Ley del Servicio Civil podría desaparecer si Congreso aprueba proyecto de Waldemar Cerrón

De acuerdo con el parlamentario de Perú Libre, esta norma estaría violentando la Constitución Política del Perú, como en el caso de la libertad sindical

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Waldemar Cerrón es actualmente segundo vicepresidente del Congreso  - crédito archivo Infobae
Waldemar Cerrón es actualmente segundo vicepresidente del Congreso - crédito archivo Infobae

El congresista de Perú Libre, Waldemar Cerrón, ha presentado el proyecto de ley 7267-2023-CR. De esta manera, se busca derogar la Ley 30057, Ley del Servicio Civil para “garantizar la protección de los derechos laborales adquiridos y reconocidos a favor de los trabajadores estatales”.

Como coautores aparecen sus compañeros de bancada, Margot Palacios, Segundo Montalvo, Isaac Mita, Américo Gonza y Flavio Cruz.

De acuerdo con la propuesta de Cerrón, la Ley del Servicio Civil, que fue publicada el 4 de julio del 2023 en el diario oficial El Peruano, no estaría cumpliendo con la finalidad para la cual fue hecha.

La Ley del Servicio Civil se encuentra vigente desde el 2013 - crédito Andina
La Ley del Servicio Civil se encuentra vigente desde el 2013 - crédito Andina

“Por el contrario, se pretende ejecutar la desvinculación laboral, esto es, realizar despidos masivos bajo el manto escondido del término desvinculación del servidor público, contrario a lo establecido en nuestra Constitución Política del Estado”, señala.

El parlamentario de Perú Libre fundamenta que la Ley de Servicio Civil limita el ejercicio de los derechos constitucionales según el artículo 23, 26 y 27 de la Constitución Política del Perú

Presunta inconstitucionalidad

El congresista asevera que en esta ley hay diversos artículos que son inconstitucionales por ser “incompatible con nuestra norma fundamental y por ser violatoria de diversos tratados internacionales ratificados por Perú”.

Según Waldemar, se estaría afectando el derecho a la libertad sindical - crédito Andina
Según Waldemar, se estaría afectando el derecho a la libertad sindical - crédito Andina

En ese sentido, indica que se estarían afectando los derechos a la negociación colectiva, a la huelga, igualdad y no discriminación, y la garantía de carrera administrativa.

Sobre la libertad sindical, afirma que se estaría restringiendo o prohibiendo la negociación de condiciones económicas en diferentes instituciones públicas del país.

“Podemos indicar que este hecho estaría afectando el derecho al diálogo social que se había ganado en el transcurso del tiempo. (Esto) no permitiría el uso consensual de la democracia en el Perú, ingresando con ello a un estado de dictatorial, lo cual vulnera los derechos amparados en nuestra carta magna”, dice el texto.

La Ley del Servicio Civil se encuentra vigente en el Perú desde el 2013  - crédito Andina
La Ley del Servicio Civil se encuentra vigente en el Perú desde el 2013 - crédito Andina

“Mediante las negociaciones colectivas se han podido lograr mejores condiciones económicas y de trabajo a favor de los trabajadores en el sector público, con ello podemos advertir que se estaría restringiendo derechos legalmente reconocidos en nuestro estado, así como derechos reconocidos a nivel internacional como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) quien se encarga de desarrollar y supervisar el uso de las normas internacionales que se convierten en convenciones y recomendaciones”, también argumenta Cerrón.

Finalmente, se establece que esta propuesta no genera gasto público ni contraviene el principio de equilibrio presupuestario en el Estado.

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¿Qué propone modificar?

En la quinta sección del proyecto de ley, propone modificar o derogar las “regulaciones regresivas”. Por ello, sostiene que se debe:

  • Respetar el derecho precedente de haber ganado una plaza en la administración pública a fin de que se les reubique de puesto sin tener que someterse a concurso de méritos alguno, el puesto que ya viene prestando servicios. Lo propio respecto de su foja o tiempo de servicios prestado hasta el momento de ganar o pasar a ocupar un puesto en caso de que lo opte voluntariamente.
  • Mantenerse en un régimen de origen sin menoscabo alguno de sus derechos y beneficios de ley, en caso opte por mantenerse en él, o no obtenga un puesto (plaza) mediante concurso público de méritos.
  • Que las evaluaciones de desempeño sirvan para el crecimiento y preservación del capital humano que brida servicio público, desterrándose la arbitrariedad, la subjetividad y otras discrecionalidades que son moneda común en la administración publica en materia laboral, sobre todo a que se derogue los temas de evaluación de desempeño como causales de término del servicio civil. Los casos de inconductas por naturaleza disciplinaria deben ser los únicos mecanismos que den lugar a la terminación del servicio civil.
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