Exhortan a Dina Boluarte a observar iniciativa del Congreso que podría afectar acceso al aborto terapéutico

Con 87 votos a favor, 18 en contra y 7 abstenciones, el Congreso de la República aprobó el Proyecto de Ley N.º 1520, que fue criticado por especialistas por una posible interferencia con el derecho al aborto terapéutico

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Organizaciones han compartido su preocupación por lo que esto podría significar para las menores de edad víctimas de violación. - Crédito: composición LR
Organizaciones han compartido su preocupación por lo que esto podría significar para las menores de edad víctimas de violación. - Crédito: composición LR

El último jueves 14 de marzo, en el pleno del Congreso, se aprobó el Proyecto de Ley N.º 1520, iniciativa de la legisladora de Fuerza Popular Rosángella Barbarán, con 87 votos a favor, 18 en contra y 7 abstenciones. La finalidad de la propuesta es “proteger el embarazo, de la madre gestante, del niño por nacer y de su entorno familiar”, una postura que ha recibido el rechazo de la ciudadanía y otras organizaciones por lo que supone para el acceso al aborto terapéutico.

¿En qué consiste el Proyecto de Ley N.° 1520?

El Proyecto de Ley N.° 1520, el cual fue incluso exonerado de segunda votación en el Pleno, establece la protección del embarazo de la madre gestante antes, durante y después del parto; así como la del niño por nacer y la de su entorno familiar. Todo ello es planteado como “derecho fundamental que el Estado y la sociedad tienen el deber de proteger y salvaguardar”.

El aborto terapéutico se legalizó en el Perú en 1924. - Crédito: Educo/Voces Feministas
El aborto terapéutico se legalizó en el Perú en 1924. - Crédito: Educo/Voces Feministas
“Todo niño tiene derecho a nacer y que ello ocurra en un entorno sano, digno y seguro, así como que se le reconozcan todos los derechos inherentes a su condición para garantizar su bienestar”, señala el documento.

La iniciativa, dentro del primer punto, apunta que “sus disposiciones no se contraponen ni colisionan con lo dispuesto en el artículo 119 del Código Penal, respecto al aborto terapéutico”; no obstante, diferentes entes han alzado su voz de protesta por lo que podría significar en la práctica.

A su turno, la Defensoría del Pueblo, de acuerdo a Wayka, mandó un oficio previo a la aprobación del PL a fin de informar que la denominación empleada, correspondiente a ‘niño por nacer’, era incorrecta, ya que coloca en la misma línea a definiciones que no lo son, como fue el caso de ‘concebido’ con ‘niño’.

En Cajamarca, el padre de la menor denunció a la psicóloga del CEM San Marcos por maltratos contra su hija. - Crédito: Andina/Clarín
En Cajamarca, el padre de la menor denunció a la psicóloga del CEM San Marcos por maltratos contra su hija. - Crédito: Andina/Clarín
“No es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal, si lo tuviere, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente”, indica el artículo 119 del Código Penal.

Iniciativa pondría en riesgo el acceso al aborto terapéutico

Diversos especialistas se han pronunciado en contra del proyecto de ley cuando este fue presentando en la Comisión Mujer y Familia. Sin embargo, su aprobación en el pleno del Congreso ha vuelto a poner en agenda el riesgo que representa para las mujeres, adolescentes y niñas que deseen acceder al aborto terapéutico.

De acuerdo a la organización feminista Demus, la iniciativa impulsada por Rosangella Barbarán —pese a lo establecido en su primer artículo— intenta que cualquier embarazo llegue a término sin tomar en cuenta a las víctimas de violencia sexual menores de edad, al atentar contra su salud e, incluso, sus vidas.

Cifra reportada por el Minsa a un pedido de información presentado por Católicas por el Derecho a Decidir (CDD Perú).|Foto: Salud con Lupa
Cifra reportada por el Minsa a un pedido de información presentado por Católicas por el Derecho a Decidir (CDD Perú).|Foto: Salud con Lupa
“En el texto indica que no interfiere con el derecho al aborto terapéutico. Sin embargo, se contradice al señalar que tanto el Estado como la sociedad, principalmente personal de salud, están obligados a proteger al niño por nacer”, explica mediante su cuenta oficia de Twitter.

En otro momento, se hizo especial énfasis en que este tipo de medidas solo incrementan las brechas sociales, que excluyen a quienes no pueden acceder a un aborto seguro, situación que solo aumenta el estigma y criminalización contra el derecho a decidir.

Piden que el Gobierno de Dina Boluarte observe la iniciativa

El aborto terapéutico se legalizó en el Perú en 1924. - Crédito: Manuela Ramos
El aborto terapéutico se legalizó en el Perú en 1924. - Crédito: Manuela Ramos

Finalmente, el Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex) rechazó lo ejecutado por el Congreso en torno al PL 1520, por considerar que desprotege a miles de mujeres, adolescentes y niñas víctimas de violencia sexual y embarazos no deseados.

“Exhortamos a la presidenta de la República a observar la autógrafa del Proyecto de Ley e instamos al Poder Legislativo a cumplir con las obligaciones internacionales que el Perú ha asumido en materia de derechos humanos. Asimismo, invitamos a la ciudadanía a estar alerta y defender el acceso al aborto terapéutico, legal en el Perú desde 1924″, señaló en su cuenta de Twitter.

La organización también advirtió que la propuesta colisiona con “el derecho de las mujeres a acceder al aborto terapéutico al introducir el término de ‘niño por nacer’ y equipararlo al del ‘concebido’”.

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