Retiro AFP: ¿cómo acceder a tu fondo de pensiones con estas tres opciones y qué requisitos piden?

Conoce las diferentes modalidades que permiten a un afiliado acceder al retiro de sus ahorros en su cuenta individual de capitalización del Sistema Privado de Pensiones.

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En el Congreso se volverán
En el Congreso se volverán a debatir proyectos de retiro AFP. Comisión de Economía liderará discusión. Foto: Difusión

En la Comisión de Economía del Congreso volverán a someter a debate los proyectos que demandan un séptimo retiro AFP. El reinicio de las sesiones en esta nueva legislatura será clave para dar luz verde a las propuestas; sin embargo, conocidas las diferentes posturas de los actores involucrados, la liberación de fondos aún resulta una incertidumbre.

Bancada Perú Libre se pliega al pedido de retiro AFP que se debatirá en la Comisión de Economía del Congreso. Canal N

Pese a ello, existen otras modalidades en los que se puede acceder al dinero ahorrado en los fondos privados de pensiones sin necesidad de haber cumplido los 65 años exigidos por ley, tales como el Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA), el 25% para adquirir un inmueble y la ley que dispone una pensión mínima. Conoce a continuación el detalle, los requisitos y los documentos a presentar de cada modalidad de retiro AFP.

1. Retiro AFP por Jubilación anticipada

Según la Ley N° 31332, un afiliado de 50 años o más puede disponer del 95,5% de sus fondos si es que se encuentra desempleado durante un periodo de 12 meses consecutivos.

El 4,5% restante se utilizará para la cobertura por las prestaciones que otorga EsSalud. Para ello, existen tres opciones que ayudan a adelantar la jubilación.

Por modalidad ordinaria:

  • Tener más de 50 años cumplidos.
  • Que tu fondo te permita acceder a una pensión igual o mayor al 40% del promedio de tus remuneraciones.
  • Contar como mínimo con 72 meses de aportes en los últimos 120 meses anteriores a la solicitud del beneficio.

Para determinar el promedio de tus remuneraciones, se toma en cuenta lo siguiente:

  • Las remuneraciones efectivamente percibidas y declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas por inflación deduciendo las gratificaciones.

Por desempleo:

  • Tener 50 años mínimos cuando inicie el trámite y menos de 65 años.
  • Estar desempleado durante 12 meses o más, de manera consecutiva.
  • Presentar una Declaración Jurada de Situación de Desempleo.
  • Presentar el documento de fecha cierta que certifique el cese.
Conoce cómo acceder a la
Conoce cómo acceder a la jubilación anticipada en Perú. (Créditos: Agencia Andina)

Por labores de riesgo:

Para acceder a este régimen, debes realizar labores de alto riesgo, como extracción minera subterránea, extracción minera a tajo abierto, en centros de producción mineros, metalúrgicos y siderúrgicos expuestos a riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad, y en actividades de construcción civil.

La pensión se financiará con tus aportes obligatorios, el valor del Bono de Reconocimiento, si lo hubiere, y el aporte del Estado a través del Bono de Reconocimiento Complementario (BRC).

El trámite se inicia en tu AFP; para ello debes adjuntar:

  • La solicitud de pensión de Jubilación Adelantada.
  • Copia legalizada notarialmente de tu documento de identidad.
  • Documentación que acredite la condición de tus potenciales beneficiarios.
Para acceder a este régimen,
Para acceder a este régimen, debes realizar labores de alto riesgo, como extracción minera subterránea, extracción minera a tajo abierto, en centros de producción mineros. Foto: Difusión
  • Declaración jurada de tu empleador, en la que conste que el afiliado ha laborado o ha estado expuesto a las actividades de riesgo.
  • Constancia de trabajo expedida por tu empleador en la que señale el periodo, en años y meses, en que hayas realizado labores en la modalidad de trabajo predominante, para considerarse trabajo pesado y que, como mínimo, cumplas con los años requeridos.
  • Aquellos documentos supletorios que permitan sustentar los años de aportación al SNP que, complementados con los años realizados como afiliado dependiente o independiente al SPP, permitan alcanzar los años de aportación exigidos; para ello deberás presentar copias simples de los siguientes documentos:

Boletas de pago, Liquidación por tiempo de servicios, Póliza de seguro de vida, Certificado de Retención del Impuesto a la Renta de quinta categoría y Declaración jurada de tu empleador.

