Este jueves 21 de marzo, el Congreso de la República promulgó por insistencia la ley que realiza diversas modificaciones al proceso especial de colaboración eficaz, cambios que, en la práctica, debilitan esta herramienta para la lucha contra la corrupción.
Dicha modificación ha recibido críticas de varias entidades gubernamentales, incluyendo la Fiscalía de la Nación, el Poder Judicial, la Procuraduría General del Estado, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que advirtieron sobre su inviabilidad en la lucha contra la corrupción.
Según los informes remitidos al Parlamento por estas instituciones, la reforma establece un plazo fijo de 8 meses, ampliable bajo ciertas condiciones, para que la Fiscalía acepte la solicitud del colaborador eficaz, realice las corroboraciones pertinentes y establezca un acuerdo de beneficios. Esta imposición de plazos ha sido criticada por no considerar la complejidad y duración variable de las investigaciones, especialmente en casos de crimen organizado que podrían extenderse hasta 3 años.
Estos organismos han enfatizado que el tiempo para realizar verificaciones debe depender de la amplitud de la información aportada por el colaborador y no de plazos preestablecidos.
La Fiscalía de la Nación fue la primera en expresar su oposición, argumentando que establecer un plazo fijo podría obstaculizar el desarrollo de las etapas necesarias para la colaboración eficaz, una herramienta esencial en la persecución de delitos complejos. La Procuraduría General del Estado, por su parte, sostiene que dicha limitación temporal contradice jurisprudencia de la Corte Suprema y sentencias del Tribunal Constitucional, afectando negativamente la efectividad de la defensa del Estado.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Defensoría del Pueblo también se sumaron a las críticas, enfatizando la importancia de mantener la flexibilidad en los plazos para adaptarse a la complejidad de cada caso.
Sin embargo, el Congreso no hizo caso a los informes de las instituciones que intervienen en el Sistema de Justicia, así como las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo, y aprobó por insistencia el proyecto de ley que debilita la colaboración eficaz.
¿Qué pasará con las colaboraciones eficaces en trámite?
La segunda disposición complementaria final de la Ley 31990 establece que a los procesos de colaboración eficaz en trámite deberán acoplarse a dicha norma. El plazo de 8 meses empezará a computarse al día siguiente de que empiece a regir la disposición legal.
Debido a que la Ley que debilita la colaboración eficaz fue publicada este jueves 21 de marzo en el Diario Oficial El Peruano, el nuevo plazo entrará en vigencia a partir de este viernes 22. Cabe la posibilidad de que procesos no puedan concretarse en el nuevo plazo establecido.
Por ejemplo, en junio de 2023, la procuradora ad hoc del caso Lava Jato, Silvana Carrión, advirtió que un total de 54 procesos de colaboración eficaz se verán perjudicados con la nueva norma. Esto únicamente en los procesos relacionados a las coimas de Odebrecht y otras empresas brasileñas.
Hay otras colaboraciones eficaces en casos como el de la presunta organización criminal que lideraría el expresidente Pedro Castillo, el caso Los Intocables de la Corrupción que involucra a Martín Vizcarra o el emblemático caso Los Cuellos Blancos del Puerto.