El Congreso de la República rechazó el pedido de reconsideración hacia la aprobación por insistencia de una ley que altera significativamente el panorama de los procesos de colaboración eficaz en el país. Esta medida se encuentra ahora a la espera de su promulgación, generando un amplio espectro de reacciones adversas de diferentes sectores de la justicia y del mismo Gobierno.
Cabe recordar que, en diciembre, este estatuto se aprobó por insistencia, pero su ratificación estuvo en pausa temporalmente tras la reconsideración propuesta por los legisladores Ruth Luque y Roberto Sánchez de Cambio Democrático - Juntos por el Perú. Durante el último pleno, la propuesta de reconsideración fue denegada con 83 votos en contra, 19 a favor y seis abstenciones.
La ley establece un plazo limitado de ocho meses para que un individuo pueda acceder al estatus de colaborador eficaz, con posibilidad de extenderse a un máximo de 16 meses para casos relacionados con crimen organizado.
Este acotamiento del tiempo ha sido duramente criticado por actores clave del sistema de justicia, tales como el Ministerio Público, la Procuraduría y especialistas en derecho. Argumentan que la implementación de dichos plazos propicia un entorno favorable para la impunidad, desincentivando la colaboración eficaz que es vital para desmantelar redes de corrupción y crimen organizado, al limitar el tiempo disponible para llevar a cabo investigaciones complejas.
Además, la ley impone a los fiscales la obligación de grabar las declaraciones de los colaboradores, poniendo en riesgo la protección de su identidad, y les exige firmar un preacuerdo sobre los beneficios para el colaborador antes de que su información pueda ser corroborada.
“Este nuevo plazo fecunda la impunidad,” mencionaron fuentes críticas al cambio legislativo, subrayando cómo estas modificaciones podrían erosionar la eficacia del sistema de colaboración eficaz. Las reacciones no se han hecho esperar, con expertos legales como el abogado penalista Andy Carrión, describiendo el plazo de 16 meses para crímenes de organización como “poco tiempo” dada la “complejidad de materializar la colaboración eficaz”, según expresó en una entrevista para Canal N.
“Prácticamente, hace inoperativa la aplicación de este mecanismo,” señaló Yván Montoya, otro reconocido jurista, en una declaración para el diario Perú 21, aludiendo directamente a las implicaciones que la entrada en vigor de esta ley podría tener sobre los esfuerzos anticorrupción y contra el crimen organizado en el país.
La colaboración eficaz se refiere a aquellos individuos involucrados en redes criminales que deciden admitir su participación y proporcionar información valiosa a cambio de beneficios en su sentencia. La nueva ley aplica tanto para casos futuros como para los que ya se encuentran en proceso
Presentarán demanda inconstitucional
En tanto, el abogado constitucionalista Alejandro Rospigliosi destacó la posibilidad de presentar una demanda de inconstitucionalidad contra la ley por parte del Ministerio Público o el Poder Judicial, según reveló El Comercio. A la fecha de esta publicación, no ha habido un pronunciamiento oficial por parte de la Fiscalía de la Nación, aunque una fuente anónima indicó, al medio impreso, que el fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, podría evaluar la situación a su regreso al país.
¿Interés por debilitar colaboración eficaz?
Diversas bancadas que votaron en contra de la reconsideración tienen líderes implicados en investigaciones donde la colaboración eficaz ha jugado un papel crucial. La Procuraduría General del Estado había pedido a la presidenta Dina Boluarte que observara el proyecto de ley por los riesgos que representaba para la eficacia de este mecanismo judicial.
Desde el Ejecutivo, se criticó el plazo de ocho meses por considerarse insuficiente dada la complejidad de los delitos que podrían beneficiarse de la colaboración eficaz. El fiscal coordinador contra el crimen organizado, Jorge Chávez Cotrina, manifestó su preocupación por las limitaciones que este plazo impone en las investigaciones.