2. Retiro AFP 2024 para comprar una vivienda

Según la Ley n.°30478, este beneficio otorga la posibilidad de disponer de hasta el 25% del fondo acumulado en tu cuenta individual de capitalización (CIC) para pagar la cuota inicial de la compra de un primer inmueble, siempre que se trate de un crédito hipotecario, o para amortizar un crédito hipotecario que haya sido utilizado para la compra de un inmueble, en ambos casos otorgado por una entidad del sistema financiero.

Requisitos:

  • No haber sido ni ser propietario de un inmueble adquirido a título personal.
  • No haber sido ni ser propietario de un inmueble bajo un régimen de sociedades de gananciales.
  • No haber sido ni ser copropietario, en un 50% o más, de un inmueble inscrito o inscribible en el Registro de Predios de la Sunarp.
  • No debe ser titular, ya sea de manera individual o bajo un régimen de sociedad de gananciales, de un préstamo hipotecario o tener la posición de codeudor con una responsabilidad del 50% o más sobre un inmueble registrado o registrable en el Registro de Predios de la Sunarp.
Hay S/ 3 mil millones
Hay S/ 3 mil millones en riesgo por falta de bonos para Crédito MiVivienda, afirma Capeco|Andina/Composición Infobae

¿Cómo acceder al retiro AFP para compra de vivienda?

  • Acude a la entidad financiera para solicitar el crédito hipotecario y presenta el documento de Búsqueda de Índices de Propiedad Inmueble de Sunarp. Luego, se evaluará tu pedido y, si es aprobada, te entregarán el documento de preconformidad.
  • Una vez que obtengas este documento, acércate a tu AFP y solicita la disposición de un porcentaje de tu fondo de pensiones (hasta el 25%).
  • Luego, tu AFP realizará la respectiva evaluación y, si es favorable, enviará una comunicación de procedencia a la entidad financiera en un plazo de 10 días hábiles.
  • Una vez que dicha entidad haya recibido la orden de desembolso, la AFP deberá transferir el 25% de los fondos a la cuenta del sistema financiero. Es importante mencionar que en el caso de dos afiliados que sean cónyuges, ambos podrán exigir el 25% de su fondo de pensiones, ya sea para la compra o amortización.

3. Pensión mínima:

Como afiliado al Sistema Privado de Pensiones (SPP) puedes obtener una Pensión Mínima. Para ello existen dos tipo de acuerdo a la Ley N° 27617 y Ley N° 28991, cada una de ellas cuenta con requisitos particulares.

Pensión Mínima creado por la Ley N° 27617

Es un beneficio que representa una garantía que brinda el Estado para aquellos trabajadores que cumpliendo con los requisitos de años de aporte y de edad, no alcanzan a tener una pensión que supere el mínimo establecido.

  • Que hayas nacido a más tardar el 31 de diciembre de 1945.
  • Que cuentes con un mínimo de 65 años de edad, y que no te encuentres percibiendo una pensión de jubilación al momento de presentar tu solicitud ante tu AFP.
  • Que hayas realizado un mínimo de 20 años completos de aportaciones efectivas en total, entre el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y/o el Sistema Privado de Pensiones (SPP).
  • Que las mencionadas aportaciones hayan sido calculadas sobre la base de la Remuneración Mínima Vital, en cada oportunidad.
Ley de pensiones mínimas de
Ley de pensiones mínimas de las AFP: reglamento, modalidad y requisitos

Pensión Mínima creado por la Ley N° 28991

Es un beneficio creado para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que pertenecieron al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) al momento de la creación del SPP; si este es tu caso, podrás gozar de una Pensión Mínima de jubilación equivalente en términos anuales a la que reciben los afiliados al SNP.

  • Que al momento de la creación del Sistema Privado de Pensiones (SPP) hayas pertenecido al Sistema Nacional de Pensiones (SNP). El SPP se creó el 06 de diciembre de 1992.
  • Que hayas nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 1945.
  • Que al momento de solicitar el beneficio hayas alcanzado, al menos, los 65 años de edad.
  • Que al momento de solicitar el beneficio hayas alcanzado un mínimo de 20 años de aportación entre el SPP y el SNP.
  • Que los aportes antes señalados se hayan efectuado teniendo como base mínima de cálculo el monto de la Remuneración Mínima Vital, en cada oportunidad.
  • Que la pensión que otorgue en el SPP con base a lo acumulado en tu cuenta individual y el Bono de Reconocimiento, sea menor a la Pensión Mínima anualizada que otorga el SNP.
  • Que no hayan dispuesto los recursos de tu CIC, en las condiciones que establezca la SBS.
  • Que aceptes pagar la deuda por el diferencial de aportes, la cual será establecida en el procedimiento operativo que establezca la SBS para la regularización correspondiente.
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