La Prestación Económica de Sepelio proporcionada por el Seguro Integral de Salud (SIS) es un beneficio económico destinado a cubrir los gastos del servicio funerario. Este subsidio se entrega con el objetivo de aliviar la carga financiera que representa la pérdida de un ser querido.
Entre los servicios cubiertos se encuentran el ataúd, la capilla ardiente, la mortaja, el derecho de cremación (solo si ha sido autorizado por el familiar), el nicho, y el traslado del difunto y, de esa forma, se asegura la cobertura en los aspectos esenciales.
Por su parte, no se puede solicitar la prestación en casos de intervenciones quirúrgicas estéticas, fallecimientos fuera del país no referidos por el SIS, suplantación de identidad, y cuando el reembolso corresponde ser cubierto por otros seguros como el SOAT.
¿Quiénes pueden solicitar esta prestación económica?
- Quienes hayan sido nombrados como beneficiarios durante su registro en el Seguro Integral de Salud (SIS).
- Pertenecer al círculo familiar hasta el cuarto grado por consanguinidad o tercer grado por afinidad, en ausencia de un registrado oficialmente. En este caso, es necesario firmar el anexo 3 (AQUÍ).
- De manera excepcional, aquel individuo que demuestre haber incurrido en los gastos del funeral, mediante la presentación del anexo 4 (AQUÍ)
- Ser el progenitor del infante fallecido, ya sea recién nacido o no nacido.
¿Cuánto es el subsidio para la familia?
Esto aplica para los planes SIS Gratuito, SIS Independiente, SIS Emprendedor, SIS para todos y SIS Microempresas del Seguro Integral de Salud (SIS).
- Óbito o natimuerto (más de 28 semanas de gestación): S/ 350.00.
- Recién nacido fallecido (menor de 29 días): S/ 350.00.
- Fallecido entre 29 días y menor de 12 años: S/ 700.00.
- Fallecido de 12 años en adelante: S/ 1,000.00.
¿Cuáles son los requisitos?
- Anexo 1: Completa y firma la solicitud de reembolso por el sepelio como beneficiario (AQUÍ).
- Recibo original de los servicios funerarios, cancelado y a nombre del beneficiario.
- Copia certificada del acta de defunción de Reniec.
- Duplicado del certificado de defunción.
- Elabora una declaración jurada detallando los gastos del sepelio.
- En caso de cremación, adjunta la autorización correspondiente.
- Si no fuiste previamente designado beneficiario, presenta el Anexo 3, con la declaración de un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercer grado de afinidad (AQUÍ).
- Para gastos en áreas rurales, entrega el Anexo 2 con los detalles de los servicios adquiridos.
¿Cuál es el procedimiento para registrarme?
Acércate a la oficina
Dirígete a uno de los centros de salud señalados a continuación, en un plazo no mayor a 60 días calendario después del deceso del beneficiario:
- En el establecimiento donde ocurrió el fallecimiento.
- El centro de salud más próximo al lugar del deceso.
- El sitio de salud más cercano a la última residencia conocida del fallecido.
- La institución de salud donde el difunto estaba registrado.
- El centro médico más cercano al punto de origen del difunto.
Si el beneficiario fallece en un centro de salud diferente al de su inscripción y su cuerpo es llevado a su hogar, se debe efectuar la solicitud en el centro de salud donde se registró originalmente o en el más próximo a su última dirección de residencia.
Presenta tus documentos
Presenta la documentación requerida en el centro médico donde será revisada. Si se detectan discrepancias, se anotarán en un informe que recibirás. Dispondrás de un máximo de dos días laborables para subsanar los errores. Si no se corrigen en este periodo, tu solicitud será rechazada.
Verifica tu trámite
Es posible monitorear el avance de tu solicitud por internet, utilizando la información del beneficiario y del solicitante.
Cobra
Una vez que el reembolso se encuentre listo, dispones de un plazo de nueve meses desde su emisión para retirarlo. Dicha operación se puede realizar en cualquiera de las sucursales del Banco de la Nación.