El audio del primer ministro Alberto Otárola, difundido el último domingo, ha detallado lo que sería su implicancia en una serie de supuestos ilícitos penales para los que el Ministerio Público aún no ha dispuesto el inicio de diligencia alguna, pese a la gravedad del hecho. El escándalo ha generado tal indignación, no solo a los miembros del Congreso, sino también ante la ciudadanía, al tratarse de una grabación que no solo muestra un intercambio de favores, sino un accionar cuestionable por parte del primer ministro de Dina Boluarte.
Para revisar los delitos en los que el ahora funcionario del Ejecutivo habría incurrido para lograr que una mujer de su entorno, Yaziret Pinedo, logre trabajar en el Estado; Infobae Perú se contactó con la abogada y directora de Acción por Igualdad, Amiré Ortiz, quien detalló cada uno de los delitos que se le imputan a Otárola.
Inicialmente, la abogada afirmó que las principales imputaciones que parten del pedido de Otárola de “un CV” sin documentar de manera insistente, a fin de hacer a Pinedo acreedora de una plaza en el Ejecutivo podrían suponer la comisión de delitos como tráfico de influencias, colusión y hasta negociación incompatible. No obstante, existe en este caso un delito más que se le ha evitado atribuir a Otárola Peñaranda y este es el de acoso sexual.
Alberto Otárola habría incurrido en el delito de acoso sexual
En conversación con Infobae Perú, Ortiz no descartó que el primer ministro de Boluarte habría incurrido en un delito como este. “Lo que veríamos es una situación de evidente acoso, y no solo acoso en el sentido laxo, sino acoso sexual, porque hay una intención que ha sido totalmente expresada y comprobada a través de los audios de sostener un vínculo correcto entiendo, me queda muchísimo más claro”, afirmó la letrada.
“Existe una situación de acoso, y el acoso ya es considerado delito desde el año 2019. Estamos hablando de que no es simplemente una situación de una falta, sino que hay una situación de constitución de delito. Y si estando la persona incluida dentro del espacio laboral y que tenga esta suerte de acercamiento indebido en todo caso, también se podría configurar una situación de hostigamiento y abuso laboral, que tendría que ser procesado también a nivel de la ley servir, porque estamos hablando de un trabajador público”, detalló la especialista para este medio.
Para Ortiz, en medio de esta situación, se debe “comprender cuál ha sido la capacidad de decisión en este caso de la víctima, que estamos viendo, ha estado en una situación de coacción y coerción por alguien que ahorita tiene un cargo totalmente alto en el Gobierno”.
“No sabemos si ha tenido esta situación de poder de decisión autónomo, considerando el nivel de presión que puede haberse dado en ese aspecto. No solo en la propuesta hay una evidencia de determinados audios, pero no sabemos qué otro tipo de situación de presión y de jerarquía de poder puede haberse dado. (...) Aquí, únicamente se sanciona y se cuestiona a la mujer al respecto de cómo acceden a un espacio laboral o cómo asciende dentro de un espacio laboral sin entender el juego de poder que está de por medio”, detalló la abogada.
Asimismo, respecto a lo reportado en noticias anteriores, en las que el medio Panorama denunciaba que Otárola había dispuesto la vigilancia por parte de camionetas del Estado, al domicilio de Yaziret Pinedo; la abogada consideró que “cuando vemos un tema de acoso, no necesariamente se va a dar bajo la figura de que el propio acosador por sus medios de manera directa lo va a realizar”.
“Puede darse situaciones indirectas como en este caso; que puede haber incluso otro delito de la utilización de recursos del Estado para fines distintos personales; pero aquí también del acoso de manera indirecta que pueden pasar, por ejemplo, en personas a través del amigo, a través de un familiar porque de lo que se trata es de la intención de la búsqueda del contacto con la víctima; independientemente de su voluntad y se busca sostener esta situación de contacto”, apuntó.
¿Por qué otros delitos se podría investigar a Alberto Otárola?
Por otro lado, al ser consultada sobre otros delitos en los que el primer ministro de Dina Boluarte habría incurrido, además del acoso sexual, la abogada consideró que también se habrían cometido delitos contra la administración pública.
“Hay un evidente tráfico de influencias, esto está tipificado en el código penal. La corrupción se da también cuando colocas a una persona que no está preparada para algún cargo en este, ahí también estamos hablando de un tema de colusión que también es un delito que está tipificado. Incluso podríamos hablar de temas de negociación incompatible, porque estamos hablando de una persona que haciendo un uso indebido del poder”, detalló la abogada.
En ese sentido, la letrada señaló que la mano derecha de la mandataria habría estado “generando contrataciones del Estado, en este caso, prestaciones de servicio; pero con base en otro tipo de intenciones que son totalmente desvirtuadas a la propia finalidad del contrato y del requerimiento que se necesitaría en este espacio laboral”.
Ortiz también afirmó que cabe la posibilidad de que se hable “de temas de concusión, de temas de peculado, y hay un delito específico que es el nombramiento, contratación o aceptación ilegal del cargo”. “Porque estamos hablando de una persona que no tendría algún tipo idoneidad para el cargo, entonces eso es algo que se debe de evaluar”, acotó.