SBS: Cooperativas de ahorro y crédito seguirán sin protección para depósitos hasta el 2025

La Superintendencia de Banca y Seguros y AFP dictó nuevas normas que cambian el panoraa para las cooperativas de ahorro y crédito (coopac). ¿Qué ha pasado con el Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo?

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El Fondo Seguro de Depósitos
El Fondo Seguro de Depósitos Cooperativo aún estará operativo en 2025, según la SBS. - Crédito Composición Infobae/Andina/rangizzz-Fotolia

Desde el 2019, la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP obtuvo la competencia para supervisar a las cooperativas de ahorro y crédito (coopac), entidades financieras que captaban dinero, pero con poca fiscalización de sus operaciones. Así, la superintendencia, tras esta medida, ha ido interviniendo y cerrando diferentes cooperativas al encontrar no solo inactividad, sino también pérdida de capital social y otros diversos motivos.

Como se sabe, los depósitos en estas entidades aún se consideran riesgosos, por eso ofrecen mayores tasas de interés para el retorno de los ahorros. Esto se debe a que, a diferencia de bancos, cajas y financieras, estas no está protegidas por el Fondo de Seguro de Depósitos (FDS). En su caso, estas tienen un fondo para cooperativas, pero que aún no se encuentra operativo.

Así, se esperaba que el Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC) estuviera ya vigente desde julio de este 2024, pero según una nueva medida de la SBS, este todavía estaría funcionando para algunas cooperativas a partir de enero de 2025. ¿A qué se debe?

SBS continúa tomando medidas de
SBS continúa tomando medidas de disolución contra cooperativas de ahorro y crédito por diferentes causales como inactividad o pérdida de capital. - Crédito Andina

SBS: Fondo de seguro de depósitos para cooperativas está vigente en 2025

Recientemente, la SBS ha publicado diversas normas que cambian el panorama para las cooperativas de ahorro y crédito en Perú. En este contexto, anunció que a partir de enero del 2025 se iniciará la cobertura del Fondo Seguro de Depósito Cooperativo (FSDC) para aquellas cooperativas de ahorro y crédito que hayan cumplido con el pago de las 24 primas a dicho fondo, lo que se estipulo mediante la Resolución SBS N.°00925-2024.

A pesar de esto, ahora también habrán menos requisitos para acceder acceder a la cobertura que asegura este fondo: la superintendencia modificó el reglamento del FSDC (validado en la resolución SBS N.°5061-2018 y sus modificatorias) para que solo sea necesario requerir a la entidad que haya cumplido con el pago de las primas. Así, se eliminar el requisito de que la coopac se encuentre al día en la presentación de sus estados financieros ante la SBS.

¿Cuánto protegerá el Fondo Seguro de Depósito Cooperativo a los usuarios?

Una vez que este operando, el Fondo Seguro de Depósito Cooperativo, exlusivo del sistema de coopacs, asegurará los depósitos de los socios por un monto máximo, incluyendo interereses, con respecto al nivel de la entidad:

  • Comenzará cubriendo hasta S/5 mil para las coopac de nivel 1 y nivel 2 con activos totales menores o iguales a 32 mil 200 UIT.
  • Cubrirá hasta S/10 mil para las coopac de nivel 3 y nivel 2 con activos totales mayores a 32 mil 200 UIT.
El Fondo de Seguro de
El Fondo de Seguro de Depósito Cooperativo protegerá por un máximo de S/10 mil. - Crédito Composición Infobae/Andina

Así, “el pago de la prima se hace trimestralmente, hasta el último día hábil del mes siguiente a la expiración de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre, en la forma que se determine en el Reglamento que expida el Consejo de Administración del FSDC. El pago de la prima se realiza necesariamente en la misma moneda del depósito objeto de cobertura”.

Sin embargo, también se dispuso, según la Ley N.°30822, que, a partir del 1 de enero de 2025, las cooperativas deben suministrar información relevante a la Central de Riesgos.

Así informarán ahora las cooperativas a la SBS

Asimismo, también la SBS ha modificado el Procedimiento Operativo para el Cálculo y Pago de las Primas al Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (aprobado por Resolución SBS N° 494-2020),

A consecuencia, la entrega del Control de Depósitos para Coopac de Niveles 1, 2 y 3 deberá hacerse mensualente (dentro de los veinte días calendario posteriores al cierre del mes respectivo); mientras que la presentación de la Hoja de Control de Pago de Primas al Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo para Coopac de Niveles 1, 2 y 3 se realizará trimestralmente (dentro de los veinte días calendario posteriores al cierre del trimestre respectivo).

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