Presentan octavo proyecto de ley para retiro de la CTS ¿De qué trata esta nueva propuesta legislativa?

Al igual que las iniciativas anteriores, esta liberación permitirá que los trabajadores puedan enfrentar los efectos de la recesión económica

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Anuncian nueva propuesta legislativa. (Foto: Composición)
Anuncian nueva propuesta legislativa. (Foto: Composición)

Como si siete propuestas legislativas no fueran suficientes, este martes 27 de febrero, el congresista Edgard Reymundo (CD-JPP) presentó un nuevo proyecto de ley para autorizar la disponibilidad de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), siendo estala octava iniciativa presentada tras la norma que permitía el retiro del dinero hasta diciembre de 2023.

A diferencia de la última propuesta, presentada por el parlamentario Segundo Montalvo, del partido Perú Libre, y quien pedía la ampliación hasta fines del 2025, Reymundo propone autorizar por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024 el retiro de hasta el 100% de los depósitos de CTS acumulados a la fecha en el sistema financiero.

Según señala el documento, este nuevo retiro permitirá que los trabajadores puedan enfrentar los efectos de la recesión económica, sin necesidad de solicitar préstamos con grandes intereses o acudir a préstamos ilegales.

“Pueden tener una herramienta como es la disponibilidad de su CTS, permitiéndoles usarlo en inversiones o derivarlo a gastos relevantes a futuro como destinarlo para educación, jubilación o una adquisición inmobiliaria”, indica el escrito.
Anuncian nueva propuesta legislativa. - Crédito Andina
Anuncian nueva propuesta legislativa. - Crédito Andina

Como se recuerda, la disponibilidad de retiro de la CTS para los trabajadores estuvo vigente hasta el 31 de diciembre del 2023, permitiendo a la gran mayoría afrontar gastos, como el pago de deudas y el inicio del año escolar 2024.

Otras propuestas de CTS

Como se mencionó anteriormente, la iniciativa del congresista Edgard Reymundo se suma al proyecto de Ley N° 07089/2023-CR, del congresista Segundo Montalvo; el mismo que propone autorizar el retiro del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2025. De igual manera, propone solventar el aumento de la canasta básica familiar, el tema de la inflación, recesión y el bajo crecimiento económico.

Tal como detalla la agencia Andina, el parlamentario Jorge Samuel Coayla (Perú Libre), presentó el proyecto de ley N.° 06495/2023-CR, que amplía la vigencia de la Ley 31480 hasta el 31 de diciembre de 2024. Con esto, se facilita el retiro del 100% de la CTS y cubrir las necesidades económicas causadas por la recesión económica.

En tanto, el congresista Luis Aragón, Acción Popular, plantea retirar hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2025.

Cabe recordar que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso, elaboró un dictamen que propone ampliar hasta el 31 de diciembre de 2024 los alcances de la Ley 31480, que autoriza el retiro de hasta el 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2023.

La CTS es un beneficio social que ayuda a los trabajadores formales con los gastos de las festividades de fin de año. - Crédito Composición Infobae/Edwin Montesinos/Andina
La CTS es un beneficio social que ayuda a los trabajadores formales con los gastos de las festividades de fin de año. - Crédito Composición Infobae/Edwin Montesinos/Andina

Esta iniciativa se elaboró en baso a tres proyectos de ley presentados en su momento por los parlamentarios Flavio Cruz Mamani, Jorge Luis Flores Ancachi y Alejandro Soto Reyes.

Cómo se calcula el monto de la CTS

Se estima que el depósito de la CTS equivale a 1 sueldo anual, dividido en dos depósitos (mayo y noviembre). Sin embargo, el monto es ligeramente mayor, ya que se debe considerar un aumento de la sexta parte de la última gratificación percibida. Esto equivale en 1.17 sueldos en un año. Por ejemplo, si un trabajador tiene un sueldo fijo de S/3,000 mensuales, su CTS anual será de S/3,500, y recibirá pagos semestrales de S/1,750 en mayo y noviembre.

La Sunafil puede aplicar multas a las empresas por no depositar la CTS dentro del plazo establecido; asimismo, por no entregar la hoja de liquidación con el cáculo de la CTS, dentro de los cinco días de efectuado el depósito.

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