El Consejo de la Prensa Peruana (CPP) emitió un pronunciamiento en contra de la iniciativa presentada por el cuestionado Luis Cordero Jon Tay (Acción Popular). A través de un comunicado, el gremio consideró que la propuesta “supone una mordaza encubierta al tipificar el delito de difusión de información del proceso de colaboración eficaz”.
El gremio explicó que la medida “busca evitar que información de interés público –comprendida en un proceso de investigación vía colaboración eficaz– llegue a la ciudadanía”, por lo que, en caso de publicarse data sobre un determinado proceso a los medios de comunicación, el fiscal a cargo podría afrontar cargos administrativos y penales, incluso si no es quien los transmite. “Lo mismo podría suceder con quien esté comprendido en una investigación y comparta la información a un periodista”, mencionaron.
En ese sentido, el CPP señaló que, de aprobarse, el principal perjudicado será el ciudadano, quien, a través de la prensa, no podrá enterarse de vital información de interés público que comprende a funcionarios públicos.
“La iniciativa busca, además, que las publicaciones periodísticas carezcan de valor probatorio. A todas luces un absurdo, pues la prensa en repetidas ocasiones ha hecho destapes que han sido determinantes para desentrañar corruptelas en el poder, como los vladivideos en el año 2000″, detallaron e invocaron que el proyecto sea archivado.
¿Qué menciona el proyecto de ley?
La iniciativa formulada por Cordero Jon Tay propone la modificación de cuatro de los artículos del Nuevo Código Procesal Penal. En ellos, se plantea que “el Fiscal a cargo del proceso especial de colaboración eficaz garantiza la plena vigencia del principio de reserva, siendo responsable por cualquier filtración que se realice durante la tramitación del mismo, tales como la identidad y la declaración del colaborador o de cualquier otra información proporcionada en el marco de este proceso”.
En ese sentido, mencionan que, de constatar estos casos se deberá “iniciar de oficio el procedimiento disciplinario correspondiente, sin perjuicio, de las responsabilidades administrativas y penales en las que incurra él o los servidores civiles a su cargo”.
También se ha consignado un apartado que afecta al artículo 473 del Nuevo Código Procesal Penal, en el que se plantea el procedimiento a seguir durante la fase de corroboración de lo denunciado por los colaboradores eficaces. En ella, se detalla que los fiscales que investigan los casos tienen prohibido corroborar lo que dice un colaborador eficaz con otro.
“Está prohibido corroborar la declaración de un aspirante a colaboración eficaz con declaraciones de otros aspirantes a colaboradores eficaces”, detalla la propuesta del congresista de AP. Asimismo, se ha planteado la posibilidad de denunciar a los colaboradores eficaces por calumnia, en caso se demuestre la inocencia de quien fue involucrado por este.
Cabe mencionar que dicha iniciativa ha sido presentada en un contexto en el que se han develado declaraciones de interés público, ya que implica a distintas autoridades. Por ejemplo, el testimonio de Jaime Villanueva, exasesor de confianza de la suspendida fiscal de la Nación, quien ante el EFICCOP y el despacho de la Fiscal Suprema Delia Espinoza, mencionó al menos a 14 congresistas, que, incluso, buscan denunciar constitucionalmente a quien los investiga, a fin de salir impunes.
Tan es así que el mismo titular del Poder Legislativo, Alejandro Soto, se ha enfrentado a la fiscal Espinoza y adelantó que impedirá eventuales allanamientos en el marco de las investigaciones que alcanzan a representantes de la patria.
“Como presidente, garantizaré la seguridad de las instalaciones”, detalló a través de su cuenta oficial de X (antes Twitter).
Ello, en respuesta a una publicación del parlamentario Edgar Tello, quien sostuvo que las diligencias mencionadas se darán “en las próximas semanas, motivado aparentemente por la fiscal Delia Espinoza”.