Dina Boluarte: Congreso no admitió moción de vacancia contra la presidenta

Un grupo de congresistas acusaba a Boluarte de violar la Constitución por haber viajado al extranjero y haber ejercido sus funciones de forma remota. Sin embargo, la moción no alcanzó los votos necesarios

Con 69 votos en contra, 28 a favor y 6 abstenciones, el Pleno del Congreso no aprobó una moción de vacancia presidencial contra la presidenta Dina Boluarte. Se requerían 49 votos para admitir el proceso contra la mandataria.

En la sesión iniciada a las 10 de la mañana de este viernes, el parlamentario Flavio Cruz, de Perú Libre, sustentó la acusación contra la presidenta por presuntamente violar la Constitución Política del Perú por haber viajado al extranjero y haber ejercido sus funciones de forma remota.

Durante su sustentación, Flavio Cruz, argumentó que la mandataria prefiere viajar antes que resolver los problemas de seguridad den el país y que “desprestigia al Perú en el extranjero”. Posteriormente, el presidente de Congreso, Alejandro Soto Reyes, procedió a pasar lista para ir a la votación. Para esta sesión, se admitió la asistencia y la votación virtual.

De acuerdo con el reglamento del Congreso, la moción debe primero ser admitida a debate por el Pleno del Congreso con al 40% de los votos hábiles. Posteriormente, de ser admitida, se define una fecha y hora para que la presidenta defienda su posición ante el Congreso, lo cual puede ser realizado personalmente o por su abogado. Para que la vacancia sea aprobada, se requieren 87 votos a favor. Esta decisión es efectiva inmediatamente después de su comunicación oficial o publicación.

Dina Boluarte pidió a la prensa comunicar lo “bien que está haciendo” su gobierno| Presidencia del Perú

Sustentación

La moción de orden del día nro. 9647, presentada por congresistas de diversas bancadas, solicitaba la vacancia de la presidenta Dina Ercilia Boluarte Zegarra. La iniciativa, argumentada por el congresista Flavio Cruz Mamami del partido Perú Libre, señaló como principal motivo el supuesto abandono de cargo durante el viaje de Boluarte Zegarra a Belem do Pará, Brasil, del 7 al 9 de agosto del año pasado, para asistir a la IV Reunión de Presidentes de los Estados Partes en el Tratado de Cooperación Amazónica (TCA). La acusación sostiene que este viaje, aun contando con la previa autorización del pleno del Congreso, violó la Constitución al no dejar un vicepresidente a cargo del despacho presidencial.

La controversia giraba en torno a la interpretación de la legalidad y constitucionalidad del proceder de la presidenta. Cruz Mamami argumentó que, a pesar de la existencia de una modificación legal que permite la gestión del despacho presidencial a través de tecnologías digitales de manera excepcional, la ausencia física de Boluarte Zegarra del país, sin un vicepresidente que asuma sus funciones, infringe el principio de jerarquía normativa establecido en el artículo 51 de la Constitución. Este principio enfatiza la supremacía constitucional sobre otras formas de legislación.

La moción fue introducida el 15 de diciembre de 2023, con el apoyo de legisladores de Perú Libre, Cambio Democrático – Juntos por el Perú, Bloque Magisterial de Concertación Nacional, Acción Popular y miembros no agrupados del Congreso.

Europa Press/Contacto/El Comercio

Inicia segunda legislatura 2023-2024

Más temprano, el presidente del Congreso, Alejandro Soto, declaró instalada la segunda legislatura del periodo anual de sesiones 2023-2024. Esto fue al inicio de la sesión plenaria convocada para esta fecha, en la que la Representación Nacional debatió temas que figuran en la agenda.

“Señores congresistas, de conformidad con lo establecido en la norma reglamentaria leída, declaro instalada la segunda legislatura ordinaria del periodo anual de sesiones 2023-2024″, dijo Soto Reyes.

Previamente, el titular del Parlamento ordenó la lectura del artículo 49 del Reglamento del Congreso, sobre los períodos ordinarios de sesiones, que dice:

”Artículo 49. Dentro del período anual de sesiones, habrá dos períodos ordinarios de sesiones o legislaturas: a) El primero se inicia el 27 de julio y termina el 15 de diciembre. b) El segundo se inicia el 1 de marzo y termina el 15 de junio. En cualquiera de los dos casos el presidente del Congreso puede ampliar la convocatoria con agenda fija. También debe ser convocado si lo solicita por lo menos el cincuenta por ciento más uno de los Congresistas”.