aportes por seis meses consecutivos hasta noviembre de 2023.

Se reanudó la sesión en la Comisión de Economía. | Congreso

Retiro AFP: fecha posible de ser agendado en el Pleno

La sesión que vio la aprobación de este dictamen inició a las 11:00 a.m. y concluyó aproximadamente a las 2:00 p.m., donde se discutió inicialmente una reforma integral de pensiones propuesta por el presidente de la Comisión, César Revilla (Fuerza Popular), pero se optó por votar de manera separada sobre el retiro de fondos de AFP a solicitud del congresista Germán Tacuri, quien presentó una cuestión previa.

A pesar de la urgencia expresada por algunos miembros del Congreso, como José Luna (Podemos), quien aseguró la intención de priorizar el debate de este dictamen en el Pleno para la presente semana, Revilla advirtió sobre los procedimientos administrativos que retrasarían su discusión hasta, posiblemente, la última semana de abril o la primera de mayo.

“Los colegas no son conscientes de cómo se debe enrumbar este tipo de dictámenes. Yo supongo que debe entrar al Pleno la última semana de abril o primera semana de mayo”, proyectó a El Comercio.

17 congresistas votaron a favor y solo tres, en contra. Los que se opusieron fueron: Alejandro Cavero, Adriana Tudela y Jorge Montoya. Foto: composición Infobae Perú/Felix Arias
17 congresistas votaron a favor y solo tres, en contra. Los que se opusieron fueron: Alejandro Cavero, Adriana Tudela y Jorge Montoya. Foto: composición Infobae Perú/Felix Arias

Retiro AFP: ¿cómo sería la devolución de fondos?

La Comisión de Economía aprobó un texto sustitutorio, al que accedió Infobae Perú, que autoriza el séptimo retiro de fondos de las AFP y que aplica para todos los aportantes. De acuerdo al documento refrendado por la secretaria técnica de la comisión, el desembolso de los ahorros será en cuatro armadas, cada una de hasta S/5.150, así hasta alcanzar los S/20.600.

  • Los afiliados ingresarán sus solicitudes de manera física o virtual dentro de los 90 días calendario posteriores a la publicación y vigencia del reglamento de la presente ley.
  • Se abona un monto de hasta 1 UIT cada 30 días calendario, realizándose el primer desembolso a los 30 días de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado
  • En caso que el afiliado desista de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización podrá solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones 10 días antes del siguiente desembolso.
Texto sustitutorio sobre retiro AFP. Foto: Aarón Ramos/Infobae Perú
Texto sustitutorio sobre retiro AFP. Foto: Aarón Ramos/Infobae Perú

Las condiciones del retiro AFP aprobadas en dictamen

Intangibilidad de fondos

El retiro de los fondos a que se refiere la presente ley mantiene la condición de intangible no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados. No se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.

La reglamentación

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) determina mediante reglamento el procedimiento operativo en un plazo que no excederá de 15 días calendario de publicada la ley, bajo responsabilidad de su titular.

Comisión de Economía mandó a cuarto intermedio para que los congresistas redacten fórmula del nuevo retiro AFP sin condicionamientos. Foto: Elías Varas
Comisión de Economía mandó a cuarto intermedio para que los congresistas redacten fórmula del nuevo retiro AFP sin condicionamientos. Foto: Elías Varas

Retiro AFP: la postura del ministro de Economía tras aprobación del dictamen

El titular del Ministerio de Economía y Finanzas se mostró cauto ante la prensa, tras conocer la aprobación del retiro AFP en la Comisión del Congreso. Aseguró que no puede adelantar ninguna acción que como Poder Ejecutivo pueden adoptar. Recordemos que de ser aprobado en el Pleno del Congreso, el Gobierno tiene la prerrogativa de dar luz verde u observar el texto sustitutorio, aunque al final el Parlamento podría aprobarlo por insistencia.

“Recién se ha aprobado en la Comisión de Economía. Se evaluará con ellos todas las potenciales consecuencias que podría tener esta decisión. No podría adelantar ahora que acciones se podría tomar, porque la decisión no está en manos del Ejecutivo, sino del legislativo”, declaró el ministro a la prensa.
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